Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Un alto cargo del IVAM procesado por presunta tenencia de pornografía infantil

Publicado

en

Un exsubdirector del IVAM sigue procesado al ver la Audiencia que guardaba fotos "claramente pornográficas" de menores

VALÈNCIA, 8 Feb. (EUROPA PRESS) –

Un exsubdirector de Finanzas del Institut Valencià d’Art Modern (IVAM) sigue procesado al ver la Audiencia Provincial de València que guardaba en un ordenador imágenes «claramente pornográficas» en las que se aprecia «la minoría de edad de sus protagonistas». «No se aprecian como obra artística», advierte.

Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el tribunal rechaza el recurso del exsubdirector –investigado en otro procedimiento por presuntas irregularidades en la gestión del IVAM– contra la decisión de un juzgado de Instrucción de procesarle por un supuesto delito relacionado con la pornografía infantil.

El exdirectivo alegó en su recurso que el auto de procesamiento no estaba suficientemente motivado y rechazó que los hechos constituyeran algún tipo de delito. En concreto, defendió que en las fotografías que le intervinieron no estaba claro que aparecieran menores, aunque se les viera jóvenes, puesto que no constaba claramente la edad.

Así mismo, alegó que los desnudos de las fotografías eran artísticos y no pornográficos y que faltaba el dolo específico de la posesión de pornografía infantil. Insistió también en la mera intención de poseer obras de arte.

El tribunal, tras estudiarlos, desestima estos argumentos y afirma que tras el mero visionado de las fotografías se observan imágenes en las que «claramente» se percibe la minoría de edad de sus protagonistas y aclara que no se aprecian como obra artística sino «claramente pornográfica, con actitudes explícitas».

En todo caso, agrega que resulta improcedente anticipar un juicio donde debe resolverse esta cuestión con las garantías pertinentes. Pero sí es «suficiente» esta constatación, afirma, para resolver la justificación de la continuación del proceso, es decir, de la improcedencia del recurso del exsubdirector.

El tribunal señala que con la instrucción en esta causa se ha tratado de realizar las actuaciones necesarias para decidir si se debe abrir juicio oral con el objeto de ver la posible responsabilidad de una persona o si, por contra, se tiene que sobreseer el procedimiento. En este caso, mantiene la Audiencia, «hay indicios de la comisión del hecho y una valoración como delito en términos de probabilidad razonable», con lo que no se contempla el archivo.

Así mismo, puntualiza que el auto de procesamiento reúne los mínimos legales y no existe déficit de motivación alguno: describe los hechos sintemáticamente; los califica como delito perseguible; e identifica nominalmente a la persona contra la que se dirige sin dejar lugar a dudas.

Este procedimiento por supuesta pornografía infantil es independiente al que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 21 de València, que se centra en las presuntas irregularidades en la gestión del IVAM durante la época de Consuelo Ciscar, y en el que este exsubdirector también figura como imputado.

En esa investigación, la instructora ordenó la práctica de diligencias y registros en el instituto cultural. Entre los documentos examinados, los agentes encontraron archivos con imágenes supuestamente pornográficas, por lo que se abrió otra instrucción sobre este extremo con el exdirectivo procesado como investigado.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Hoy se decide si Ábalos y Koldo entran en prisión antes del juicio por la trama de mascarillas

Publicado

en

Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

El exministro de Transportes José Luis Ábalos ha acudido este miércoles al Tribunal Supremo para participar en la vista en la que el magistrado Leopoldo Puente evaluará si debe decretar su ingreso en prisión provisional, tal y como reclaman las acusaciones populares personadas en la causa, lideradas por el Partido Popular. Se trata de un momento determinante en la investigación de las presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos de mascarillas durante la pandemia.

Una llegada discreta ante una fuerte expectación mediática

Ábalos ha accedido al alto tribunal a primera hora de la mañana, sin hacer declaraciones, en medio de una gran presencia de medios desplazados ante la relevancia de la cita. Su comparecencia coincide con el avance de la causa hacia la fase final previa al juicio.

La vista ha sido convocada después de que tanto Fiscalía Anticorrupción como varias acusaciones solicitaran una revisión de las medidas cautelares que mantienen actualmente Ábalos y su exasesor Koldo García, quienes permanecen en libertad con obligación de comparecer periódicamente ante la Justicia, prohibición de salida del país y retirada del pasaporte.

Las acusaciones piden prisión provisional para evitar riesgo de fuga

Las acusaciones populares sostienen que la gravedad de los hechos atribuidos —y las altas penas solicitadas— justifican el ingreso inmediato en prisión de ambos investigados. Argumentan que existen “indicios sólidos de criminalidad” y un riesgo de fuga ante la cercanía del juicio por la llamada trama de mascarillas.

La Fiscalía, por su parte, solicita para Ábalos 24 años de prisión, y para Koldo 19 años y medio, por delitos como organización criminal, cohecho, tráfico de influencias, malversación y uso de información privilegiada. Además, reclama multas millonarias derivadas del presunto perjuicio causado a la Administración.

Las acusaciones populares elevan las penas a 30 años, añadiendo también prevaricación y falsedad documental.

El Supremo decidirá si endurece las medidas cautelares

El magistrado Puente deberá valorar si las circunstancias actuales justifican un cambio en la situación personal de los acusados. La Ley de Enjuiciamiento Criminal permite modificar las medidas cautelares cuando lo piden las partes y tras oír a todas ellas en audiencia pública, como ocurre en esta vista.

El juez solo puede adoptar nuevas medidas —incluida la prisión provisional— si así lo solicita alguna acusación, nunca de oficio. La decisión, que podría conocerse en las próximas horas, marcará el rumbo inmediato del caso.

Una vista decisiva en un caso con fuerte impacto político

La trama de mascarillas ha tenido un enorme eco institucional al implicar a un exministro y a altos cargos cercanos. El avance hacia un posible juicio oral y la elevada petición de penas han intensificado la presión sobre Ábalos, cuya situación judicial y política se encuentra en uno de sus momentos más delicados.

 

24 años de prisión y multa de casi 4 millones para José Luis Ábalos

El Ministerio Público pide una condena de 24 años de prisión para José Luis Ábalos, exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE.
La Fiscalía le atribuye cinco presuntos delitos:

  • Organización criminal

  • Cohecho

  • Tráfico de influencias

  • Malversación

  • Uso de información privilegiada

Además, reclama para él una multa de 3,9 millones de euros y responsabilidades económicas conjuntas por los perjuicios ocasionados a dos empresas públicas.

19 años y medio de cárcel para Koldo García

Para Koldo García, exasesor ministerial de Ábalos, Anticorrupción solicita 19 años y medio de prisión, así como una multa también de 3,9 millones de euros, por los mismos delitos atribuidos al exministro.

La Fiscalía pide que tanto Ábalos como Koldo indemnicen de forma conjunta y solidaria a:

  • Ineco: 34.477,86 euros

  • Tragsatec: 9.500,54 euros

Asimismo, reclama el decomiso de al menos 430.298,4 euros, cantidad que correspondería a ganancias obtenidas mediante cohecho.

Atenuante de confesión para Víctor de Aldama

En el caso del empresario Víctor de Aldama, considerado presunto intermediario de la trama, la Fiscalía aplica la atenuante de confesión y solicita una pena de 7 años de prisión por:

  • Organización criminal

  • Cohecho

  • Uso de información privilegiada

También reclama para él una multa de 3,8 millones de euros.

El origen de la causa

El escrito de acusación llega después de que el magistrado instructor del Supremo, Leopoldo Puente, propusiera el pasado 3 de noviembre juzgar a los tres implicados. Según el juez, se habrían concertado poco después de la llegada de Ábalos al Ministerio, buscando obtener beneficios económicos mediante su influencia en contratos públicos.

Puente dividió la causa en dos piezas:

  • La principal, centrada en los contratos de mascarillas.

  • Una pieza separada dedicada a la supuesta trama de cobro de comisiones por obra pública.

 

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo