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El Tribunal Constitucional confirma que la Ley de Eutanasia no infringe el «derecho a la vida»

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Vista frontal del Tribunal Constitucional de España. Imagen de archivo

El Tribunal Constitucional avaló en la tarde de este miércoles la Ley de Eutanasia. La ley de eutanasia está en vigor desde junio del año 2021. Tras su aprobación, Vox presentó un recurso al constitucional que ha sido rechazado.

El Constitucional avala la Ley de Eutanasia por mayoría

El Pleno de Corte de Garantías rechazó el recurso con nueve votos a favor y dos en contra. Los votos en contra pertenecen a los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. Los otros magistrados conservadores votaron, al igual que los progresistas, a favor de la ley.

El Constitucional ha avalado la ley en su totalidad, sin cuestionar ningún artículo. Esta decisión confirma la constitucionalidad de la norma. El borrador de la sentencia, redactado por el magistrado Ramón Sáez, destacaba que la ley «garantiza el derecho a la autodeterminación de la persona sin dejar desprotegida la vida». Señalaba además que el Estado «no puede eludir su responsabilidad».

¿Qué decía el recurso sobre la eutanasia rechazado por el Constitucional?

El recurso presentado por Voz defendía que la norma era anticonstitucional por no respetar el «derecho a la vida». El recurso de la ultraderecha parte de que el derecho a la vida sea «fundamental, absoluto e indisponible». Es decir, que el Estado debe protegerlo incluso contra la voluntad de la persona titular de ese derecho.

No fue el único recurso. El Partido Popular también presentó uno defendiendo que la ley no permite asegurar que la decisión se haya tomado de manera libre y con total comprensión.  Alegan que la ley genera indefensión jurídica.

La Ley de Eutanasia no infringe el derecho a la vida

Ahora el Tribunal Constitucional ha aclarado que la ley no incumple la constitución. Saez ha explicado en el borrador de la sentencia, recogido en múltiples medios, que «La tesis absolutizadora de la vida, y su necesario corolario de una obligación de mantenerse vivo, no es compatible con la Constitución».

La Constitución recoge el derecho fundamental de integridad física y moral. El artículo 15 reconoce el derecho de autodeterminación para que las personas puedan «decidir el modo y el momento de su muerte». El borrador menciona también el principio de dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad (artículo 10.1). Indica que el error radica en que el derecho a la vida no puede analizarse «aisladamente» sino que debe atenderse al contexto histórico y a otros principios y derechos recogidos en la Constitución.

Respecto a la responsabilidad del Estado recoge que la Constitución no concibe el derecho a la vida y la protección de la misma «desconectada de la voluntad de su titular» y, por tanto, el ejercicio de ese derecho no puede ser «indiferente a sus decisiones sobre cómo y cuándo morir».

¿Qué dice la ley de eutanasia?

La Ley de Eutanasia vigente en España permite la solicitud de eutanasia a personas mayores de edad y con plena capacidad de obrar que cumplan una serie de condiciones. La persona debe presentar una petición autónoma, consciente e informada y ser de nacionalidad española o acreditar 12 meses de residencia en España. Se atenderá la petición en los casos en que las personas sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecten a su autonomía o le genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable».

El proceso para solicitar la eutanasia

La petición debe realizarse en dos ocasiones, con al menos 15 días entre ellas. El período se alargará un mínimo de 51 días. Tras la primera solicitud, el médico responsable de la persona le expondrá el diagnóstico y las posibilidades terapéuticas y de cuidados paliativos que posee. Después se realizará la segunda petición para reafirmar la voluntad de seguir adelante con el proceso. Un segundo médico debe certificar entonces que los requisitos se cumplen y redaactar el informe. El solicitante podrá recurrir en caso de que el informe sea negativo.

El recurso presentado por el Partido Popular a la Ley de Eutanasia

El Tribunal Constitucional no ha resuelto el recurso presentado por el PP. Sin embargo, la resolución al recurso de Vox permite suponer que será también rechazado.

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Los cardiólogos advierten: las balizas V16 pueden interferir con marcapasos

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A partir del 1 de enero de 2026, los conductores en España deberán llevar obligatoriamente una baliza de emergencia V16 conectada, que sustituye a los tradicionales triángulos de señalización. Estas balizas emiten una luz visible en 360 grados y permiten la geolocalización del vehículo en caso de avería o accidente.

Sin embargo, cardiólogos han lanzado una advertencia importante: algunos modelos de balizas V16 pueden interferir temporalmente con marcapasos y desfibriladores implantables.

¿Dónde está el riesgo?

El posible problema no está en la luz ni en la conexión, sino en que muchas balizas incorporan un imán potente en su base, diseñado para fijarlas al techo del vehículo. Si ese imán se acerca demasiado al pecho de una persona que lleva un marcapasos, puede generar un campo magnético suficiente para activar el llamado “modo magnético” del dispositivo.

En ese modo, el marcapasos puede dejar de adaptarse al ritmo natural del corazón mientras dura la influencia del imán. Los especialistas subrayan que no se trata de un daño permanente, sino de un efecto reversible que desaparece al alejar la baliza.

Qué recomiendan los especialistas

Los cardiólogos explican que el riesgo es bajo y fácil de evitar si se toman precauciones básicas:

Mantener la baliza a más de 20–30 centímetros del pecho. Manipularla, si es posible, con el brazo contrario al lado donde está implantado el marcapasos. Evitar apoyar la baliza directamente sobre el torso, incluso de forma momentánea.

Este tipo de interferencia es comparable a la que pueden producir otros imanes o campos magnéticos de uso cotidiano cuando se colocan demasiado cerca del dispositivo implantado.

Mensaje de tranquilidad

Los expertos insisten en que las balizas V16 son seguras para la población general y también para las personas con marcapasos, siempre que se utilicen correctamente. La advertencia no busca generar alarma, sino informar para que quienes llevan estos dispositivos puedan usarlas con total seguridad.

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