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Salud Pública aprueba ampliar la tercera dosis: Estos son los grupos a vacunar

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Aprobada la tercera dosis de la vacuna a las personas con trasplante de órgano sólido, los receptores de trasplante de progenitores hematopoyéticos y las personas en tratamiento con fármacos anti-CD20 se unirán así el resto de las personas que forman parte del grupo 7, aquellas con ciertos tratamientos inmunosupresores, de muy alto riesgo, y las residentes en centros de mayores

 

La Comisión de Salud Pública ha aprobado, en la reunión celebrada hoy, ampliar el grupo de personas a las que administrar una dosis adicional de la vacuna de la COVID-19. Así, a las personas con trasplante de órgano sólido, los receptores de trasplante de progenitores hematopoyéticos y las personas en tratamiento con fármacos anti-CD20 se unirán el resto de las personas que forman parte del grupo 7, aquellas con ciertos tratamientos inmunosupresores, de muy alto riesgo, y las residentes en centros de mayores.

La Comisión de Salud Pública, en la que se encuentran representadas todas las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad, ha seguido así las recomendaciones de la Ponencia de Vacunas, que está analizando diferentes propuestas según la evidencia disponible para ampliar los grupos a los que se suministrará una dosis adicional de vacuna contra la COVID-19.

De esta manera, siguiendo la revisión de la Ponencia de la evidencia de los beneficios que una dosis adicional puede aportar se vacunará con la misma a los pacientes oncohematológicos en tratamiento quimio radio-terápico y aquellos con patologías de base que requieran de tratamiento inmunosupresor, entre otros.

La Comisión de Salud Pública ha acordado asimismo que la dosis adicional se ponga a las personas residentes en centros de mayores, dado su perfil de fragilidad, pluripatología y entornos cerrados.

La Ponencia de Vacunas ha trasladado a la Comisión, y así esta lo ha resaltado, que no hay que olvidar en este momento que la principal recomendación es vacunar a todas las personas mayores de 12 años que todavía no lo estén.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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