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Valencia

La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo

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La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo
La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida. EFE/Biel Aliño/Archivo
València, 1 sep (OFFICIAL PRESS-EFE).- La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida.

Según consta en la sentencia de la Audiencia de Valencia, la magistrada Clara Bayarri expone que los términos del artículo 140 del Código Penal «son claros en su tenor literal: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse: ‘al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas’ (…) La ley utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad. Lo que no acaece en el caso”, razona.

Asimismo, argumenta que la reiteración delictiva y la ausencia de incidencia en la conducta del acusado “no opera en este caso en que, atendida la (…) indebida acumulación de los distintos procedimientos, es la primera sentencia condenatoria que tiene por dar muerte a otras personas”.

Del mismo modo -prosigue- tampoco procede la aplicación de la prisión permanente en aplicación de lo dispuesto por el artículo 140.1.2º del Código Penal, que la prevé cuando el asesinato es “subsiguiente” al delito contra la libertad sexual cometido sobre la víctima.

En los casos aquí juzgados “la agresión sexual es el medio con el que se comete el asesinato, que es fin primordial del sujeto activo desde un principio, por lo que el delito contra la vida no es ‘subsiguiente’ al delito contra la libertad sexual, sino coetáneo e intrínseca e indisolublemente unido a éste”, precisa.

En relación a la ocultación del cuerpo de Marta Calvo, la magistrada absuelve a Jorge Ignacio Palma del delito contra la integridad moral del que estaba acusado por no revelar el lugar donde ocultó el cadáver, al no haber quedado acreditado que con dicha conducta pretendiera causar un dolor añadido a los padres de esta joven, entre otros motivos.

En aplicación del veredicto del jurado, la magistrada que presidió el Tribunal le considera autor de un delito contra la salud pública; un delito contra la libertad e indemnidad sexuales; seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados.

La magistrada aplica en las agresiones contra estas diez mujeres la agravante de discriminación por razón de género e impone al reo tanto prohibiciones de aproximación o comunicación con las perjudicadas como medidas accesorias de libertad vigilada una vez concluya el cumplimiento efectivo de las condenas.

La sentencia fija, además, indemnizaciones para siete víctimas y para los familiares de otras tres, fallecidas, que ascienden en total a 640.000 euros.

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Valencia

Esta es la nueva normativa de apartamentos turísticos en Valencia: límites, polémica y claves del cambio

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Viviendas turísticas España
Dos turistas recorren con sus maletas el casco antiguo de la ciudad de València. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El Ayuntamiento de València ha aprobado definitivamente la nueva normativa de apartamentos turísticos, una medida impulsada por el gobierno municipal con el apoyo de PP y Vox y el rechazo de Compromís y PSPV-PSOE.

La regulación modifica el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) y busca poner límites al crecimiento del alojamiento turístico en la ciudad, en un contexto marcado por el aumento del precio de la vivienda y la presión vecinal.


🏛 Qué cambia con la nueva normativa

El nuevo marco urbanístico introduce restricciones al crecimiento de los apartamentos turísticos, con el objetivo de proteger el uso residencial de la vivienda. Según el equipo de gobierno, se trata de la normativa “más restrictiva de España” en este ámbito.

Entre las principales medidas destacan:

  • Implantación de “candados” urbanísticos que limitan el número de apartamentos por distrito, barrio o manzana.
  • Regulación del total de plazas turísticas, incluyendo apartamentos, hoteles y hostales.
  • Refuerzo de las inspecciones y aumento de las órdenes de cese contra alojamientos ilegales.
  • Coordinación con Policía y Agencia Tributaria para controlar la actividad irregular.

Desde el consistorio aseguran que el 98% de la vivienda queda protegida para uso residencial, dificultando la apertura de nuevos alojamientos turísticos.


Críticas de vecinos y oposición

La nueva normativa ha generado un intenso debate político y social. La Federació d’Associacions Veïnals de València considera que la regulación presenta “vacíos y excepciones” y no resuelve el principal problema: la existencia de miles de apartamentos turísticos ilegales.

Según denuncian, en la ciudad habría más de 9.000 viviendas turísticas fuera de la legalidad, una cifra que, a su juicio, no se aborda con medidas eficaces.

Por su parte, desde la oposición:

  • El PSPV-PSOE advierte que la norma no reducirá los apartamentos en zonas saturadas y permitirá su expansión en otros barrios.
  • Compromís acusa al gobierno local de favorecer la especulación y la subida de precios de la vivienda.

Ambos partidos coinciden en que la ciudad vive una situación de “tensión” en el mercado inmobiliario y reclaman medidas más restrictivas.


Debate sobre vivienda y turismo en València

El crecimiento del turismo en València ha sido uno de los factores clave en el encarecimiento del alquiler y la compra de vivienda en los últimos años.

Mientras el gobierno municipal defiende un modelo de turismo “de calidad” y compatible con la vida vecinal, la oposición insiste en que la nueva normativa puede agravar el problema si no se controla la oferta ilegal.


El Ayuntamiento defiende un “hito” urbanístico

La alcaldesa ha calificado la aprobación como un “hito” y ha asegurado que responde a un cambio de modelo de ciudad:

  • Priorizar el derecho a la vivienda.
  • Limitar el turismo masivo.
  • Garantizar la convivencia entre vecinos y visitantes.

Además, el gobierno local insiste en que la normativa está diseñada para ser sólida jurídicamente y evitar que pueda ser anulada en los tribunales.


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