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Estas son las sanciones y denuncias que establece el Consell para quien incumple medidas de prevención del COVID
Publicado
hace 6 añosen
El Pleno del Consell ha aprobado el proyecto de decreto ley por el que se establece el régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las medidas de prevención frente a la COVID-19.
Con esta norma, la Generalitat centraliza la tramitación e imposición de las sanciones, sin perjuicio de las competencias de los ayuntamientos y del Gobierno central, tal y como establece el Real Decreto ley, del 9 de junio, de medidas urgentes contra la pandemia.
Este decreto ley contiene un cuadro completo de las infracciones y sanciones específicas para quienes incumplan las medidas dictadas por las autoridades sanitarias para luchar contra la COVID-19.
La norma consta de tres capítulos, quince artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria y una disposición final. Los responsables de las infracciones administrativas previstas en el texto serán las personas físicas o jurídicas que incurran en alguna de las acciones tipificadas en la norma. En el caso de los menores de edad, serán responsables sus padres o tutores legales.
Respecto a las sanciones, se dividen en tres grupos: leves, graves y muy graves. En el primer grupo, se consideran infracciones leves y, por tanto, susceptibles de ser sancionadas con multas de entre 60 y 600 euros las siguientes acciones:
1. Incumplir la obligación del uso de mascarilla o el uso inadecuado de la misma, si bien está infracción sólo podrá sancionarse con un máximo de 100 euros.
2. Por parte de los establecimientos públicos, el obviar la obligación de informar a los clientes sobre el aforo del local, la distancia mínima interpersonal o el uso de mascarilla.
3. Incumplir las medidas generales de higiene y prevención en locales públicos o privados cuando no suponga riesgo de contagio o el riesgo afecte a menos de 15 personas.
4. La vulneración de la cuarentena por parte de aquellas personas que no hayan dado positivo en Covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confinado.
5. Quebrantar una orden general de confinamiento.
Por su parte, el decreto ley considera como una infracción grave y penada con multas de entre 601 a 30.000 euros el vulnerar:
1. Los límites de aforo en los establecimientos públicos cuando no sea falta leve o muy grave.
2. La prohibición de organizar o participar en reuniones, fiestas o cualquier otro acto privado o público que impliquen una aglomeración o en los que se dificulte la adopción de las medidas sanitarias.
3. El mantenimiento de la distancia de seguridad entre mesas o agrupaciones de mesas en los locales abiertos al público y terrazas al aire libre.
4. Las medidas de higiene y la obligación de limpieza y desinfección de los accesos del recinto y localidades donde se siente el público.
5. La prohibición de usar espacios del establecimiento para actividades no permitidas.
6. Las medidas de higiene para cualquier tipo de establecimiento cuando suponga riesgo de contagio o afecte a más de 15 personas.
7. El aislamiento domiciliario que deben guardar quienes hayan dado positivo en COVID-19.
En las sanciones graves también se contempla la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de seis meses.
Por último, las infracciones calificadas como muy graves y que pueden acarrear una multa de entre 30.001 a 60.000 euros son las siguientes:
1. No respetar los límites de aforo, así como las medidas de prevención e higiene por parte de los establecimientos abiertos al público cuando suponga un grave riesgo que afecte a más de 150 personas.
2. Sobrepasar el aforo del establecimiento si en él se hallan presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.
3. Organizar reuniones o fiestas, de carácter privado o público, que impliquen una aglomeración que impida la adopción de las medidas sanitarias o se hallen presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.
4. Impedir la inspección por parte de los agentes de la autoridad o funcionarios, así como la negativa a colaborar con ellos.
5. Incumplir la obligación de inhabilitar la pista de baile para este uso.
6. Vulnerar de forma reiterada el deber de aislamiento domiciliario por parte de personas que hayan dado positivo en COVID-19.
Para las sanciones muy graves, el decreto ley también prevé la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de tres años y de forma acumulada hasta un máximo de 10.
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Juan Carlos I renuncia a recuperar los 65 millones de euros que entregó a Corinna Larsen
Publicado
hace 4 horasen
10 octubre, 2026
El rey emérito descarta finalmente emprender acciones judiciales contra su expareja y el abogado suizo Dante Canónica, a quienes pretendía reclamar más de 73 millones de euros por una operación económica vinculada a fondos procedentes de Arabia Saudí.
Juan Carlos I ha decidido no continuar con su intención de recuperar los 65 millones de euros que transfirió a Corinna Larsen en 2012, una cantidad que procedía de los fondos que el entonces monarca había recibido años antes de Arabia Saudí. El rey emérito renuncia así a presentar la demanda que había anunciado en abril de 2025 contra su antigua pareja sentimental y contra el abogado suizo Dante Canónica.
La decisión supone un nuevo giro en uno de los episodios económicos más controvertidos de la vida del padre de Felipe VI. Según ha publicado El País, citando fuentes próximas al entorno del exjefe del Estado, la reclamación judicial finalmente no se ha formalizado, pese a que inicialmente se había planteado exigir 70 millones de euros a Corinna Larsen y otros 3,5 millones al letrado suizo.
Con este cambio de postura, Juan Carlos I evita abrir otro procedimiento judicial relacionado con sus finanzas personales y con la fortuna que acabó en manos de quien fue su compañera sentimental durante años.
Juan Carlos I renuncia a demandar a Corinna Larsen por los 65 millones de euros
La intención del rey emérito de acudir a los tribunales se conoció en abril de 2025, cuando trascendió que estudiaba emprender acciones legales contra Corinna Larsen y Dante Canónica.
La reclamación no se limitaba a solicitar la devolución del dinero. También contemplaba posibles acciones por presunto fraude y vulneración del derecho al honor, en relación con las circunstancias de la transferencia y las declaraciones públicas realizadas por la empresaria.
Juan Carlos I consideraba que había sido engañado y pretendía obtener una compensación económica que superaba el importe originalmente entregado.
Sin embargo, más de un año después de anunciar sus intenciones, el antiguo monarca ha optado por no presentar la demanda.
Esta decisión evita reactivar un enfrentamiento judicial que podría haber vuelto a situar bajo el foco público las operaciones financieras del emérito y su relación con Corinna Larsen.
¿De dónde procedían los 65 millones de euros que Juan Carlos I entregó a Corinna?
El origen de esta fortuna se remonta a 2008, cuando Juan Carlos I recibió 100 millones de dólares del Ministerio de Finanzas de Arabia Saudí, durante el reinado de Abdalá bin Abdulaziz.
Los fondos fueron depositados en una cuenta bancaria vinculada a la fundación panameña Lucum, una estructura financiera relacionada con el patrimonio del entonces jefe del Estado español.
La operación adquirió especial relevancia pública años después, cuando comenzaron a conocerse detalles sobre las cuentas del rey emérito en el extranjero.
En 2012, el banco suizo Mirabaud & Cie exigió el cierre de la cuenta asociada a la fundación Lucum. Fue entonces cuando Juan Carlos I transfirió aproximadamente 65 millones de euros a Corinna Larsen.
La empresaria trasladó posteriormente ese patrimonio a una cuenta perteneciente a una de sus sociedades en Bahamas.
Una donación que se realizó después del escándalo de Botsuana
La transferencia tuvo lugar en 2012, el mismo año en el que salió a la luz el polémico viaje de Juan Carlos I a Botsuana para participar en una cacería de elefantes.
Aquel episodio marcó un punto de inflexión en la imagen pública del entonces monarca, especialmente después de que sufriera un accidente durante su estancia en el país africano.
Corinna Larsen formaba parte de aquel viaje, cuya repercusión mediática puso bajo escrutinio la vida privada del rey y su relación con la empresaria.
Meses después de aquel escándalo, Juan Carlos I formalizó la entrega de los 65 millones de euros que ahora ha decidido no reclamar judicialmente.
La clave de la fortuna de Corinna Larsen: una donación irrevocable
Uno de los aspectos fundamentales de este caso es la naturaleza jurídica de la transferencia realizada por Juan Carlos I.
Según la documentación de la operación, la entrega de los 65 millones de euros se formalizó como una donación irrevocable, una condición que resulta especialmente relevante a la hora de valorar cualquier posible reclamación posterior.
El documento establecía que Corinna Larsen no estaba obligada a devolver el dinero, ni siquiera en caso de fallecimiento del rey emérito.
Esta cláusula dificultaba una eventual reclamación basada únicamente en la voluntad de recuperar los fondos.
Aunque Juan Carlos I estudió la posibilidad de impugnar la operación, finalmente ha decidido no iniciar ese procedimiento.
La decisión no supone una nueva resolución judicial sobre la titularidad del dinero, sino que implica que el emérito no ha formalizado las acciones legales que había anunciado.
¿Quién es Dante Canónica y qué relación tiene con el dinero de Juan Carlos I?
El abogado suizo Dante Canónica también figuraba entre las personas contra las que Juan Carlos I pretendía emprender acciones judiciales.
Su nombre está vinculado a la estructura de la fundación Lucum, a través de la cual se canalizaron los fondos recibidos de Arabia Saudí.
La reclamación que se planteaba contra él ascendía a 3,5 millones de euros, mientras que la dirigida contra Corinna Larsen alcanzaba los 70 millones.
El rey emérito pretendía cuestionar las circunstancias de las operaciones económicas y exigir responsabilidades por los perjuicios que consideraba haber sufrido.
No obstante, la decisión de no presentar la demanda afecta a ambos y deja sin materializar aquella iniciativa judicial.
La relación entre Juan Carlos I y Corinna Larsen, marcada por las polémicas
La relación personal entre Juan Carlos I y Corinna Larsen ha protagonizado numerosos titulares durante las últimas décadas.
La empresaria alemana, conocida también como Corinna zu Sayn-Wittgenstein, mantuvo una estrecha vinculación con el entonces monarca y su nombre apareció posteriormente asociado a diferentes controversias relacionadas con las finanzas del rey emérito.
El viaje a Botsuana de 2012 contribuyó a que aquella relación adquiriera una gran dimensión mediática.
Con el paso de los años, las diferencias entre ambos trascendieron el ámbito privado y llegaron a los tribunales.
Las declaraciones públicas de Larsen sobre su relación con Juan Carlos I y las operaciones económicas relacionadas con el antiguo jefe del Estado también contribuyeron a mantener el caso en la actualidad informativa.
La intención anunciada en 2025 de reclamar judicialmente los millones transferidos parecía abrir un nuevo capítulo en ese enfrentamiento.
Sin embargo, la renuncia a presentar la demanda supone, por ahora, que no se iniciará ese nuevo procedimiento por parte del emérito.
Juan Carlos I evita una nueva batalla judicial por su fortuna
La decisión de Juan Carlos I llega después de varios años en los que sus actividades financieras han sido objeto de investigaciones y procedimientos judiciales tanto en España como en el extranjero.
Desde 2018, diferentes asuntos relacionados con el patrimonio y las operaciones económicas del rey emérito han generado una importante controversia pública.
Los procedimientos a los que se refiere la información publicada han terminado archivados, aunque la repercusión de estas investigaciones ha continuado afectando a su imagen.
En este contexto, la posibilidad de presentar una nueva demanda contra Corinna Larsen y Dante Canónica suponía volver a abrir un frente judicial de gran repercusión mediática.
La renuncia a reclamar los 65 millones de euros evita, al menos por esta vía, que las circunstancias de aquella donación vuelvan a examinarse en un nuevo procedimiento promovido por Juan Carlos I.
¿Qué ocurrirá ahora con los 65 millones de euros de Corinna Larsen?
La consecuencia inmediata de esta decisión es que Juan Carlos I no ha presentado la reclamación judicial que había anunciado para intentar recuperar el dinero.
La transferencia realizada en 2012 se formalizó mediante un documento que establecía expresamente su carácter irrevocable.
Por tanto, y de acuerdo con la información conocida, no existe una nueva resolución judicial que obligue a Corinna Larsen a devolver aquella cantidad.
El emérito tampoco ha formalizado la reclamación económica prevista contra Dante Canónica.
De este modo, Juan Carlos I deja atrás, por ahora, la posibilidad de recuperar mediante la demanda anunciada los 65 millones de euros entregados a su expareja, una fortuna cuyo origen y posterior transferencia han marcado algunos de los episodios más controvertidos de su trayectoria tras abandonar la jefatura del Estado.
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