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273 trabajadores de la Comunitat Valenciana y Murcia abandonan el Banco Santander tras el ERE

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Banco Santander ciberataque

VALÈNCIA/MADRID, 27 Nov.- Banco Santander ha dado por finalizado el grueso del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que puso en marcha el pasado mes de mayo como consecuencia de las duplicidades derivadas de la integración de Banco Popular y que suponía la salida de 3.223 trabajadores, de los que 273 son de Comunitat Valenciana y Murcia según fuentes cercanas a la negociación consultadas por Europa Press.

Por comunidades autónomas, han abandonado la entidad un total de 354 trabajadores de la Comunidad de Madrid, 398 de Andalucía, 249 de Galicia, 221 de Cataluña, 238 de Castilla y León, 273 de Comunitat Valenciana y Murcia, 152 de País Vasco, 112 de Canarias, 127 de Castilla-La Mancha, 81 de Extremadura, 130 de Cantabria y Asturias, 141 entre Aragón, Navarra y La Rioja y 33 de Baleares. Además, ocho empleados formaban parte de territorial virtual y cuatro del calificado como grandes superficies.

En concreto, 3.030 personas se han acogido de forma voluntaria a este proceso de reestructuración, el 99% del total, y 39 empleados han salido de forma forzosa, lo que suma 3.069 trabajadores. De este modo, todavía quedaría un perímetro de 154 personas que está previsto que estén fuera antes de enero de 2020, fecha que el banco se había marcado como plazo límite para concluir este procedimiento.

La parte más complicada de este ERE ha sido la que afectaba a la red comercial, que ha sufrido el 82% de la reestructuración. El ámbito de los servicios centrales ha soportado el 17% de los despidos, algo más de 500 personas, y el de la sede ha asumido el 1%, menos de 30 empleados.

LA MAYORÍA PROCEDE DE SANTANDER, NO DE POPULAR
Asimismo, el desglose de las cifras apunta a que 1.028 salidas, es decir, el 33%, fue de mujeres, mientras que las 2.041 restantes, el 67%, estuvieron protagonizadas por hombres. Además, la mayor parte del ERE (62%) se aplicó en la plantilla de Banco Santander. El 38% de los despidos, unos 1.163 empleados, procedían de Banco Popular.

Por otro lado, el tipo de salidas se ha establecido en 1.708 empleados o el 55% del total mediante prejubilaciones y 1.361 o el 45% con indemnizaciones.

Para cubrir las extinciones, Santander ofreció a los empleados de entre 55 y 61 años prejubilarse con el 80% del salario pensionable o con el 75% más el 60% del complemento voluntario, mientras que a los mayores de 62 años les propuso abonar el equivalente a 20 días por año trabajado, con el límite de una anualidad, y sin primas.

El colectivo de entre 50 y 54 años podía dejar la entidad con el 60% del salario pensionable de seis anualidades y un tope máximo de 380.000 euros, sin descuento por desempleo y con un convenio especial con la Seguridad Social hasta los 63 años, actualizable hasta un máximo del 3%.

A este grupo también le daba primas por voluntariedad de 2.000 euros por cada trienio completo trabajado, una prima adicional de entre 5.000 y 30.000 euros en función de su antigüedad y otra de 15.000 euros.

En cuanto a los trabajadores de 49 años o menos, o los que tengan una edad superior pero no acumulen 15 años de antigüedad, las extinciones venían acompañadas de una indemnización de 40 días por año trabajado, hasta un máximo de 24 mensualidades.

A este colectivo también se le ofreció primas de voluntariedad de 2.000 euros por cada trienio de antigüedad y otras de entre 5.000 y 30.000 euros en función de los años que llevara en el banco.

Este acuerdo, que se firmó el pasado 17 de junio, fue suscrito por el 83% de la representación sindical, después de que la entidad presidida por Ana Botín lo justificara como consecuencia del proceso de integración, unificación y racionalización de las redes comerciales y estructuras intermedias de apoyo a las mismas entre los bancos Santander y Popular una vez producida la absorción del último por primero.

COMPROMISO DE RECOLOCAR A QUIEN QUIERA SEGUIR TRABAJANDO
Entre las salidas voluntarias y forzosas, una parte tiene intención de seguir en el mercado laboral, por lo que Banco Santander asumió el compromiso de recolocar al 100% de quienes quieran seguir trabajando, tal y como ha ocurrido en otras ocasiones.

En el ERE llevado a cabo en 2016 se logró este objetivo, mientras que en el ajuste acometido en 2018 el éxito hasta ahora ha sido del 73%, con previsión de alcanzar el 100% en el segundo semestre del año.

Este proceso de reestructuración de la red ha implicado también el cierre de 1.128 sucursales. Precisamente el pasado viernes 22 de noviembre, la entidad culminó estas clausuras con la séptima y última oleada de cierres.

Desde el banco han asegurado en varias ocasiones que ningún municipio se ha quedado sin servicios bancarios pese a este proceso, ya que la mayoría de cierres se ha concentrado en las ciudades, al tiempo que ha estado reforzando su red de agentes y colaboradores, fundamentalmente en las poblaciones que carecen de sucursal.

Así, cada oficina que se cierra tiene otra sucursal del grupo a una distancia media de unos 230 metros y, el 65%, a menos de 200 metros.

Fuente: EUROPA PRESS

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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