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Vuelven a abrir los centros comerciales: estas son las normas

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centros comerciales abiertos

Los locales y establecimientos situados dentro de los centros comerciales podrán reabrir sus puertas desde este lunes siempre que tengan un acceso directo e independiente desde «el exterior», tal y como recoge la orden del Ministerio de Sanidad publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El documento, por el que se modifican diversas órdenes para una mejor gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus en aplicación del Plan para la transición hacia la ‘nueva normalidad’, adapta el texto del 16 de mayo, en el que se limitaba la apertura a los establecimientos que tuvieran «acceso directo e independiente desde la vía pública».

En la orden ministerial de este sábado, modifica la alusión directa a la vía pública, para indicar que los locales situados en centros y parques comerciales que podrán reabrir desde el lunes deberán contar con «acceso directo e independiente desde el exterior del parque o centro comercial».

El texto apunta que desde el próximo 25 de mayo los establecimientos y locales comerciales que se encuentren dentro de parques o centros comerciales, «podrán proceder a su reapertura al público siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta al público igual o inferior a 400 metros cuadrados o acoten la misma a este umbral, y cuenten con acceso directo e independiente desde el exterior del parque o centro comercial».

La apertura de todos los centros comerciales será en la fase 2 de la desescalada, es decir a partir del 25 de mayo, pero con medidas restrictivas como que las siguientes:

Medidas en materia de aforo para los establecimientos y locales abiertos al público.

1. Los establecimientos y locales deberán exponer al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros se respeta en su interior.

2. Para ello, los establecimientos y locales deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.

3. La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros exigida por el Ministerio de Sanidad. Preferiblemente, siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones.

4. En los establecimientos y locales comerciales que dispongan de aparcamientos propios para sus trabajadores y clientes, cuando el acceso a las instalaciones, los lectores de tickets y tarjetas de trabajadores no pudiera realizarse de manera automática sin contacto, este será sustituido por un control manual y continuo por parte del personal de seguridad, para mejor seguimiento de las normas de aforo. Este personal también supervisará que se cumple con las normas de llegada y salida escalonada de los trabajadores a y desde su puesto de trabajo, según los turnos establecidos por el centro. En su caso, y salvo que estrictos motivos de seguridad recomienden lo contrario, las puertas que se encuentren en el recorrido entre el parking y el acceso a la tienda o los vestuarios de los trabajadores permanecerán abiertas para evitar la manipulación de los mecanismos de apertura.

Artículo 17. Medidas aplicables a centros comerciales y parques comerciales.

Además de lo dispuesto en el artículo 12, los centros y parques comerciales que reabran al público deberán cumplir las condiciones siguientes:

a) El uso de aseos familiares y salas de lactancia se restringirá a una única familia, no pudiendo simultanear su uso dos unidades familiares.

b) El uso de los aseos y salas de lactancia comunes de los centros y parques comerciales deberá ser controlado por el personal de los mismos, debiendo procederse a su limpieza y desinfección de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.5.

c) El personal de seguridad velará por que se respete la distancia mínima interpersonal de dos metros y evitará la formación de grupos numerosos y aglomeraciones que se puedan formar, prestando especial atención a las zonas de escaleras mecánicas y a los ascensores.

d) En la zona de aparcamiento, además de la desinfección continuada de los puntos de contacto habituales y puesta a disposición al alcance del cliente de gel hidroalcohólico, se fomentará el pago por medios electrónicos sin contacto de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.6.

e) En caso necesario, se utilizarán vallas o sistemas de señalización equivalentes para un mejor control de los accesos y gestión de las personas a los efectos de evitar cualquier aglomeración. Preferiblemente, siempre que el centro o parque comercial disponga de dos o más accesos, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones.

f) Se deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.

Otras cosas que podrás hacer en la Fase 2

En la fase dos o intermedia se abrirá el espacio interior de los locales solo para el servicio de mesas, con separación entre ellas y un tercio de aforo.

El curso escolar comenzará en septiembre con carácter general, si bien se podrán reabrir antes los centros educativos con el propósito de garantizar las actividades de refuerzo, que los menores acudan en el caso de que ambos progenitores trabajen presencialmente y para celebrar las pruebas de la EBAU.

Los cines, teatros y auditorios reabrirán un tercio de su aforo con butacas preasignadas. Las salas de exposiciones, conferencias y visitas a monumentos también abrirán con un tercio de su ocupación habitual. Los actos y espectáculos al aire libre estarán permitidos cuando se congreguen menos de 400 personas sentadas. Los lugares de culto deberán limitar su aforo al 50%.

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¿Llegará el virus Nipah a España? Esto dicen los expertos

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Los expertos en Salud Pública coinciden en que el riesgo de infección por el virus Nipah en España es actualmente muy bajo, aunque advierten de que no es nulo y subrayan la necesidad de mantener una vigilancia epidemiológica activa ante posibles infecciones emergentes.

Así lo ha señalado la Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública y Gestión Sanitaria (SEMPSPGS), que basa su evaluación en los análisis del Ministerio de Sanidad y en informes de organismos europeos como el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).

Sin casos detectados en España ni en Europa

Según la SEMPSPGS, no se han registrado casos importados ni autóctonos de virus Nipah en Europa, incluido España. No obstante, la sociedad científica recuerda que la globalización y el aumento de la movilidad internacional facilitan la circulación rápida de patógenos emergentes, lo que obliga a los sistemas sanitarios a estar preparados.

Los expertos reaccionan así a las informaciones recientes sobre un brote de virus Nipah en la India y Nepal, concretamente en el estado indio de Bengala Occidental, cerca de Calcuta, que había generado preocupación por un posible riesgo pandémico.

Importancia de la vigilancia y la anticipación sanitaria

Desde la SEMPSPGS insisten en que el sistema sanitario español debe ser capaz de anticiparse a este tipo de amenazas y responder con rapidez. Destacan el papel clave de las unidades de Medicina Preventiva y Salud Pública, que permiten detectar riesgos de forma temprana y limitar la magnitud de los brotes mediante vigilancia epidemiológica, formación continuada y participación en la toma de decisiones.

“La prevención no solo actúa en situaciones de crisis, sino que reduce contagios, protege a los profesionales sanitarios y minimiza el impacto asistencial y social”, subrayan los especialistas.

Qué se sabe del virus Nipah

El virus Nipah está considerado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como uno de los patógenos zoonóticos más preocupantes. Presenta una alta letalidad, que puede situarse entre el 40 % y el 75 %, y no cuenta con vacunas ni tratamientos antivirales específicos aprobados.

Su reservorio natural son los murciélagos frugívoros, aunque también puede transmitirse a los humanos a través de otros animales infectados o mediante contagio de persona a persona, especialmente por gotículas respiratorias o contacto con fluidos corporales. Este último mecanismo ha sido clave en brotes recientes, sobre todo en entornos hospitalarios y familiares.

El brote reciente en la India

Hasta el 26 de enero, se han confirmado al menos cinco casos positivos de virus Nipah vinculados a un hospital privado de Barasat, en las proximidades de Calcuta. Los primeros afectados fueron dos profesionales sanitarios, a los que se sumaron posteriormente otros tres trabajadores del centro, lo que apunta a una transmisión nosocomial.

El brote ha obligado a aplicar medidas extraordinarias de aislamiento, protección y control, con impacto directo en la actividad hospitalaria. Según la SEMPSPGS, aunque la situación ha generado alarma social, el brote parece contenido y no existen indicios de transmisión comunitaria.

Lecciones aprendidas y refuerzo de la Salud Pública

La detección del virus en personal sanitario es considerada una señal de alerta, asociada a factores como la detección tardía de los primeros casos, fallos en la vigilancia epidemiológica, infravaloración inicial del riesgo o problemas en la aplicación de medidas preventivas.

Por ello, los expertos insisten en que invertir en Salud Pública es una necesidad estratégica, no solo para responder a brotes concretos, sino para evitar que situaciones similares se repitan en el futuro.

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