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Estas son las pautas para la admisión telemática de alumnos para el próximo curso escolar

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VALÈNCIA, 19 May. (EUROPA PRESS) – La Conselleria de Educación ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la resolución con las pautas a seguir para el procedimiento de admisión telemática del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos valencianos que imparten Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato para el curso 2020-2021.

Según ha informado en un comunicado el departamento que dirige Vicent Marzà, este procedimiento es importante para las familias que matriculen a sus hijos para el próximo curso por primera vez en las aulas gratuitas de 2 años y en Infantil de 3 años, así como para el alumnado que se quiere matricular en Formación Profesional (FP).

En el resto de etapas educativas las familias utilizan este procedimiento en menor medida, ya que se usa para cambiar a los hijos de centro educativo por diferentes razones, como por ejemplo el cambio de residencia de una población a otra.

El proceso de admisión es el primer trámite que se hace dentro de la matriculación escolar. Lo hacen las familias y se centra en aportar toda la información y poner las opciones de los centros preferentes para poder realizar la baremación y determinación del centro educativo donde se escolarizan los menores.

Este procedimiento presenta este año una novedad relevante por el hecho de que la gran mayoría de las familias realizarán este trámite de manera telemática. Se ha trabajado en esta opción por los efectos generados por la pandemia de Covid-19 y el contexto de estado de alarma.

Por ello, independientemente del contexto exacto de la evolución de la pandemia en las fechas en que se producirán los procesos de admisión, la conselleria ha preparado una aplicación informática para «garantizar la seguridad de la gestión telemática por parte de la ciudadanía y favorecer que la gran mayoría de la población que debe efectuar este trámite pueda hacerlo en línea».

Así, habilitará en las fechas previstas de admisión un espacio web concreto con la información sobre la matriculación y la tramitación electrónica del procedimiento de admisión. Esta aplicación se activará el primer día en que se puedan iniciar los procedimientos.

En las etapas de Infantil y Primaria la presentación de solicitudes telemáticas de admisión se hará del 8 al 16 de junio. La información de las listas provisionales se hará pública el 1 de julio y las personas que quieran hacer reclamaciones al respecto tendrán del 1 al 3 de julio para tramitarlas con la clave de acceso. Las listas definitivas se publicarán el 10 de julio y la matriculación efectiva la harán las familias del 13 al 29 de julio.

En el resto de etapas educativas la presentación de solicitudes telemáticas de admisión se hará del 17 al 25 de junio. La información de las listas provisionales en ESO y Bachillerato se dará el 15 de julio y se podrán efectuar reclamaciones desde este día hasta el 17 de julio. Las listas definitivas se publicarán el 27 de julio y se establecerán dos períodos de matriculación: del 28 al 31 de julio y el 1 y 2 de septiembre.

En el caso de la FP Básica, las listas provisionales se publicarán el 13 de julio. Se podrá reclamar del 13 al 15 de julio. Las listas definitivas se harán públicas el 27 de julio y la matriculación será del 22 al 28 de julio.

Por lo que respecta al Grado Medio y Grado Superior de FP, las listas provisionales se publicarán el 20 de julio. Se podrá reclamar del 20 al 22 de julio. Las listas definitivas se harán públicas el 29 de julio y la matriculación será del 1 al 9 de septiembre.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR
Para llevar a cabo esta admisión telemática cada familia deberá entrar en la web y allí encontrará de forma visible cada paso para realizar el procedimiento. El primer paso será generar la clave de admisión para hacer el trámite. Hay que pedir una clave de admisión para cada hijo.

Para obtener esta clave habrá una ventana específica en el espacio web que se anunciará en breve. Una vez dentro se pedirá el número de DNI del padre, madre o tutor legal solicitante, el número de apoyo IDESP (código de 9 letras y números que hay en el DNI), la fecha de nacimiento de la persona solicitante, la aceptación de comprobación del Ministerio del Interior y una dirección de correo electrónico.

La ciudadanía extranjera, que no tiene DNI, debe presentar los mismos datos pero con su NIE. Aparte de poner el NIE, tendrá que rellenar una casilla con el número de apoyo IXESP (código incluido en las tarjetas de extranjeros y permisos de residencia), así como la fecha de nacimiento de la persona solicitante y la aceptación de comprobación del Ministerio del Interior y una dirección de correo electrónico.

Hecha esta primera gestión, el solicitante recibirá por correo electrónico el identificador y la contraseña para cada solicitud que tenga que hacer según el número de hijos que deba matricular.

Desde Educación han remarcado que es importante que se conserve la clave de acceso que contempla el identificador y la contraseña para poder hacer, posteriormente, reclamaciones cuando se hayan hecho públicas las listas provisionales. En la web habrá una ventana específica también para estas gestiones, así como para consultar listas provisionales y listas definitivas.

Con la clave de acceso se podrá acceder al formulario electrónico en que, paso a paso, tendrá que rellenar los datos de solicitud de centros educativos ordenados de forma preferente. Se pueden elegir hasta 10 opciones por hijo.

Las personas que no tienen DNI/NIE o las que no tienen acceso a medios electrónicos podrán realizar el procedimiento de admisión de manera presencial en los centros educativos donde soliciten plaza como primera opción en las mismas fechas en que está determinado el procedimiento telemático.

Todos los centros sostenidos con fondos públicos serán centros de atención a los usuarios. Allí, a través de la misma aplicación para hacer la admisión telemática, se tramitará el procedimiento en las mismas condiciones que el resto de solicitantes.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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