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Urdangarin pide su absolución

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MADRID, 21 Mar. (EUROPA PRESS) – La defensa del marido de la Infanta Cristina, Iñaki Urdangarin, ha solicitado este miércoles la libre absolución de su cliente en el caso Nóos, por el que fue condenado seis años y tres meses de cárcel por siete delitos diferentes en relación con las actividades de la organización sin ánimo de lucro en Baleares. Entre otros argumentos, ha señalado que si hubo influencia de la Casa Real en los contratos suscritos por fundación con la Administración autonómica ésta sería en todo caso «impune por atípica» y no sería delito.

«Con todo el respeto para este tribunal les pido, fíjense qué temeridad, que absuelvan al señor Iñaki Urdangarin, que a día de hoy ya viene condenado por parte de la sociedad y determinados medios de comunicación», ha señalado el abogado Mario Pascual ante los cinco magistrados que componen la sala de casación.

Urdangarin fue condenado a seis años y tres meses de prisión, siete años y un mes de inhabilitación especial y multa de 512.533,68 euros por un delito continuado de prevaricación en concurso con uno de falsedad en documento público y de malversación (dos años y ocho meses de prisión), uno de fraude a la Administración pública (siete meses), uno de tráfico de influencias (un año) y dos delitos contra la Hacienda Pública (un año cada uno) y a responsabilidad civil.

La pena impuesta fue no obstante bastante inferior a los 19 años de cárcel que pedía para él inicialmente la Fiscalía, puesto que el tribunal de Palma le absolvió de los delitos de blanqueo de capitales y estafa y de varios delitos de falsedad en documentos, tráfico de influencias, prevaricación, malversación y fraude en relación con actividades en Baleares, la Comunidad Valenciana y Madrid y tuvo en cuenta circunstancias atenuantes de reparación del daño.

A lo largo de su intervención ante la Sala, la defensa del exduque ha reprochado a las acusaciones la «absoluta falta de definición» sobre cuál es la cuota tributaria que se debe imputar al señor Urdangarin por los delitos fiscales a los que fue condenado, ya que en sentencia se fijó una cantidad -de 129.000 euros, sólo 9.000 por encima de la cantidad a partir de la cual se considera que existe delito-, y hoy se pretende que la cantidad sea otra.

«El contribuyente no sabe a día de hoy qué cantidad debería abonar para que cualquier tribunal no le quisiera condenar por delito fiscal», ha añadido el letrado.

También ha reprochado que no haya merecido reproche el contrato de 18 millones de euros para el equipo ciclista de Baleares y únicamente se persiguieran los 150.000 euros obtenidos por su cliente para organizar la oficina de seguimiento de sus actividades.

FALTA DE NORMATIVA SOBRE FUNDACIONES

En cuanto a las condenas por malversación impuestas al marido de Cristina de Borbón, la defensa se ha preguntado por qué se le ha condenado por los contratos de patrocinio que realizó para lo foros deportivos celebrados en Baleares -por más de dos millones de euros- y se le absolvió en lo referente a los contratos similares firmados con las autoridades valencianas.

Ha añadido que, en el caso de los primeros, debería tenerse en cuenta que las autoridades autonómicas de Baleares transpusieron de forma tardía las directivas europeas sobre la actuación de las fundaciones, por lo que dicha fiscalización no se introdujo hasta el año 2011. «Por ello la sindicatura de cuentas de Baleares no puso objeción a los contratos ni a los patrocinios», ha añadido Mario Pascual.

Para esta parte, los convenios firmados fueron un patrocinio, y pese a que la Abogacía de Baleares ha venido defendiendo que no fueron útiles, por no producir efectos prácticos en Baleares, la Fiscalía defendió por el contrario en su escrito que «fueron especialmente útiles» y no discutió las cantidades empleadas en su organización.

En su escrito ante el Supremo, la defensa de Urdangarin insistía en que la condena debe ser anulada porque, entre otras razones, nunca se ocupó de temas contables, financieros ni fiscales en relación con este organismo y «no se puede demandar al olmo por no dar peras». También se opone a los argumentos que da el Ministerio Fiscal para pedir una agravación de la condena por malversación al entender que su actividad no supuso un entorpecimiento al servicio público.

Rechaza también Urdangarin la cuantificación de las cantidades presuntamente sustraídas que hace la Fiscalía y que tanto él como su exsocio Diego Torres incumplieran las exigencias legales que se incluían en los contratos que firmaron con el Instituto Balear de Turismo para la celebración de Illes Balears Forum en 2005 y 2006, por los que cobraron unos 2 millones de euros.

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Las ‘cartas del miedo’ de Hacienda: qué son, por qué las estás recibiendo y cómo actuar ante cada una

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

Miles de contribuyentes españoles están recibiendo en estos días las conocidas como “cartas del miedo” de la Agencia Tributaria. Son notificaciones que Hacienda envía cuando detecta algún posible error o discrepancia en la declaración de la Renta, o simplemente para informar de una revisión. Aunque el nombre asuste, no todas implican sanción o deuda.


📬 ¿Qué son las ‘cartas del miedo’ de Hacienda?

El término hace referencia a las notificaciones oficiales que la Agencia Tributaria envía a contribuyentes o empresas para comunicar incidencias, requerimientos o procesos de revisión.
Según datos de la plataforma fiscal TaxDown, solo en el último año Hacienda envió más de dos millones de cartas, y la mayoría se concentran en el último trimestre del año.

Estas comunicaciones pueden llegar por correo postal certificado, por SMS o a través del buzón electrónico en la Sede Digital de la Agencia Tributaria.


⚙️ Tipos de notificaciones que puedes recibir de Hacienda

Aunque todas llegan con el mismo membrete oficial, no todas tienen el mismo significado ni las mismas consecuencias. Estos son los tipos más frecuentes:

1. Carta informativa

Es la más leve. Hacienda la envía solo para informar de alguna cuestión fiscal.
👉 No requiere respuesta, pero sí conviene confirmar su recepción, ya que se trata de un envío certificado.

2. Requerimiento de información

Aparece cuando la Agencia Tributaria detecta que los datos declarados no coinciden con los que tiene en sus bases.
En este caso, el contribuyente debe presentar documentación adicional en el plazo indicado, normalmente 10 o 15 días hábiles.

3. Propuesta de liquidación

Hacienda comunica que ha modificado algunos datos de tu declaración.
Junto a la carta se incluye un borrador ajustado con los cambios que considera necesarios. Si estás de acuerdo, puedes aceptarlo. Si no, puedes presentar alegaciones.

4. Resolución del procedimiento

Es la notificación final de un proceso abierto con la Agencia Tributaria. Indica si el expediente se archiva, se aprueba una devolución o se impone una sanción.

5. Providencia de apremio

Se trata de una advertencia de cobro de una deuda pendiente. Hacienda establece un plazo concreto para pagar antes de que comiencen los recargos o embargos.
🔴 En este punto es clave actuar con rapidez.

6. Diligencia de embargo

Si no se abona la deuda, Hacienda puede proceder al embargo de bienes, salario o cuentas bancarias.
El pago inmediato o la presentación de un recurso pueden detener el proceso.

7. Inicio de inspección o expediente sancionador

Este tipo de carta marca el comienzo de una investigación fiscal. En ella se solicita documentación adicional y se informa de que puede existir una infracción tributaria. Es recomendable contar con asesoría fiscal profesional.


Cómo saber si la carta de Hacienda es auténtica

Antes de alarmarte, comprueba que la notificación es real.
Puedes hacerlo de tres maneras:

  1. Verifica el número de referencia en la web de la Agencia Tributaria.

  2. Comprueba si ha llegado a través de un canal oficial (correo certificado o sede electrónica).

  3. No abras enlaces recibidos por correo electrónico o SMS si no proceden de dominios oficiales (agenciatributaria.gob.es).


Qué hacer si recibes una carta de Hacienda

  1. Lee bien la notificación. Comprueba qué tipo de carta es y el motivo del contacto.

  2. No ignores los plazos. Casi todas las notificaciones tienen un tiempo limitado para responder o presentar alegaciones.

  3. Revisa tu declaración o documentación. Puede tratarse de un simple error en los datos fiscales.

  4. Consulta con un asesor o plataforma especializada (como TaxDown o Gestha) si no sabes cómo proceder.

  5. Conserva copia de todo lo que presentes o envíes.


Preguntas frecuentes sobre las cartas del miedo

¿Qué pasa si no respondo a una carta de Hacienda?
Si el plazo expira sin respuesta, el expediente puede resolverse a favor de la Administración y generar sanciones o recargos.

¿Puede llegar una notificación por error?
Sí. En algunos casos, Hacienda envía requerimientos automáticos basados en cruces de datos. Si tienes todo en regla, bastará con justificarlo.

¿Puedo recibir varias cartas a la vez?
Sí, especialmente si tienes varios ejercicios pendientes o gestiones abiertas con la Agencia Tributaria.


Las llamadas “cartas del miedo” de Hacienda no siempre significan una sanción. La mayoría son simples requerimientos o verificaciones de datos.
La clave está en mantener la calma, revisar la información y responder dentro del plazo establecido. Actuar a tiempo puede evitar recargos, multas y embargos innecesarios.


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