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Valencia

La jueza pone en libertad a Alfonso Grau

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Alfonso Grau hija

València, 11 nov (EFE).- El exvicealcalde de València Alfonso Grau, que ingresó en prisión el pasado 15 de mayo por su implicación en el conocido como caso Azud, será puesto en libertad este mismo jueves, según han informado fuentes judiciales.

La magistrada instructora ha dictado esta mañana un auto por el que acuerda la libertad provisional de este investigado y le impone como medidas cautelares comparecencias apud acta en sede judicial cada 15 días, prohibición de salida del territorio nacional y retirada del pasaporte.

Fuentes del caso informaron este miércoles a EFE de que la permanencia de Grau -de 80 años- en prisión ya no es necesaria para el desarrollo de la investigación, que ha podido avanzar de forma satisfactoria.

Grau figura como investigado en el caso Azud, en el que el Juzgado de Instrucción número 13 investiga el supuesto cobro de comisiones irregulares en el Ayuntamiento de València. Un proceso que nació en 2017 pero que no saltó a la luz pública hasta 2019, con la detención de José María Corbín, abogado y cuñado de la exalcaldesa Rita Barberá (PP).

Concretamente, se analizan varias operaciones urbanísticas y adjudicaciones de contratos en el Ayuntamiento de València, en otros consistorios de la Comunitat Valenciana y en diversas entidades públicas locales y estatales. El grueso de las pesquisas se centra en el periodo comprendido entre los años 2004 y 2011.

Grau entró en el centro penitenciario junto con el empresario Jaime María Febrer y el entonces subdelegado del Gobierno en Valencia, Rafael Rubio, aunque era el único que todavía permanecía en prisión.

Las tres detenciones se practicaron después de los registros practicados en las oficinas del grupo CVC Axis (Construcciones Valencia Constitución).

En el despacho de esta firma, propiedad del empresario Jaime Febrer, se halló documentación que permitió llegar hasta el que fue «número dos» en los sucesivos gobiernos de Rita Barberá, Alfonso Grau, y el socialista Rafael Rubio, que lideró la oposición socialista en aquellos años y ocupó cargos de responsabilidad en empresas municipales.

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Valencia

El Supremo impide que Ábalos comparezca en la comisión del ‘caso Koldo’ en el Senado

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

El Tribunal Supremo rechaza la solicitud del PP para que el exministro José Luis Ábalos declare este jueves en la investigación sobre la compra de mascarillas durante la pandemia.

El Tribunal Supremo (TS) ha denegado la comparecencia del exministro de Transportes José Luis Ábalos, actualmente en prisión provisional desde el 27 de noviembre de 2025, ante la comisión de investigación del Senado sobre el denominado ‘caso Koldo’, donde estaba citado por el Partido Popular (PP).

Según el auto del magistrado instructor, Leopoldo Puente, la solicitud de la Cámara Alta no podía ser atendida debido a la “singular premura” con la que se presentó, lo que imposibilita realizar la audiencia previa de las partes, un requisito legal imprescindible. No obstante, el TS indica que el Senado podría volver a solicitar la comparecencia siempre que lo haga con suficiente antelación.

Contexto de la comisión del ‘caso Koldo’

El PP había fijado la comparecencia de Ábalos para el 8 de enero, con el objetivo de esclarecer presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, junto a su exasesor Koldo García. La comisión busca investigar la gestión de contratos públicos durante la crisis sanitaria, en un caso que ha generado gran expectación política y mediática.

Ábalos y Koldo no serán juzgados por jurado popular

Además, el TS ha rechazado la petición de Ábalos y García de que su juicio se realice mediante jurado popular, formado por ciudadanos. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, explica que la ley del jurado excluye este mecanismo cuando los delitos corresponden a la Audiencia Nacional. Aunque el aforamiento de Ábalos hace que la causa sea instruida por el Supremo, el procedimiento legal no se modifica, por lo que el juicio seguirá en la vía ordinaria.

Ábalos había solicitado también la nulidad de los autos de procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral, de cara a enfrentarse a peticiones de hasta 30 años de cárcel por los delitos que se le imputan. El TS mantiene su criterio y confirma que el procedimiento se ajusta a la ley vigente, reforzando así la competencia del Supremo para instruir y enjuiciar el caso.

Qué implica la decisión del Supremo

La decisión del TS supone que Ábalos no podrá declarar ante el Senado de manera inmediata, retrasando las investigaciones políticas que pretendía impulsar el PP. Al mismo tiempo, reafirma que el juicio seguirá su curso en la vía judicial ordinaria, sin intervención de jurado popular, lo que marca un paso clave en la tramitación del ‘caso Koldo’.

 

 


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