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Un alto cargo del IVAM procesado por presunta tenencia de pornografía infantil

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Un exsubdirector del IVAM sigue procesado al ver la Audiencia que guardaba fotos "claramente pornográficas" de menores

VALÈNCIA, 8 Feb. (EUROPA PRESS) –

Un exsubdirector de Finanzas del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM) sigue procesado al ver la Audiencia Provincial de València que guardaba en un ordenador imágenes «claramente pornográficas» en las que se aprecia «la minoría de edad de sus protagonistas». «No se aprecian como obra artística», advierte.

Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el tribunal rechaza el recurso del exsubdirector –investigado en otro procedimiento por presuntas irregularidades en la gestión del IVAM– contra la decisión de un juzgado de Instrucción de procesarle por un supuesto delito relacionado con la pornografía infantil.

El exdirectivo alegó en su recurso que el auto de procesamiento no estaba suficientemente motivado y rechazó que los hechos constituyeran algún tipo de delito. En concreto, defendió que en las fotografías que le intervinieron no estaba claro que aparecieran menores, aunque se les viera jóvenes, puesto que no constaba claramente la edad.

Así mismo, alegó que los desnudos de las fotografías eran artísticos y no pornográficos y que faltaba el dolo específico de la posesión de pornografía infantil. Insistió también en la mera intención de poseer obras de arte.

El tribunal, tras estudiarlos, desestima estos argumentos y afirma que tras el mero visionado de las fotografías se observan imágenes en las que «claramente» se percibe la minoría de edad de sus protagonistas y aclara que no se aprecian como obra artística sino «claramente pornográfica, con actitudes explícitas».

En todo caso, agrega que resulta improcedente anticipar un juicio donde debe resolverse esta cuestión con las garantías pertinentes. Pero sí es «suficiente» esta constatación, afirma, para resolver la justificación de la continuación del proceso, es decir, de la improcedencia del recurso del exsubdirector.

El tribunal señala que con la instrucción en esta causa se ha tratado de realizar las actuaciones necesarias para decidir si se debe abrir juicio oral con el objeto de ver la posible responsabilidad de una persona o si, por contra, se tiene que sobreseer el procedimiento. En este caso, mantiene la Audiencia, «hay indicios de la comisión del hecho y una valoración como delito en términos de probabilidad razonable», con lo que no se contempla el archivo.

Así mismo, puntualiza que el auto de procesamiento reúne los mínimos legales y no existe déficit de motivación alguno: describe los hechos sintemáticamente; los califica como delito perseguible; e identifica nominalmente a la persona contra la que se dirige sin dejar lugar a dudas.

Este procedimiento por supuesta pornografía infantil es independiente al que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 21 de València, que se centra en las presuntas irregularidades en la gestión del IVAM durante la época de Consuelo Ciscar, y en el que este exsubdirector también figura como imputado.

En esa investigación, la instructora ordenó la práctica de diligencias y registros en el instituto cultural. Entre los documentos examinados, los agentes encontraron archivos con imágenes supuestamente pornográficas, por lo que se abrió otra instrucción sobre este extremo con el exdirectivo procesado como investigado.

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La familia de Edwin Arrieta rompe su silencio tras la sentencia de Daniel Sancho

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Los familiares del cirujano colombiano reciben con respeto la confirmación de la cadena perpetua y lanzan un mensaje directo al condenado

La familia de Edwin Arrieta ha reaccionado a la decisión de la Justicia tailandesa de mantener la cadena perpetua para Daniel Sancho por el asesinato premeditado del cirujano colombiano en agosto de 2023. Los allegados de Arrieta han difundido un comunicado en el que aseguran que reciben «con respeto» la resolución y reclaman al condenado que reconozca los hechos y asuma sus responsabilidades.

El Tribunal Provincial de Samui ha desestimado los recursos presentados contra la sentencia de primera instancia y ha confirmado la condena a cadena perpetua impuesta a Sancho. La resolución fue elaborada por el Tribunal de Apelaciones de Phuket y comunicada este viernes en una sesión a puerta cerrada.

La familia Arrieta: «Supone el reconocimiento de la gravedad de los hechos»

En su comunicado, los familiares de Edwin Arrieta señalan que la confirmación de la condena supone el reconocimiento de la gravedad de los hechos y de la responsabilidad penal establecida en la sentencia de primera instancia.

La familia recuerda que la resolución mantiene la cadena perpetua dictada en agosto de 2024 y rechaza el recurso presentado por la defensa de Daniel Sancho, que solicitaba una repetición del juicio y la incorporación de nuevos testigos.

Los allegados del cirujano colombiano aseguran que ahora analizarán «jurídicamente en profundidad» la resolución, especialmente sus efectos y las cuestiones que todavía permanecen pendientes dentro del procedimiento.

«Nadie busca venganza»

El comunicado de la familia Arrieta también incluye un mensaje especialmente dirigido a Daniel Sancho.

«Nadie busca venganza y nada puede devolver a Edwin a su familia ni reparar el sufrimiento causado», señalan los familiares, antes de plantear una petición al condenado.

«¿No es ya momento de reconocer los hechos, pedir un perdón sincero, asumir plenamente las responsabilidades y dejar descansar a Edwin?», concluyen.

La familia considera que, más allá de la decisión judicial, ninguna condena puede devolver a Edwin Arrieta a sus seres queridos ni reparar el dolor provocado por su muerte.

La defensa de Daniel Sancho había pedido repetir el juicio

La defensa de Daniel Sancho había recurrido la sentencia de primera instancia y solicitaba que se repitiera el juicio o se celebrara una nueva vista con nuevos testigos.

Los abogados del español sostenían que la muerte de Arrieta se produjo durante una pelea y cuestionaban la calificación de asesinato premeditado establecida por el tribunal tailandés.

La Justicia de Tailandia ha rechazado ahora esos argumentos y mantiene la condena a cadena perpetua.

La petición de pena de muerte de la familia Arrieta sigue pendiente

La resolución conocida este viernes no cierra todas las cuestiones planteadas por las partes.

La acusación particular, en representación de la familia de Edwin Arrieta, también presentó un recurso para solicitar que se elevara la pena a pena de muerte y que aumentara la indemnización fijada en la sentencia de primera instancia.

Ese recurso todavía no ha sido resuelto, según la información publicada este viernes por medios como EFE y EL PAÍS.

Por tanto, la decisión conocida este viernes mantiene la cadena perpetua para Daniel Sancho, pero quedan cuestiones pendientes dentro del procedimiento judicial tailandés.

Más de tres años después de la muerte de Edwin Arrieta

Edwin Arrieta murió el 2 de agosto de 2023 en la isla tailandesa de Phangan. Daniel Sancho fue condenado en agosto de 2024 por el asesinato premeditado, además de otros delitos relacionados con la ocultación y el descuartizamiento del cadáver y la destrucción del pasaporte de la víctima.

Ahora, más de tres años después de los hechos, la Justicia tailandesa ha confirmado en esta primera revisión la condena a cadena perpetua.

El procedimiento todavía puede tener recorrido judicial. Tanto la defensa como la acusación disponen de vías adicionales de recurso antes de que la sentencia pueda considerarse definitivamente firme.

Para la familia Arrieta, el nuevo pronunciamiento judicial supone un paso más en un proceso que, según trasladan en su comunicado, no busca venganza sino el reconocimiento de la responsabilidad por la muerte de Edwin.

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