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Artículo 155: ¿Qué es y en qué consiste este artículo de la Constitución española?
Publicado
hace 8 añosen
El artículo 155 complementa la previsión de vías o medios de control (ordinario) de la actividad de las Comunidades Autónomas contenida en el artículo 153 al contemplar un mecanismo de control subsidiario, de carácter excepcional o extremo (y alcance incluso coercitivo), para situaciones igualmente excepcionales o extremas, consistentes en el incumplimiento por aquéllas de obligaciones impuestas por la Constitución o las leyes o en actuaciones de las mismas que atenten gravemente al interés general de España.
El precepto se inspira claramente en la figura de la llamada «coerción federal» (Bundeszwang), prevista en el artículo 37 de la Ley Fundamental de Bonn. De hecho, tal inspiración se advierte incluso de manera inequívoca en la redacción del artículo 155, que coincide en lo esencial con la dicción literal del precepto constitucional alemán. En otros sistemas federales o Estados de estructura compuesta o compleja, por el contrario, el mecanismo de reacción -extrema o excepcional- de los órganos federales o centrales ante conductas de los Estados federados o entes territoriales subestatales gravemente atentatorias contra la lealtad federal o institucional hacia la Federación o el Estado central consiste en la suspensión o disolución de los órganos de aquéllos (la llamada «intervención o ejecución federal»), y no sólo en la posibilidad de adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento forzoso de las obligaciones incumplidas, en particular por medio de instrucciones de obligada observancia para los órganos del Estado federado o ente territorial de que se trate, a su vez coercibles por los órganos federales o centrales en caso de resultar desatendidas. Como ejemplos de sistemas de «intervención» federal o estatal, que comportan la suspensión o disolución de órganos territoriales, pueden consultarse el artículo 100 de la Constitución austriaca, el artículo 126 de la Constitución italiana o el apartado 31 del artículo 75 de la Constitución argentina.
El tenor del artículo 155, prácticamente idéntico al del artículo 37 de la Ley Fundamental de Bonn en el Anteproyecto de Constitución, experimentó algunas modificaciones durante su elaboración parlamentaria. En primer lugar, se añadió como supuesto de hecho habilitante de las medidas extraordinarias previstas en dicho precepto el consistente en una actuación «que atente gravemente al interés general de España» (el Anteproyecto sólo se refería, como sucede en el caso de la Constitución alemana, al incumplimiento de obligaciones que la Constitución u otra ley impusieran respecto del Estado). En segundo lugar, se incorporó la exigencia de previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma, coherente con la naturaleza subsidiaria del mecanismo respecto de las formas ordinarias de control (a que se refiere el artículo 153 CE) y el carácter por tanto excepcional, extremo o de ultima ratio que le es propio. Por último, y atendido precisamente dicho carácter, se introdujo el requisito de aprobación de las medidas por mayoría absoluta (y no por mera mayoría simple) del Senado. Por el contrario, no prosperaron en el debate parlamentario otras propuestas, como las de exigir la aprobación de las medidas por ambas Cámaras de las Cortes o por una mayoría aún más cualificada del Senado, la de circunscribir el supuesto de hecho habilitante a los casos de incumplimiento sólo de la Constitución o de ésta y leyes orgánicas (excluyendo los supuestos de incumplimiento de leyes ordinarias, así como de actuaciones gravemente atentatorias al interés general de España) o la de prever como requisito para la adopción de medidas la previa declaración del incumplimiento imputado a la Comunidad Autónoma por el Tribunal Constitucional.
El carácter altamente excepcional del mecanismo previsto en el artículo 155 CE se manifiesta en su, hasta la fecha, inexistente proyección práctica o aplicativa. En efecto, hasta hoy el Senado y el Gobierno de la Nación no han hecho uso de las facultades que les confiere el artículo 155 CE en ninguna ocasión. Tampoco existen precedentes de una aplicación del artículo 37 de la Ley Fundamental de Bonn en la República Federal de Alemania. Últimamente se ha debatido en nuestro país, sin embargo, acerca de la oportunidad de un desarrollo legal del artículo 155 CE, así como de la viabilidad de una aplicación del mismo en relación con el incumplimiento por los órganos de gobierno del Parlamento Vasco de las obligaciones derivadas en el ámbito parlamentario de la sentencia de declaración de ilegalidad y disolución de determinados partidos políticos (Herri Batasuna, Euskal Herritarrok, Batasuna), dictada en aplicación de la vigente Ley Orgánica de Partidos Políticos por la Sala del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como en relación con la aprobación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma Vasca de una Propuesta de nuevo Estatuto Político para la Comunidad de Euzkadi de -cuando menos- muy dudosa compatibilidad -tanto procedimental como material- con la vigente Constitución.
Al procedimiento de aplicación del artículo 155 CE en fase parlamentaria se refiere el artículo 189 del Reglamento del Senado.
En cuanto al control en derecho del ejercicio de las facultades atribuidas por este precepto, la doctrina alude a dos cauces o vías para efectuarlo: de un lado, el conflicto de competencia planteado por la Comunidad Autónoma afectada ante el Tribunal Constitucional [art. 59.1.a) de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional]; y, de otro, la impugnación por ésta de los concretos actos adoptados por el Gobierno de la Nación en virtud de la autorización emitida por el Senado en sede contencioso-administrativa. Al control jurídico se añade el control político del Gobierno que puede llevar a cabo el Congreso de los Diputados.
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Tras varios días de expectación mediática, Julio Iglesias ha decidido pronunciarse públicamente. El artista, de 82 años, ha emitido un comunicado en el que niega de forma rotunda las acusaciones realizadas por dos antiguas trabajadoras de su hogar, quienes le señalan por supuestas agresiones sexuales. El escrito, difundido a través de sus redes sociales, supone la primera reacción oficial del cantante desde que el caso saliera a la luz.
Desde que se conocieron las denuncias a comienzos de esta semana, el nombre de Julio Iglesias ha copado titulares y debates, generando un intenso revuelo tanto en medios de comunicación como en redes sociales. Durante los primeros días, el artista optó por el silencio, lo que incrementó la expectación sobre una posible respuesta pública.
Un comunicado esperado tras días de silencio
Finalmente, este viernes a primera hora, el cantante ha compartido un texto en el que se defiende de las acusaciones y deja clara su postura. En el comunicado, Julio Iglesias asegura sentirse profundamente afectado por la situación y niega haber cometido cualquier tipo de abuso, coacción o falta de respeto hacia ninguna mujer.
El artista afirma que las acusaciones son falsas y que le producen una gran tristeza, al tiempo que subraya que, pese al impacto emocional, mantiene la fortaleza necesaria para que la verdad salga a la luz. Con este mensaje, deja entrever que emprenderá acciones legales para proteger su imagen y su honor.
“Defender mi dignidad ante un agravio tan grave”
En su escrito, Julio Iglesias explica que nunca antes había experimentado una sensación de maldad como la que, según él, rodea estas acusaciones. Aun así, recalca que no piensa permanecer pasivo y que hará todo lo posible para que se conozca su versión de los hechos y salvaguardar su dignidad ante lo que considera un ataque muy serio a su reputación personal y profesional.
Estas palabras llegan en un contexto especialmente delicado para el artista, cuya trayectoria musical y figura pública han sido ampliamente reconocidas a nivel internacional durante décadas.
Agradecimiento por el apoyo recibido
Además de negar las acusaciones, Julio Iglesias ha querido dedicar una parte de su comunicado a agradecer las numerosas muestras de apoyo que ha recibido en los últimos días. El cantante menciona los mensajes de cariño y lealtad enviados por personas cercanas, amigos y seguidores, asegurando que han supuesto un gran consuelo en un momento especialmente complicado.
El comunicado concluye con su firma, en una clara intención de personalizar el mensaje y dejar constancia directa de su posición ante la polémica.
Comunicado íntegro de Julio Iglesias
Con profundo pesar, respondo a las acusaciones realizadas por dos personas que anteriormente trabajaron en mi casa. Niego haber abusado, coaccionado o faltado el respeto a ninguna mujer. Esas acusaciones son absolutamente falsas y me causan una gran tristeza.
Nunca había sentido tanta maldad, pero aún me quedan fuerzas para que la gente conozca toda la verdad y defender mi dignidad ante un agravio tan grave.
No puedo olvidarme de tantas y tantas personas queridísimas que me han mandado mensajes de cariño y lealtad; he sentido mucho consuelo en ellas.
Una reacción que llega tras hablar con ‘¡Hola!’
Este primer pronunciamiento público se produce horas después de que Julio Iglesias mantuviera una conversación telefónica con la revista ‘¡Hola!’, medio con el que suele tener una relación cercana. Su comunicado marca así el inicio de una nueva fase en este caso, en la que el artista parece dispuesto a defenderse públicamente y por la vía legal.
Por el momento, el asunto continúa en desarrollo y se espera que en los próximos días se conozcan nuevos detalles sobre la evolución del caso y las posibles acciones judiciales anunciadas por el cantante.
Una figura histórica de la música española bajo revisión
Las acusaciones afectan a uno de los nombres más relevantes de la cultura popular española e internacional. Julio Iglesias ha sido durante décadas el artista español más reconocido fuera de España, con una imagen pública construida en torno al éxito, la seducción y el carisma masculino.
Este nuevo escenario sitúa su figura bajo una mirada distinta, en la que su legado artístico convive con informaciones que cuestionan aspectos de su comportamiento en el ámbito privado.
Edad y orígenes de Julio Iglesias
Julio Iglesias nació en Madrid el 23 de septiembre de 1943, por lo que tiene 82 años en la actualidad. Hijo del prestigioso ginecólogo Julio Iglesias Puga, creció en una familia acomodada y tuvo una juventud marcada por el deporte.
Antes de dedicarse a la música fue portero del Real Madrid Castilla, hasta que un grave accidente de tráfico en 1963 truncó su carrera futbolística. Durante la larga recuperación comenzó a tocar la guitarra, un aprendizaje que acabaría cambiando el rumbo de su vida.
Estudió Derecho, carrera que llegó a finalizar, aunque nunca ejerció profesionalmente como abogado.
Una carrera musical sin precedentes
Su salto a la fama llegó en 1968, tras ganar el Festival de Benidorm, inicio de una trayectoria que lo convertiría en una estrella internacional. A lo largo de más de cinco décadas ha publicado más de 80 discos, cantado en más de 14 idiomas y vendido más de 300 millones de copias en todo el mundo.
Su éxito fue especialmente intenso en América Latina, Europa y Estados Unidos, donde logró algo poco habitual para un artista español: consolidarse en el mercado anglosajón. Durante los años 80 y 90 fue uno de los cantantes más influyentes del panorama musical global.
Vida personal y relaciones sentimentales
La vida privada de Julio Iglesias ha sido objeto de atención constante por parte de la prensa. Estuvo casado con Isabel Preysler entre 1971 y 1979, una relación que marcó la crónica social española durante la Transición.
Posteriormente inició una relación con Miranda Rijnsburger, exmodelo neerlandesa, con quien convivió durante más de dos décadas antes de contraer matrimonio en 2010. Con ella ha formado su familia más numerosa.
Durante años, Iglesias ha residido principalmente fuera de España, especialmente en Miami, República Dominicana y Bahamas, donde estableció varias propiedades y desarrolló su vida privada lejos del foco mediático español.
Hijos de Julio Iglesias
Julio Iglesias es padre de ocho hijos reconocidos públicamente, fruto de dos relaciones:
Con Isabel Preysler:
-
Chábeli Iglesias
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Julio José Iglesias Jr.
-
Enrique Iglesias, cantante de éxito internacional
Con Miranda Rijnsburger:
-
Miguel Alejandro
-
Rodrigo
-
Victoria
-
Cristina
-
Guillermo
Además, la justicia española reconoció mediante sentencia firme la paternidad de Javier Sánchez, aunque el cantante nunca ha mantenido relación pública con él.
Salud y retirada progresiva de la vida pública
En los últimos años, Julio Iglesias ha reducido notablemente su presencia pública. Él mismo ha reconocido problemas de salud derivados del accidente sufrido en su juventud, que le provocó secuelas físicas permanentes.
Aunque nunca ha anunciado oficialmente su retirada, su actividad musical es hoy muy limitada, y su figura ha pasado a ocupar un lugar más histórico que activo dentro de la industria musical.
Un legado artístico en un nuevo contexto
Las acusaciones conocidas en los últimos días sitúan a Julio Iglesias en un nuevo escenario mediático, en el que su legado musical y su papel como icono cultural conviven con informaciones que cuestionan su conducta privada.
Mientras la investigación periodística continúa su recorrido y a la espera de posibles acciones judiciales o pronunciamientos oficiales, el caso vuelve a poner sobre la mesa el debate social sobre responsabilidad, poder y memoria colectiva cuando se trata de figuras que han marcado generaciones enteras.
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