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Sube el precio de la vivienda de segunda mano en la Comunitat

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VALÈNCIA, Feb. 2019 – El precio de la vivienda de segunda mano en la Comunitat Valenciana alcanzó en enero los 1.432 euros por metro cuadrado de media, lo que supone un 3,03% que el mes anterior y un alza del 9,32% respecto a enero de 2018, según el informe anual de precios de venta de pisos.com.

La Comunitat Valenciana se sitúa así en enero de 2019 como la octava autonomía más barata, por detrás de Castilla-La Mancha (908 €/m2), Extremadura (1.018 €/m2) o Murcia (1.131 €/m2), entre otras.

La capital de València fue la sexta que más subió del país de un año a otro, un 24,01%, mientras que Castellón de la Plana arrojó el segundo recorte más leve de España, -1,58%.

En el conjunto del país, la vivienda de segunda mano registró en enero un precio medio de 1.703 euros por metro cuadrado, arrojando un ascenso mensual del 1,84%. De un año a otro, la cifra registrada marcó una subida del 8,11%.

Al respecto, el director de Estudios de pisos.com, Ferran Font, señala que los precios mantienen su tendencia al alza en el inicio del año, si bien los incrementos no se reparten de un modo uniforme por todo el territorio.

Además, los mercados donde se han detectado los mayores repuntes poseen un inventario en tensión, incapaz de adecuarse a la situación financiera de los compradores, indica Font, que explica que el «desequilibrio» se debe a que «el inversor que busca rentabilidad hace que este repositorio se reduzca», y a que «la obra nueva alimenta la oferta muy despacio, debido a la falta de suelo y a la lentitud de la administración».

Según Font, en estas localizaciones la demanda tiene «serios problemas de acceso», por falta de ahorro y capacidad de endeudamiento, y porque a los potenciales compradores van llegando inquilinos que prefieren pagar una hipoteca a un alquiler que se ha encarecido «demasiado rápido».

De esta forma, ve «indispensable» que estas tiranteces se relajen con una negociación «realista», evitando en la medida de lo posible los sobreprecios artificiales basados en las expectativas infladas de los vendedores».

BALEARES, PAÍS VASCO Y MADRID, LAS CCAA MÁS CARAS
Las regiones más caras en enero de 2019 fueron Baleares (2.973 euros por metro cuadrado), País Vasco (2.710 euros) y Madrid (2.548 euros), y las más baratas Castilla-La Mancha (908 euros), Extremadura (1.018 euros) y Murcia (1.131 euros).

A nivel interanual, los repuntes más elevados se dieron en Madrid (+24,7%), Baleares (+24,2%) y Canarias (+23%), registrándose los ajustes más intensos La Rioja (-6%), Extremadura (-4,5%) y Murcia (-3,8%).

Por provincias, Guipúzcoa, con 3.223 euros por metro cuadrado, fue la más cara, seguida por Baleares (2.973 euros) y Vizcaya (2.696 euros). En el lado opuesto estuvo Cuenca, con 690 euros por metro cuadrado, seguido de Ávila (801 euros) y Ciudad Real (806 euros).

Los mayores incrementos de un año a otro se localizaron en Santa Cruz de Tenerife (+27,5%), Madrid (+24,7%) y Las Palmas (+24,4%), en tanto que bajadas más pronunciadas se registraron en Lugo (-8,7%), A Coruña (-7%) y Segovia (-6%).

La capital más cara fue Barcelona, con 4.764 euros por metro cuadrado, y Ávila la más asequible, con un precio de 994 euros por metro cuadrado.

Vía: EuropaPress

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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avales jóvenes vivienda Consell

La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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