Síguenos

Valencia

Los padres de Marta Calvo recurren y piden la prisión permanente para Palma

Publicado

en

Los padres de Marta Calvo recurren y piden la prisión permanente para Palma
La madre de Marta Calvo, Marisol Burón, a su llegada hoy a la Ciudad de la Justicia de Valencia.EFE/ Biel Aliño/Archivo

València, 15 sep (EFE).- Las acusaciones particulares ejercidas por los padres de Marta Calvo han presentado un recurso de apelación contra la sentencia que condena a 159 años y 11 meses de prisión a Jorge Ignacio Palma, por el asesino de la joven y de otras dos, para pedir la prisión permanente revisable.

Sus escritos, a los que ha tenido acceso EFE, ambas partes muestran su disconformidad con la interpretación del Código Penal realizada por la presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Palma, y que no consideró aplicable la prisión permanente al acusado porque no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida.

La magistrada afirmó que el artículo 140 del Código Penal es claro: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse «al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas». Precisó que la ley «utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad».

Las dos acusaciones coinciden en defender que el empleo del pretérito pluscuamperfecto de subjuntivo no implica que esas condenas deban haberse producido en procesos anteriores.

La letrada del padre de Marta Calvo defiende que su hija es la tercera de las víctimas de asesinato, ya que en el mismo juicio se condenó también a Palma por la muerte de Lady Marcela y Arliene Ramos, ocurridas con anterioridad.

«El uso del tiempo verbal por parte del legislador buscaba expresar una acción anterior a otra, esto es, una acción sucesiva», afirman, y señalan que realizar una interpretación literal de este artículo «daría lugar al absurdo» ya que en la práctica sería «inaplicable si se entendiera que el autor ha debido ser condenado previamente por sentencia firme por un delito de asesinato».

Para la acusación ejercida por la madre de Marta Calvo, el Código Penal «no indica que las condenas por asesinatos tengan que ser anteriores a la que se está imponiendo», pudiendo imponerse la prisión permanente revisable al juzgar tres asesinatos («más de dos») en una misma causa pues las tres muertes fueron en momentos temporales diferentes y no en unidad de acto».

Las dos acusaciones recurren también la absolución de Palma por el delito contra la integridad moral, al considerar que la negativa del condenado a confesar el destino final del cuerpo de Marta Calvo menoscaba gravemente la integridad moral de sus familiares.

La representación del padre de Marta señala que la declaración de Palma ante las dependencias policiales y mantenida en el acto de juicio oral, «en sí misma, comporta un atentado a la dignidad o un trato degradante para el padre (y la madre) de Marta Calvo».

En el caso de la madre, se destaca que se le somete a un padecimiento añadido al lógico dolor por la pérdida de su hija, por las expectativas creadas en la localización de sus restos mortales, afectando gravemente a su dignidad, y se pide una pena de tres años de prisión.

Esta acusación considera también «extremadamente escasa» la indemnización fijada para los padres de Marta (una cantidad conjunta de 70.000 euros), y reclama que se eleve la cuantía hasta los 150.000 euros.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

La Agencia Tributaria niega fallos en Renta Web y explica el retraso de deducciones autonómicas

Publicado

en

La Agencia Tributaria (AEAT) ha asegurado que no existen fallos en el sistema Renta Web tras el inicio de la Campaña de la Renta 2025. El organismo atribuye la ausencia de ciertas deducciones fiscales a la publicación tardía de normativas autonómicas.

Por qué no aparecen algunas deducciones en la Renta 2025

Según la AEAT, las deducciones aprobadas por la Generalitat Valenciana no se han podido aplicar aún porque fueron publicadas recientemente en el Diari Oficial, cuando la campaña ya estaba en marcha.

Estas medidas incluyen beneficios fiscales relacionados con:

  • Gastos sanitarios
  • Actividades deportivas
  • Fomento de la música

Desde Hacienda explican que las normas solo tienen efecto jurídico tras su publicación oficial, lo que impide incorporarlas de forma inmediata al sistema.

“El sistema funciona correctamente”

La Agencia Tributaria insiste en que no se trata de un error técnico. De hecho, aseguran que la decisión de no incluir estas deducciones desde el inicio ha sido intencionada para evitar problemas mayores.

“El sistema podría volverse inestable en un momento crítico como el inicio de la campaña”, señalan fuentes del organismo.

También afecta a otras comunidades autónomas

Esta situación no solo impacta a la Comunidad Valenciana. Otras regiones como Castilla-La Mancha también aprobaron deducciones fiscales de forma tardía, lo que ha provocado el mismo retraso en su aplicación dentro de Renta Web.

Recomendación: esperar antes de presentar la declaración

La Agencia Tributaria recomienda a los contribuyentes que quieran beneficiarse de estas deducciones que esperen unos días antes de presentar su declaración.

Además, recuerda que es posible modificar fácilmente una declaración ya presentada mediante el propio portal, por lo que los usuarios podrán corregirla cuando las deducciones estén disponibles.

¿Cuándo se incorporarán las deducciones?

La AEAT ha asegurado que las nuevas deducciones se integrarán en el sistema “lo antes posible”, previsiblemente en los próximos días. Una vez activadas, se informará oficialmente para que los contribuyentes puedan aplicarlas sin problemas.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.


Continuar leyendo