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El Tribunal Constitucional confirma que la Ley de Eutanasia no infringe el «derecho a la vida»

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Vista frontal del Tribunal Constitucional de España. Imagen de archivo

El Tribunal Constitucional avaló en la tarde de este miércoles la Ley de Eutanasia. La ley de eutanasia está en vigor desde junio del año 2021. Tras su aprobación, Vox presentó un recurso al constitucional que ha sido rechazado.

El Constitucional avala la Ley de Eutanasia por mayoría

El Pleno de Corte de Garantías rechazó el recurso con nueve votos a favor y dos en contra. Los votos en contra pertenecen a los magistrados conservadores Enrique Arnaldo y Concepción Espejel. Los otros magistrados conservadores votaron, al igual que los progresistas, a favor de la ley.

El Constitucional ha avalado la ley en su totalidad, sin cuestionar ningún artículo. Esta decisión confirma la constitucionalidad de la norma. El borrador de la sentencia, redactado por el magistrado Ramón Sáez, destacaba que la ley «garantiza el derecho a la autodeterminación de la persona sin dejar desprotegida la vida». Señalaba además que el Estado «no puede eludir su responsabilidad».

¿Qué decía el recurso sobre la eutanasia rechazado por el Constitucional?

El recurso presentado por Voz defendía que la norma era anticonstitucional por no respetar el «derecho a la vida». El recurso de la ultraderecha parte de que el derecho a la vida sea «fundamental, absoluto e indisponible». Es decir, que el Estado debe protegerlo incluso contra la voluntad de la persona titular de ese derecho.

No fue el único recurso. El Partido Popular también presentó uno defendiendo que la ley no permite asegurar que la decisión se haya tomado de manera libre y con total comprensión.  Alegan que la ley genera indefensión jurídica.

La Ley de Eutanasia no infringe el derecho a la vida

Ahora el Tribunal Constitucional ha aclarado que la ley no incumple la constitución. Saez ha explicado en el borrador de la sentencia, recogido en múltiples medios, que «La tesis absolutizadora de la vida, y su necesario corolario de una obligación de mantenerse vivo, no es compatible con la Constitución».

La Constitución recoge el derecho fundamental de integridad física y moral. El artículo 15 reconoce el derecho de autodeterminación para que las personas puedan «decidir el modo y el momento de su muerte». El borrador menciona también el principio de dignidad humana y libre desarrollo de la personalidad (artículo 10.1). Indica que el error radica en que el derecho a la vida no puede analizarse «aisladamente» sino que debe atenderse al contexto histórico y a otros principios y derechos recogidos en la Constitución.

Respecto a la responsabilidad del Estado recoge que la Constitución no concibe el derecho a la vida y la protección de la misma «desconectada de la voluntad de su titular» y, por tanto, el ejercicio de ese derecho no puede ser «indiferente a sus decisiones sobre cómo y cuándo morir».

¿Qué dice la ley de eutanasia?

La Ley de Eutanasia vigente en España permite la solicitud de eutanasia a personas mayores de edad y con plena capacidad de obrar que cumplan una serie de condiciones. La persona debe presentar una petición autónoma, consciente e informada y ser de nacionalidad española o acreditar 12 meses de residencia en España. Se atenderá la petición en los casos en que las personas sufran «una enfermedad grave e incurable» o un «padecimiento grave, crónico e imposibilitante» que afecten a su autonomía o le genere un «sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable».

El proceso para solicitar la eutanasia

La petición debe realizarse en dos ocasiones, con al menos 15 días entre ellas. El período se alargará un mínimo de 51 días. Tras la primera solicitud, el médico responsable de la persona le expondrá el diagnóstico y las posibilidades terapéuticas y de cuidados paliativos que posee. Después se realizará la segunda petición para reafirmar la voluntad de seguir adelante con el proceso. Un segundo médico debe certificar entonces que los requisitos se cumplen y redaactar el informe. El solicitante podrá recurrir en caso de que el informe sea negativo.

El recurso presentado por el Partido Popular a la Ley de Eutanasia

El Tribunal Constitucional no ha resuelto el recurso presentado por el PP. Sin embargo, la resolución al recurso de Vox permite suponer que será también rechazado.

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Facebook cierra un grupo de 32.000 usuarios en Italia por difundir fotos íntimas sin consentimiento

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Meta ha cerrado un grupo de Facebook con más de 32.000 usuarios en el que se compartían imágenes íntimas de mujeres, muchas de ellas tomadas sin su consentimiento.

El grupo, llamado “Mia Moglie” (“Mi esposa”, en italiano), llevaba más de siete años activo, publicando fotos y comentarios de carácter sexista y misógino.

Facebook elimina un grupo que compartía imágenes íntimas sin consentimiento

Según ha explicado un portavoz de Meta a EFE, el grupo fue eliminado por infringir la normativa de la plataforma contra la explotación sexual de adultos:

“No permitimos contenidos que promocionen la violencia, los abusos o la explotación sexual. Si detectamos publicaciones que inciten a la violación o difundan material íntimo sin consentimiento, deshabilitamos grupos y cuentas y compartimos la información con las fuerzas de seguridad”.

El grupo, con 31.885 miembros, compartía fotos de mujeres en momentos privados, en ocasiones tomadas por sus propias parejas para difundirlas en el foro y comentarlas con otros usuarios. Parte del material estaba además generado con Inteligencia Artificial, lo que agrava la situación al simular escenas íntimas sin consentimiento.

Denuncias que provocaron el cierre del grupo

El caso salió a la luz gracias a la denuncia de la organización No Justice No Peace y de la escritora Carolina Capria, quien expuso el caso en su cuenta de Instagram.

Capria explicó:

“Me han informado de un grupo de Facebook con 32.000 usuarios en el que algunos hombres intercambian fotos íntimas de sus propias esposas para comentarlas y fantasear sexualmente. Mujeres que muchas veces ni siquiera saben que son fotografiadas, siendo sometidas a una especie de violación virtual”.

En apenas 48 horas, las denuncias se viralizaron en Italia, con críticas masivas desde la ciudadanía, asociaciones y figuras políticas, que presionaron a Meta hasta conseguir el cierre del grupo.

Reacciones políticas en Italia

El caso ha tenido eco en la política italiana. El Partido Demócrata (PD) denunció públicamente este tipo de violencia digital.

Roberta Mori, portavoz nacional de la Conferencia de Mujeres Democráticas, declaró:

“Alentar, tolerar o minimizar estas formas de violencia digital significa ser cómplice de una cultura de la violación que lleva siglos afectando a mujeres y niñas. La responsabilidad es individual, pero también colectiva cuando se difunden imágenes sin consentimiento”.

El marco legal: “Revenge porn” en Italia

En Italia, la difusión no consentida de imágenes sexuales explícitas se castiga bajo el delito de “revenge porn” recogido en el artículo 612-ter del Código Penal.

La norma establece que cualquier persona que publique, difunda o comparta imágenes privadas sin consentimiento puede enfrentarse a penas de prisión de 1 a 6 años y multas de entre 5.000 y 15.000 euros, salvo que el hecho constituya un delito más grave.

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