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Estas son las sanciones y denuncias que establece el Consell para quien incumple medidas de prevención del COVID

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El Pleno del Consell ha aprobado el proyecto de decreto ley por el que se establece el régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las medidas de prevención frente a la COVID-19.

Con esta norma, la Generalitat centraliza la tramitación e imposición de las sanciones, sin perjuicio de las competencias de los ayuntamientos y del Gobierno central, tal y como establece el Real Decreto ley, del 9 de junio, de medidas urgentes contra la pandemia.

Este decreto ley contiene un cuadro completo de las infracciones y sanciones específicas para quienes incumplan las medidas dictadas por las autoridades sanitarias para luchar contra la COVID-19.

La norma consta de tres capítulos, quince artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria y una disposición final. Los responsables de las infracciones administrativas previstas en el texto serán las personas físicas o jurídicas que incurran en alguna de las acciones tipificadas en la norma. En el caso de los menores de edad, serán responsables sus padres o tutores legales.

Respecto a las sanciones, se dividen en tres grupos: leves, graves y muy graves. En el primer grupo, se consideran infracciones leves y, por tanto, susceptibles de ser sancionadas con multas de entre 60 y 600 euros las siguientes acciones:

1. Incumplir la obligación del uso de mascarilla o el uso inadecuado de la misma, si bien está infracción sólo podrá sancionarse con un máximo de 100 euros.

2. Por parte de los establecimientos públicos, el obviar la obligación de informar a los clientes sobre el aforo del local, la distancia mínima interpersonal o el uso de mascarilla.

3. Incumplir las medidas generales de higiene y prevención en locales públicos o privados cuando no suponga riesgo de contagio o el riesgo afecte a menos de 15 personas.

4. La vulneración de la cuarentena por parte de aquellas personas que no hayan dado positivo en Covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confinado.

5. Quebrantar una orden general de confinamiento.

Por su parte, el decreto ley considera como una infracción grave y penada con multas de entre 601 a 30.000 euros el vulnerar:

1. Los límites de aforo en los establecimientos públicos cuando no sea falta leve o muy grave.

2. La prohibición de organizar o participar en reuniones, fiestas o cualquier otro acto privado o público que impliquen una aglomeración o en los que se dificulte la adopción de las medidas sanitarias.

3. El mantenimiento de la distancia de seguridad entre mesas o agrupaciones de mesas en los locales abiertos al público y terrazas al aire libre.

4. Las medidas de higiene y la obligación de limpieza y desinfección de los accesos del recinto y localidades donde se siente el público.

5. La prohibición de usar espacios del establecimiento para actividades no permitidas.

6. Las medidas de higiene para cualquier tipo de establecimiento cuando suponga riesgo de contagio o afecte a más de 15 personas.

7. El aislamiento domiciliario que deben guardar quienes hayan dado positivo en COVID-19.

En las sanciones graves también se contempla la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de seis meses.

Por último, las infracciones calificadas como muy graves y que pueden acarrear una multa de entre 30.001 a 60.000 euros son las siguientes:
1. No respetar los límites de aforo, así como las medidas de prevención e higiene por parte de los establecimientos abiertos al público cuando suponga un grave riesgo que afecte a más de 150 personas.

2. Sobrepasar el aforo del establecimiento si en él se hallan presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

3. Organizar reuniones o fiestas, de carácter privado o público, que impliquen una aglomeración que impida la adopción de las medidas sanitarias o se hallen presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.

4. Impedir la inspección por parte de los agentes de la autoridad o funcionarios, así como la negativa a colaborar con ellos.

5. Incumplir la obligación de inhabilitar la pista de baile para este uso.

6. Vulnerar de forma reiterada el deber de aislamiento domiciliario por parte de personas que hayan dado positivo en COVID-19.

Para las sanciones muy graves, el decreto ley también prevé la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de tres años y de forma acumulada hasta un máximo de 10.

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Sánchez decide este lunes si adelanta las elecciones mientras prepara un nuevo decreto de vivienda

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Pedro Sánchez afronta este lunes una jornada clave para el futuro de la legislatura después de que el Congreso tumbara el viernes los dos decretos de vivienda del Gobierno. El presidente ha mantenido durante todo el fin de semana contactos con ministros, dirigentes socialistas y socios parlamentarios antes de decidir si disuelve las Cortes y convoca elecciones generales anticipadas.

La decisión todavía no ha sido comunicada oficialmente, pero el adelanto electoral ha ganado fuerza en las últimas horas dentro del PSOE y del Gobierno. El escenario que se maneja contempla que Sánchez pueda anunciar la convocatoria este mismo lunes, con el 29 de noviembre como una de las fechas que se han puesto sobre la mesa.

La posibilidad de acudir a las urnas llega después de una derrota parlamentaria que dejó al Ejecutivo sin dos de sus principales medidas en materia de vivienda. Los decretos fueron rechazados por 178 votos frente a 172, sin abstenciones, después de que Junts se sumara al PP y Vox en el rechazo.

Sánchez estudia adelantar las elecciones

El presidente del Gobierno ha dedicado el fin de semana a valorar los distintos escenarios antes de tomar una decisión. Según las informaciones publicadas, una parte del PSOE y del entorno de La Moncloa considera que la caída de los decretos puede abrir la puerta a una convocatoria electoral inmediata.

El adelanto no se produciría automáticamente por la derrota parlamentaria. La Constitución establece que el presidente puede proponer la disolución de las Cortes, previa deliberación del Consejo de Ministros y bajo su responsabilidad, y que la disolución debe ser decretada por el Rey.

La legislación electoral establece además que, en caso de disolución anticipada, las elecciones deben celebrarse 54 días después de la convocatoria.

Por ello, si Sánchez decide activar este lunes el procedimiento, el calendario podría situar las elecciones generales a finales de noviembre, aunque la fecha definitiva dependería del momento exacto en que se expida y publique el decreto de disolución.

La Moncloa prepara también un nuevo decreto de vivienda

Pero el adelanto electoral no es la única opción que maneja el Gobierno.

La Moncloa trabaja paralelamente en la posibilidad de aprobar de nuevo las medidas de vivienda mediante otro real decreto-ley y tratar de convalidarlo posteriormente en la Diputación Permanente del Congreso si las Cortes son disueltas.

La vía tiene una explicación parlamentaria. La Diputación Permanente continúa funcionando cuando las Cortes están disueltas y asume determinadas funciones del Pleno, entre ellas la convalidación o derogación de los decretos-leyes. El Congreso establece que este órgano está compuesto por 69 miembros, incluida la Presidencia de la Cámara.

En el escenario que estudia el Ejecutivo, la distribución de fuerzas permitiría que los grupos que respaldan al Gobierno pudieran sumar 35 votos frente a 34 de PP, Vox y Junts, según las informaciones publicadas durante el fin de semana.

De esta forma, Sánchez podría intentar llegar a una eventual campaña electoral con las medidas de vivienda nuevamente aprobadas, siempre que el nuevo decreto pueda ser tramitado y obtenga la convalidación necesaria.

¿Qué pasa ahora con los decretos de vivienda?

La derrota del viernes no obliga al Gobierno a convocar elecciones ni implica por sí sola el final de la legislatura. Sánchez tiene varias opciones sobre la mesa: intentar reconstruir los apoyos parlamentarios, reformular las medidas de vivienda o utilizar la vía de la Diputación Permanente en caso de disolver las Cortes.

El Ejecutivo ya había aprobado a finales de septiembre un paquete de medidas urgentes relacionado con la emergencia habitacional, que incluía protección frente a determinados desahucios y medidas sobre los contratos de alquiler.

Ahora, la decisión está en manos de Sánchez.

Un lunes clave para la legislatura

El presidente mantiene este lunes su agenda pública y tiene previsto reunirse con la dirección del PSOE. Tras el fin de semana de consultas, el foco está puesto en si finalmente activa el mecanismo para disolver las Cortes o si opta por intentar mantener la legislatura y recuperar los apoyos necesarios para aprobar sus medidas.

Por el momento, no existe una convocatoria oficial de elecciones generales. La decisión de Sánchez será la que determine si España entra en un nuevo calendario electoral o si el Gobierno intenta prolongar la legislatura y volver a negociar sus decretos de vivienda.

El escenario electoral, por tanto, está abierto, pero el movimiento definitivo corresponde al presidente del Gobierno.

 

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