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El Tribunal Constitucional confirma que la Ley de Eutanasia no infringe el «derecho a la vida»

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Vista frontal del Tribunal Constitucional de España. Imagen de archivo

El Tribunal Constitucional avaló en la tarde de este miércoles la Ley de Eutanasia. La ley de eutanasia está en vigor desde junio del año 2021. Tras su aprobación, Vox presentó un recurso al constitucional que ha sido rechazado.

El Constitucional avala la Ley de Eutanasia por mayoría

El Pleno de Corte de Garantías rechazó el recurso con nueve votos a favor y dos en contra. Los votos en contra pertenecen a los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. Los otros magistrados conservadores votaron, al igual que los progresistas, a favor de la ley.

El Constitucional ha avalado la ley en su totalidad, sin cuestionar ningún artículo. Esta decisión confirma la constitucionalidad de la norma. El borrador de la sentencia, redactado por el magistrado Ramón Sáez, destacaba que la ley «garantiza el derecho a la autodeterminación de la persona sin dejar desprotegida la vida». Señalaba además que el Estado «no puede eludir su responsabilidad».

¿Qué decía el recurso sobre la eutanasia rechazado por el Constitucional?

El recurso presentado por Voz defendía que la norma era anticonstitucional por no respetar el «derecho a la vida». El recurso de la ultraderecha parte de que el derecho a la vida sea «fundamental, absoluto e indisponible». Es decir, que el Estado debe protegerlo incluso contra la voluntad de la persona titular de ese derecho.

No fue el único recurso. El Partido Popular también presentó uno defendiendo que la ley no permite asegurar que la decisión se haya tomado de manera libre y con total comprensión.  Alegan que la ley genera indefensión jurídica.

La Ley de Eutanasia no infringe el derecho a la vida

Ahora el Tribunal Constitucional ha aclarado que la ley no incumple la constitución. Saez ha explicado en el borrador de la sentencia, recogido en múltiples medios, que «La tesis absolutizadora de la vida, y su necesario corolario de una obligación de mantenerse vivo, no es compatible con la Constitución».

La Constitución recoge el derecho fundamental de integridad física y moral. El artículo 15 reconoce el derecho de autodeterminación para que las personas puedan «decidir el modo y el momento de su muerte». El borrador menciona también el principio de dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad (artículo 10.1). Indica que el error radica en que el derecho a la vida no puede analizarse «aisladamente» sino que debe atenderse al contexto histórico y a otros principios y derechos recogidos en la Constitución.

Respecto a la responsabilidad del Estado recoge que la Constitución no concibe el derecho a la vida y la protección de la misma «desconectada de la voluntad de su titular» y, por tanto, el ejercicio de ese derecho no puede ser «indiferente a sus decisiones sobre cómo y cuándo morir».

¿Qué dice la ley de eutanasia?

La Ley de Eutanasia vigente en España permite la solicitud de eutanasia a personas mayores de edad y con plena capacidad de obrar que cumplan una serie de condiciones. La persona debe presentar una petición autónoma, consciente e informada y ser de nacionalidad española o acreditar 12 meses de residencia en España. Se atenderá la petición en los casos en que las personas sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecten a su autonomía o le genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable».

El proceso para solicitar la eutanasia

La petición debe realizarse en dos ocasiones, con al menos 15 días entre ellas. El período se alargará un mínimo de 51 días. Tras la primera solicitud, el médico responsable de la persona le expondrá el diagnóstico y las posibilidades terapéuticas y de cuidados paliativos que posee. Después se realizará la segunda petición para reafirmar la voluntad de seguir adelante con el proceso. Un segundo médico debe certificar entonces que los requisitos se cumplen y redaactar el informe. El solicitante podrá recurrir en caso de que el informe sea negativo.

El recurso presentado por el Partido Popular a la Ley de Eutanasia

El Tribunal Constitucional no ha resuelto el recurso presentado por el PP. Sin embargo, la resolución al recurso de Vox permite suponer que será también rechazado.

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Esta es la indemnización que cobrarán los familiares de los fallecidos en Adamuz y Gelida

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Las indemnizaciones alcanzarán los 210.000 euros por fallecido y se abonarán en un plazo máximo de tres meses

El Gobierno ha aprobado un paquete de ayudas de 20 millones de euros destinado a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona), en los que murieron 46 personas y otras 164 resultaron heridas. El nuevo mecanismo permitirá que los familiares de cada persona fallecida reciban hasta 210.000 euros en concepto de indemnización.

La medida ha sido anunciada este martes por el ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, tras el Consejo de Ministros, donde se ha dado luz verde a un real decreto-ley de medidas urgentes para garantizar una respuesta rápida y eficaz a las víctimas.


Cómo se repartirán los 20 millones de euros en ayudas

Del total aprobado, 10 millones de euros se destinarán a ayudas directas y los otros 10 millones a anticipos de los seguros obligatorios. En el caso de fallecimiento, cada familia recibirá inicialmente 144.000 euros, libres de impuestos, repartidos del siguiente modo:

  • 72.000 euros en ayudas directas del Estado

  • 72.000 euros como anticipo del seguro

Una vez que las aseguradoras determinen oficialmente los daños personales, se abonará una cantidad adicional equivalente, lo que elevará la indemnización total hasta los 210.000 euros por víctima mortal, todo ello en un plazo máximo de tres meses.


Ayudas para heridos según la gravedad de las lesiones

En el caso de las personas heridas, las ayudas se calcularán conforme al baremo vigente, en función de la gravedad de las lesiones. Las cuantías oscilan entre:

  • 2.400 euros para lesiones leves

  • Más de 84.000 euros en los casos de máxima gravedad

Estas cantidades se duplicarán al sumarse el anticipo del seguro obligatorio, garantizando así un apoyo económico inmediato a los afectados.


El Ejecutivo quiere evitar retrasos como en el accidente de Angrois

Óscar Puente ha subrayado que el objetivo del Gobierno es evitar que las víctimas tengan que esperar años para cobrar las indemnizaciones, como ocurrió tras el accidente de Angrois.

“No vamos a consentir que haya víctimas que estén diez años esperando una compensación. Hemos aprendido de lo ocurrido y por eso aprobamos este mecanismo”, ha afirmado el ministro.


Hacia un sistema permanente de compensación anticipada

Además de las ayudas actuales, el Gobierno iniciará cambios normativos para crear un mecanismo estructural de intervención pública que permita al Estado adelantar parte de las indemnizaciones en accidentes de transporte colectivo, sin esperar a que se resuelva la responsabilidad civil.

Este sistema garantizará una atención rápida y homogénea a las víctimas, independientemente de la complejidad judicial de cada caso.


Oficinas de atención y apoyo directo a las víctimas

El Ejecutivo también ha puesto en marcha líneas de atención integral a las víctimas. A partir de este miércoles se abrirán oficinas específicas en:

  • Huelva, para atender a los afectados del accidente de Adamuz

  • Barcelona, para las víctimas del siniestro en Gelida y Rodalies

Además, se activará el servicio ‘Administración Cerca de Ti’, mediante el cual profesionales de las delegaciones del Gobierno podrán desplazarse a los domicilios para ayudar en la tramitación de las ayudas.

 

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