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Consum pagará 300 euros más de media a sus trabajadores en marzo como gratificación

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València, 27 mar.- Consum ha aprobado un montante de 3,8 millones de euros para gratificar a sus trabajadores de tiendas y plataformas logísticas como compensación al esfuerzo y dedicación que realizan desde que se decretó el estado de alarma por el coronavirus.

Esta gratificación se abonará ya en la nómina de marzo y supondrá una compensación económica de 283 euros de media por persona para recompensar el trabajo, el esfuerzo y la predisposición durante la pandemia.

La cooperativa es «consciente del esfuerzo y la profesionalidad con los que están afrontando esta situación los trabajadores en el punto de venta, que están de cara al público cada día», así como del aumento del volumen de trabajo que se ha producido en las centrales logísticas.

Por ello, asegura compartir su preocupación ante la exposición al público y les agradece en un comunicado «toda su labor y profesionalidad ante los momentos excepcionales que estamos viviendo».

Para hacer frente al aumento de la carga de trabajo en las últimas semanas, Consum reforzó su plantilla mediante la ampliación de jornadas o la contratación de personal para las plataformas logísticas y los supermercados. Desde el 13 de marzo lleva un total de 1.185 contratos y 1.233 ampliaciones de dedicación.

Desde que se decretó la alarma lanzó una serie de medidas excepcionales como la instalación de mamparas de seguridad en la línea de cajas de todos sus supermercados, la reducción del horario de 10 a 20 horas, la limitación de compra a seis unidades de una misma referencia por persona y día o y el control del aforo en las tiendas para evitar aglomeraciones.

La cooperativa también reparte en la entrada de las tiendas gel desinfectante y guantes de plástico, como medida de prevención y seguridad contra el Covid-19. Y pide colaboración ciudadana para que solo vaya una persona por familia a realizar la compra, absteniéndose en la medida de lo posible ancianos, niños y grupos de riesgo, además de comprar solo si es imprescindible y priorizar el pago con tarjeta.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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