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El Gobierno no se responsabiliza de las víctimas de la vacuna covid: «Se la pusieron voluntariamente»

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El Ministerio de Sanidad se desentiende de las víctimas de la vacuna contra el COVID-19 y ahora rechaza la responsabilidad de la Administración, a pesar de un dictamen específico de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (Aemps) que establece por primera vez la relación de causalidad entre la administración de la vacuna Spikevax-COVID-19 de Moderna y la miocarditis grave.

En su respuesta a un procedimiento de reclamación patrimonial, el Ministerio de Sanidad argumenta que cualquier ciudadano que reciba atención médica debe aceptar los efectos adversos derivados de la misma, siempre y cuando haya dado su consentimiento informado. Además, sostiene que la posibilidad de sufrir el daño reclamado fue divulgada por la Aemps al administrarse la vacuna y que ésta fue recibida voluntariamente, por lo que no puede considerarse un daño antijurídico imputable a las administraciones públicas.

Los hechos se remontan a diciembre de 2021, cuando un ciudadano recibió la vacuna contra el COVID-19 tras la imposición del Certificado COVID-19 Digital de la UE en casi todo el país y bajo la premisa de que la vacuna era segura y efectiva. Sin embargo, poco después de la vacunación, comenzaron a manifestarse síntomas alarmantes que llevaron a una hospitalización urgente en la UCI del Hospital.

A pesar de que los médicos inicialmente consideraron un infarto de miocardio, pronto relacionaron los síntomas con la vacuna COVID-19, dada la proximidad temporal con la vacunación. Después de estabilizar al paciente, el diagnóstico final fue miocarditis aguda, probablemente como reacción a la vacuna, según los informes médicos.

Dictamen de la Aemps

Aunque la Aemps reconoce la relación probable entre la vacuna y la miocarditis, el Ministerio de Sanidad se exime de responsabilidad, argumentando que la posibilidad de efectos adversos fue comunicada previamente y que la vacunación fue voluntaria.

El abogado de la víctima critica la falta de información accesible para el público sobre los riesgos reales de la vacuna y señala que la campaña de vacunación del Ministerio de Sanidad transmitía un mensaje de seguridad. Además, destaca la responsabilidad moral del Ministerio en resolver el procedimiento de reclamación, que ha permanecido estancado por más de dos años, a pesar del dictamen de la Aemps.

 

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¿Cuándo se hace la declaración de la Renta 2026? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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