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Estas son las sanciones y denuncias que establece el Consell para quien incumple medidas de prevención del COVID
Publicado
hace 6 añosen
El Pleno del Consell ha aprobado el proyecto de decreto ley por el que se establece el régimen sancionador específico contra los incumplimientos de las medidas de prevención frente a la COVID-19.
Con esta norma, la Generalitat centraliza la tramitación e imposición de las sanciones, sin perjuicio de las competencias de los ayuntamientos y del Gobierno central, tal y como establece el Real Decreto ley, del 9 de junio, de medidas urgentes contra la pandemia.
Este decreto ley contiene un cuadro completo de las infracciones y sanciones específicas para quienes incumplan las medidas dictadas por las autoridades sanitarias para luchar contra la COVID-19.
La norma consta de tres capítulos, quince artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria y una disposición final. Los responsables de las infracciones administrativas previstas en el texto serán las personas físicas o jurídicas que incurran en alguna de las acciones tipificadas en la norma. En el caso de los menores de edad, serán responsables sus padres o tutores legales.
Respecto a las sanciones, se dividen en tres grupos: leves, graves y muy graves. En el primer grupo, se consideran infracciones leves y, por tanto, susceptibles de ser sancionadas con multas de entre 60 y 600 euros las siguientes acciones:
1. Incumplir la obligación del uso de mascarilla o el uso inadecuado de la misma, si bien está infracción sólo podrá sancionarse con un máximo de 100 euros.
2. Por parte de los establecimientos públicos, el obviar la obligación de informar a los clientes sobre el aforo del local, la distancia mínima interpersonal o el uso de mascarilla.
3. Incumplir las medidas generales de higiene y prevención en locales públicos o privados cuando no suponga riesgo de contagio o el riesgo afecte a menos de 15 personas.
4. La vulneración de la cuarentena por parte de aquellas personas que no hayan dado positivo en Covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confinado.
5. Quebrantar una orden general de confinamiento.
Por su parte, el decreto ley considera como una infracción grave y penada con multas de entre 601 a 30.000 euros el vulnerar:
1. Los límites de aforo en los establecimientos públicos cuando no sea falta leve o muy grave.
2. La prohibición de organizar o participar en reuniones, fiestas o cualquier otro acto privado o público que impliquen una aglomeración o en los que se dificulte la adopción de las medidas sanitarias.
3. El mantenimiento de la distancia de seguridad entre mesas o agrupaciones de mesas en los locales abiertos al público y terrazas al aire libre.
4. Las medidas de higiene y la obligación de limpieza y desinfección de los accesos del recinto y localidades donde se siente el público.
5. La prohibición de usar espacios del establecimiento para actividades no permitidas.
6. Las medidas de higiene para cualquier tipo de establecimiento cuando suponga riesgo de contagio o afecte a más de 15 personas.
7. El aislamiento domiciliario que deben guardar quienes hayan dado positivo en COVID-19.
En las sanciones graves también se contempla la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de seis meses.
Por último, las infracciones calificadas como muy graves y que pueden acarrear una multa de entre 30.001 a 60.000 euros son las siguientes:
1. No respetar los límites de aforo, así como las medidas de prevención e higiene por parte de los establecimientos abiertos al público cuando suponga un grave riesgo que afecte a más de 150 personas.
2. Sobrepasar el aforo del establecimiento si en él se hallan presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.
3. Organizar reuniones o fiestas, de carácter privado o público, que impliquen una aglomeración que impida la adopción de las medidas sanitarias o se hallen presentes menores de edad y/o mayores de 65 años.
4. Impedir la inspección por parte de los agentes de la autoridad o funcionarios, así como la negativa a colaborar con ellos.
5. Incumplir la obligación de inhabilitar la pista de baile para este uso.
6. Vulnerar de forma reiterada el deber de aislamiento domiciliario por parte de personas que hayan dado positivo en COVID-19.
Para las sanciones muy graves, el decreto ley también prevé la suspensión o prohibición de la actividad, la clausura del local y la inhabilitación para la organización y promoción de espectáculos públicos y actividades recreativas por un periodo máximo de tres años y de forma acumulada hasta un máximo de 10.
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Qué es el Sindicato de Inquilinos e Inquilinas y qué hace: el desahucio de Maricarmen como ejemplo
Publicado
hace 3 horasen
25 septiembre, 2026
El desahucio de Maricarmen, la mujer de 87 años expulsada de la vivienda en la que llevaba alrededor de 70 años viviendo en Madrid, ha colocado en primera línea a una organización que en los últimos años ha ganado presencia en el debate sobre la vivienda: el Sindicato de Inquilinos e Inquilinas.
Tras la ejecución del desahucio, la organización convocó movilizaciones en diferentes ciudades españolas, entre ellas València, para denunciar el lanzamiento y reclamar nuevas medidas de protección para las personas que viven de alquiler.
Pero ¿qué es exactamente un sindicato de inquilinos, quién puede formar parte de él y qué hace cuando una persona tiene problemas con su casero?
¿Qué es un Sindicato de Inquilinos e Inquilinas?
Un sindicato de inquilinos es una organización formada por personas que viven de alquiler y que se organizan colectivamente para defender sus intereses como arrendatarias.
Su objetivo declarado es defender el acceso a una vivienda digna, estable y asequible y actuar ante problemas como las subidas de alquiler, los conflictos con propietarios, las dificultades para renovar contratos o los procedimientos de desahucio.
El Sindicato de Inquilinas de Madrid explica que nació en mayo de 2017, cuando un grupo de vecinos decidió organizarse para defender de manera colectiva el derecho a una vivienda digna y segura. Actualmente afirma contar con más de 4.000 personas y trabajar mediante nodos territoriales y comisiones.
No se trata, por tanto, de una administración pública ni de un organismo judicial. Es una organización social y sindical que representa y organiza a personas que viven de alquiler.
¿Qué reclama un sindicato de inquilinos?
Las reivindicaciones pueden variar entre organizaciones, pero entre las cuestiones que aparecen habitualmente se encuentran:
- Frenar o limitar las subidas de los alquileres.
- Conseguir contratos de alquiler más estables.
- Defender a los inquilinos ante conflictos con los propietarios.
- Evitar desahucios cuando existen situaciones de vulnerabilidad.
- Reclamar un parque público de vivienda mayor.
- Denunciar situaciones que consideran abusivas en el mercado del alquiler.
- Organizar a los vecinos de un mismo edificio o barrio ante problemas comunes.
- Presionar a las administraciones para modificar las políticas de vivienda.
El movimiento de sindicatos de inquilinos se define como una organización de base formada por personas que viven de alquiler y señala entre sus principales objetivos enfrentarse a las subidas de las rentas, los abusos de grandes propietarios y la precarización residencial.
¿Qué puede hacer un sindicato de inquilinos ante un desahucio?
Una de sus principales funciones es acompañar y organizar a los afectados cuando reciben una demanda, una orden de lanzamiento o se enfrentan a un conflicto con el propietario.
El sindicato puede proporcionar información sobre el procedimiento, poner al afectado en contacto con asesoramiento jurídico, organizar redes de apoyo y movilizar a otras personas para intentar negociar una solución.
También puede realizar campañas públicas, concentraciones o acciones ante las administraciones.
En algunos casos, estos colectivos intentan negociar directamente con la propiedad para conseguir una prórroga del contrato, una reducción de la renta, un alquiler social u otra alternativa que permita evitar el lanzamiento.
Es importante diferenciar esta actividad de la actuación de los tribunales: un sindicato no puede anular por sí mismo una orden judicial de desahucio. Las posibilidades legales dependen de cada procedimiento y de las resoluciones dictadas por los juzgados.
El caso de Maricarmen: el ejemplo que ha provocado las movilizaciones
El caso de Maricarmen se ha convertido en uno de los ejemplos más visibles de la actividad del movimiento de inquilinos.
La mujer, de 87 años, llevaba alrededor de siete décadas viviendo en la vivienda de Madrid. El conflicto se prolongó durante años y terminó en los tribunales.
La vivienda estaba sometida a un régimen de renta antigua y el litigio se centró, entre otras cuestiones, en las condiciones de la subrogación del contrato y en el derecho de Maricarmen a continuar ocupando el inmueble.
Finalmente, después de varios aplazamientos, el lanzamiento se ejecutó el 23 de septiembre de 2026.
El Sindicato de Inquilinos e Inquilinas intentó movilizar apoyos para evitar el desahucio y, una vez ejecutado, convocó concentraciones de urgencia en una docena de ciudades.
¿Por qué el caso de Maricarmen es tan importante para el sindicato?
Para el movimiento de inquilinos, Maricarmen representa un problema más amplio: el de las personas que, pese a llevar muchos años viviendo en una vivienda, pueden terminar perdiéndola cuando cambia la situación contractual o económica.
La organización sostiene que el desahucio podría haberse evitado mediante cambios legislativos y reclama al Gobierno nuevas medidas de protección.
La Confederación de Sindicatos de Inquilinas ha utilizado el caso para reclamar el desbloqueo de medidas relacionadas con la protección frente a los desahucios y ha convocado movilizaciones en diferentes ciudades.
El sindicato también actúa antes de llegar al desahucio
El trabajo de estas organizaciones no se limita a los lanzamientos.
En el Sindicato de Inquilinas de Madrid, por ejemplo, la estructura se organiza territorialmente mediante nodos abiertos a las personas que quieran participar y diferentes comisiones de trabajo. La organización explica que uno de sus objetivos es que los problemas individuales puedan convertirse en conflictos colectivos.
Esto permite que varios vecinos de un mismo edificio puedan organizarse conjuntamente cuando existen problemas relacionados con el alquiler.
También pueden intervenir ante situaciones como:
Una subida del alquiler: el sindicato puede asesorar al inquilino sobre sus derechos y ayudarle a negociar.
Un problema con la renovación: puede acompañar al arrendatario durante las conversaciones con la propiedad.
Un conflicto con un gran propietario: los afectados pueden organizarse colectivamente cuando varias viviendas de un mismo edificio están en una situación similar.
Un procedimiento de desahucio: el sindicato puede informar sobre el proceso, buscar alternativas y organizar movilizaciones para reclamar una solución.
Sindicatos de inquilinos en diferentes ciudades
No existe un único sindicato que agrupe a todos los inquilinos de España. Existen organizaciones territoriales diferentes que comparten buena parte de sus reivindicaciones y que en los últimos años han impulsado estructuras de coordinación.
Entre ellas se encuentran el Sindicato de Inquilinas de Madrid, el Sindicat de Llogateres de Catalunya, organizaciones de Málaga, Zaragoza, Sevilla, Asturias, Cádiz, Guadalajara y otras ciudades y territorios.
La Confederación de Sindicatos de Inquilinas sirve como espacio de coordinación para diferentes organizaciones del movimiento.
Precisamente esta estructura fue la que permitió convocar movilizaciones simultáneas después del desahucio de Maricarmen. Las primeras protestas se organizaron en doce ciudades y posteriormente se anunciaron nuevas concentraciones en más puntos de España.
De un problema individual a una movilización colectiva
Esta es precisamente una de las características fundamentales de los sindicatos de inquilinos: intentar que un conflicto que afecta a una persona pueda convertirse en una reivindicación colectiva.
En el caso de Maricarmen, el desahucio dejó de ser únicamente un procedimiento judicial concreto y se convirtió en el detonante de movilizaciones en distintas ciudades.
En València, decenas de personas se concentraron ante la Delegación del Gobierno para mostrar su apoyo a Maricarmen y reclamar medidas en materia de vivienda.
En Alicante, el movimiento de vivienda también organizó una concentración y vinculó el caso con la situación de las familias que tienen dificultades para afrontar los alquileres.
Las organizaciones sostienen que el problema no afecta únicamente a Maricarmen, sino que forma parte de un conflicto más amplio sobre el precio de la vivienda y la protección de los inquilinos.
¿Puede un sindicato impedir legalmente un desahucio?
No por sí mismo.
Un sindicato puede negociar, asesorar, acompañar, movilizar y reclamar medidas ante las administraciones, pero la suspensión o paralización de un lanzamiento depende de las decisiones judiciales y de las circunstancias que establezca la legislación.
En determinados procedimientos existen mecanismos para acreditar una situación de vulnerabilidad, solicitar medidas de protección o plantear alternativas habitacionales. La posibilidad concreta de suspender un lanzamiento depende del caso y de los requisitos legales aplicables.
Por eso, ante una notificación judicial, los sindicatos recomiendan actuar con rapidez y buscar asesoramiento jurídico.
El desahucio de Maricarmen abre un nuevo capítulo
La imagen de Maricarmen saliendo en camilla de la vivienda donde había vivido durante décadas ha convertido su caso en un símbolo para el movimiento de inquilinos.
La Confederación de Sindicatos de Inquilinas ha anunciado que continuará movilizándose y ha utilizado el caso para reclamar cambios en la legislación de vivienda.
Así, el desahucio de una mujer de 87 años se ha convertido en un ejemplo de cómo funcionan los sindicatos de inquilinos y de qué manera intentan transformar un conflicto individual entre propietario e inquilino en una reivindicación colectiva sobre el acceso a la vivienda.
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