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Estos son los 8 motivos de multa para los patinetes según la DGT

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València, 5 dic. – Debido al aumento de vehículos de movilidad personal que están proliferando en las zonas urbanas, en la que estos vehículos se han convertido en un medio alternativo de desplazamiento para los ciudadanos, la Dirección General de Tráfico ha publicado una instrucción transitoria en la que establece una serie de criterios clarificadores dirigidos a los usuarios de estos vehículos, ayuntamientos y agentes de la autoridad, hasta que se publique la normativa correspondiente que va en la misma línea de lo que se está debatiendo en la Unión Europea.

La regulación formal de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) se encuentra actualmente en fase de tramitación, pero esto no impide que una instrucción recoja los criterios a los que están sometidos estos vehículos dentro de la normativa de tráfico vigente.

“Era una petición que nos han realizado policías se tráfico, ante las situaciones que se están presentando en muchas ciudades y que inciden negativamente en la seguridad vial, en especial cuando afecta a los colectivos vulnerables” ha señalado Javier Villalba, subdirector de Normativa de la DGT.

La instrucción adelanta la definición prevista para los VMP en la modificación en trámite del Reglamento General de Vehículos con el objetivo de contribuir a la transparencia y a la competencia de los operadores afectados,  empezando por los propios usuarios actuales y futuros.

Según la instrucción un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h, por lo que quedan excluidos de esta consideración:

•    Vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín.
•    Vehículos concebidos para competición.
•    Vehículos para personas con movilidad reducida.
•    Vehículos incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) N2 168/2013: patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas…. Se recuerda que estos vehículos requieren de la autorización administrativa para conducir, circular y tener una póliza de seguro, además del uso del casco.

Como norma general, los artilugios que no sobrepasen la velocidad de 6 km/h tienen la consideración de juguetes.

A los VMP no se les exige autorización administrativa para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio. Por tanto, no se detraerán puntos al conductor cuando esté claro que el tipo de vehículo que conduce es un VMP.

COMPORTAMIENTOS SANCIONABLES

Para conocimiento tanto de los usuarios como de los policías de tráfico, la  instrucción recoge también aquellos comportamientos indebidos y que son objeto de denuncia:

•    Los usuarios de vehículos de movilidad personal tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la  misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol  (500 o 1.000 € en función de la tasa) o en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor (1.000 €).

En caso de negarse a someterse a dichas pruebas, en principio y salvo que la Fiscalía competente de la provincia pueda establecer otros criterios de cara a una posible imputación por delito tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal –que siempre serán de aplicación preferente- serán denunciados como infracción administrativa.

Si el conductor da positivo a alcohol o droga, el  VMP se inmoviliza, tal y como ocurre con el resto de vehículos.

•    Al tratarse de conductores de vehículos, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200 € (artículo 12.2.5B del RGC).

•    También tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. En caso de ser detectados se les denunciará por este precepto con 200 € (artículo 12.2.5A del RGC).

•    Casco y otros elementos de protección. A falta en estos momentos de una regulación en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos se regirá por lo que disponga la correspondiente Ordenanza Municipal. En el caso de que la Ordenanza regule el uso obligatorio de casco, el agente sancionará con 200 €  (art 118.1 del RGC) y procederá a la inmovilización del vehículo de acuerdo con el artículo 104.1.c) del texto refundido de la Ley de Seguridad Vial.

•    Tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras  (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona) siendo sancionable con 200 €, con las matizaciones que puedan establecer las Ordenanzas Municipales.

•    Los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente sólo autorizan para transportar a  una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 €  de multa (artículo 9.1.5.E del RGC).

•    Se considerará conducción negligente y por tanto punible  cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro. La sanción correspondiente es de 200 € (artículo 3.1 del RGC)

•    Las ordenanzas municipales son las que establecen las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de estos vehículos. Desde la DGT, se aboga para que la acera sea del peatón, pero su regulación es exclusivamente municipal.

•    En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.

VEHÍCULOS COMERCIALIZADOS COMO VMP QUE NO LO SON

Debido al comercio electrónico y a la posibilidad de adquirir vehículos que se venden como VMP pero que no lo son, la DGT advierte de la importancia de fijarse en las características técnicas del aparato, poniendo especial atención a la velocidad, que no puede superar los 25 km/h y a la potencia del mismo.

Además, si se ponen en circulación, aparatos que aparentemente ofrecen prestaciones superiores a un VMP y no cumplen los requisitos del Reglamento (UE) nº 168/2013, dichos vehículos no pueden circular por las vías objeto de regulación y a sus conductores se les denunciará  con una sanción de 500 € y se procederá a la inmovilización y depósito del mismo. Dentro de este mismo grupo se incluyen los casos de VMP que hayan sido manipulados para alterar la velocidad o las características técnicas.

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Dónde cargar tu coche eléctrico gratis en la provincia de Valencia: guía actualizada 2026

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carga gratis para coches eléctricos en Valencia
Un hombre conecta el cargador al coche eléctrico e-up! Archivo/. EFE/Sebastian kahnert

Si tienes un coche eléctrico y quieres saber dónde recargarlo gratis o en puntos públicos en la provincia de Valencia, te contamos las mejores opciones y consejos para aprovechar al máximo la infraestructura de recarga disponible. La red de puntos de recarga para vehículos eléctricos está creciendo rápidamente, y muchos ofrecen acceso gratuito o con coste reducido, especialmente en aparcamientos municipales y estaciones públicas.

Puntos de recarga gratuitos en Valencia

Aunque la mayoría de los cargadores en la ciudad y la provincia suelen tener un coste, existen puntos públicos gratuitos o con tiempo limitado sin coste, ideales para trayectos urbanos o viajes cortos.

Valencia ciudad

En la ciudad de Valencia hay alrededor de 250 puntos de recarga para coches eléctricos, de los cuales aproximadamente 40 son gratuitos o se pueden activar sin coste durante un tiempo limitado. Esto permite aprovechar la carga mientras haces recados, compras o visitas la ciudad.

Ejemplos de carga gratuita o de acceso público

Algunas ubicaciones habituales donde se puede cargar sin coste son:

  • Aparcamientos municipales con recarga eléctrica: algunos ofrecen tiempo de carga gratuito al inicio de la sesión.

  • Centros comerciales y supermercados: establecimientos grandes como Carrefour o Mercadona disponen de cargadores eléctricos gratuitos o de bajo coste, aunque con límite de tiempo por estacionamiento.

  • Puntos públicos gestionados por ayuntamientos o consorcios de movilidad: varias localidades han habilitado recargas públicas en plazas o calles, algunas sin coste o con tarifas simbólicas.

Apps y herramientas para encontrar puntos de recarga

Para localizar puntos de recarga gratuitos o públicos en tiempo real, las siguientes aplicaciones y herramientas son muy útiles:

  • Chargemap: permite filtrar los cargadores por gratuidad, tipo de enchufe y disponibilidad en tiempo real.

  • Electromaps: ideal para ver opiniones de otros usuarios, localizar puntos y activar la recarga.

  • Google Maps: permite buscar estaciones cercanas y ver información sobre si son públicas o gratuitas.

Expansión de la infraestructura de recarga

La infraestructura de recarga en la provincia de Valencia sigue creciendo. Empresas y administraciones locales aumentan los puntos de carga pública para facilitar el uso de coches eléctricos, lo que hace más fácil encontrar recarga gratuita o económica cerca de rutas habituales y zonas urbanas.

 


✅ Consejos para aprovechar la carga gratuita

Consejo Beneficio
Revisa horarios y condiciones Algunos puntos solo son gratis durante el horario comercial o con consumo mínimo
Planea tus rutas Aprovecha la carga mientras haces recados, compras o disfrutas del ocio
Sé respetuoso Una vez terminado el tiempo de carga, libera el espacio para otros usuarios
Usa apps actualizadas Te ayudarán a evitar cargadores ocupados o fuera de servicio

 


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