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Valencia

La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo

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La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo
La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida. EFE/Biel Aliño/Archivo
València, 1 sep (OFFICIAL PRESS-EFE).- La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida.

Según consta en la sentencia de la Audiencia de Valencia, la magistrada Clara Bayarri expone que los términos del artículo 140 del Código Penal «son claros en su tenor literal: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse: ‘al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas’ (…) La ley utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad. Lo que no acaece en el caso”, razona.

Asimismo, argumenta que la reiteración delictiva y la ausencia de incidencia en la conducta del acusado “no opera en este caso en que, atendida la (…) indebida acumulación de los distintos procedimientos, es la primera sentencia condenatoria que tiene por dar muerte a otras personas”.

Del mismo modo -prosigue- tampoco procede la aplicación de la prisión permanente en aplicación de lo dispuesto por el artículo 140.1.2º del Código Penal, que la prevé cuando el asesinato es “subsiguiente” al delito contra la libertad sexual cometido sobre la víctima.

En los casos aquí juzgados “la agresión sexual es el medio con el que se comete el asesinato, que es fin primordial del sujeto activo desde un principio, por lo que el delito contra la vida no es ‘subsiguiente’ al delito contra la libertad sexual, sino coetáneo e intrínseca e indisolublemente unido a éste”, precisa.

En relación a la ocultación del cuerpo de Marta Calvo, la magistrada absuelve a Jorge Ignacio Palma del delito contra la integridad moral del que estaba acusado por no revelar el lugar donde ocultó el cadáver, al no haber quedado acreditado que con dicha conducta pretendiera causar un dolor añadido a los padres de esta joven, entre otros motivos.

En aplicación del veredicto del jurado, la magistrada que presidió el Tribunal le considera autor de un delito contra la salud pública; un delito contra la libertad e indemnidad sexuales; seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados.

La magistrada aplica en las agresiones contra estas diez mujeres la agravante de discriminación por razón de género e impone al reo tanto prohibiciones de aproximación o comunicación con las perjudicadas como medidas accesorias de libertad vigilada una vez concluya el cumplimiento efectivo de las condenas.

La sentencia fija, además, indemnizaciones para siete víctimas y para los familiares de otras tres, fallecidas, que ascienden en total a 640.000 euros.

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Valencia

El chófer de Carlos Mazón declara en la causa de la DANA: «Cuando sonó el ES-Alert aún estábamos en Valencia»

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Carlos Mazón última hora
El ex secretario autonómico de Presidencia de la Generalitat Valenciana, Cayetano García Ramírez. - Eduardo Parra - Europa Press

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

Valencia, 20 feb. 2026 — El conductor del president de la Generalitat Valenciana, Ernesto S., ha asegurado este viernes en su declaración judicial que cuando se activó el sistema de alertas ES-Alert todavía no habían salido de Valencia, en el marco de la investigación sobre la gestión del episodio de la DANA.

Durante su comparecencia, el chófer afirmó que no recuerda las conversaciones mantenidas por Mazón durante el trayecto porque iba “pendiente del tráfico”, según fuentes presentes en la causa.

Declaraciones clave en la investigación de la DANA

La jornada de este viernes está marcada por nuevas declaraciones en la voluminosa causa judicial que analiza la respuesta institucional ante las inundaciones. El testimonio del conductor es uno de los primeros previstos y se centra en reconstruir la cronología de los desplazamientos y comunicaciones del president el día de los hechos.

El sistema ES-Alert —utilizado para enviar avisos masivos a la población en situaciones de emergencia— es uno de los elementos bajo análisis para determinar tiempos de reacción y toma de decisiones durante el episodio meteorológico extremo.

Contexto: reconstrucción de los hechos

La investigación trata de aclarar si las autoridades actuaron con la diligencia necesaria ante la evolución de la DANA y si los avisos a la población se emitieron en tiempo y forma. Las declaraciones de testigos, técnicos y responsables políticos buscan establecer una línea temporal precisa de los acontecimientos.


 


Así es Nuria Ruiz Torraba, la jueza encargada de la investigación de la DANA

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

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