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Estos son los 8 motivos de multa para los patinetes según la DGT
Publicado
hace 6 añosen
València, 5 dic. – Debido al aumento de vehículos de movilidad personal que están proliferando en las zonas urbanas, en la que estos vehículos se han convertido en un medio alternativo de desplazamiento para los ciudadanos, la Dirección General de Tráfico ha publicado una instrucción transitoria en la que establece una serie de criterios clarificadores dirigidos a los usuarios de estos vehículos, ayuntamientos y agentes de la autoridad, hasta que se publique la normativa correspondiente que va en la misma línea de lo que se está debatiendo en la Unión Europea.
La regulación formal de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) se encuentra actualmente en fase de tramitación, pero esto no impide que una instrucción recoja los criterios a los que están sometidos estos vehículos dentro de la normativa de tráfico vigente.
“Era una petición que nos han realizado policías se tráfico, ante las situaciones que se están presentando en muchas ciudades y que inciden negativamente en la seguridad vial, en especial cuando afecta a los colectivos vulnerables” ha señalado Javier Villalba, subdirector de Normativa de la DGT.
La instrucción adelanta la definición prevista para los VMP en la modificación en trámite del Reglamento General de Vehículos con el objetivo de contribuir a la transparencia y a la competencia de los operadores afectados, empezando por los propios usuarios actuales y futuros.
Según la instrucción un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h, por lo que quedan excluidos de esta consideración:
• Vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín.
• Vehículos concebidos para competición.
• Vehículos para personas con movilidad reducida.
• Vehículos incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) N2 168/2013: patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas…. Se recuerda que estos vehículos requieren de la autorización administrativa para conducir, circular y tener una póliza de seguro, además del uso del casco.
Como norma general, los artilugios que no sobrepasen la velocidad de 6 km/h tienen la consideración de juguetes.
A los VMP no se les exige autorización administrativa para circular ni para conducir, ni seguro obligatorio. Por tanto, no se detraerán puntos al conductor cuando esté claro que el tipo de vehículo que conduce es un VMP.
COMPORTAMIENTOS SANCIONABLES
Para conocimiento tanto de los usuarios como de los policías de tráfico, la instrucción recoge también aquellos comportamientos indebidos y que son objeto de denuncia:
• Los usuarios de vehículos de movilidad personal tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol (500 o 1.000 € en función de la tasa) o en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor (1.000 €).
En caso de negarse a someterse a dichas pruebas, en principio y salvo que la Fiscalía competente de la provincia pueda establecer otros criterios de cara a una posible imputación por delito tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal –que siempre serán de aplicación preferente- serán denunciados como infracción administrativa.
Si el conductor da positivo a alcohol o droga, el VMP se inmoviliza, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
• Al tratarse de conductores de vehículos, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200 € (artículo 12.2.5B del RGC).
• También tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. En caso de ser detectados se les denunciará por este precepto con 200 € (artículo 12.2.5A del RGC).
• Casco y otros elementos de protección. A falta en estos momentos de una regulación en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos se regirá por lo que disponga la correspondiente Ordenanza Municipal. En el caso de que la Ordenanza regule el uso obligatorio de casco, el agente sancionará con 200 € (art 118.1 del RGC) y procederá a la inmovilización del vehículo de acuerdo con el artículo 104.1.c) del texto refundido de la Ley de Seguridad Vial.
• Tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona) siendo sancionable con 200 €, con las matizaciones que puedan establecer las Ordenanzas Municipales.
• Los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente sólo autorizan para transportar a una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 € de multa (artículo 9.1.5.E del RGC).
• Se considerará conducción negligente y por tanto punible cuando se realice conducción nocturna sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro. La sanción correspondiente es de 200 € (artículo 3.1 del RGC)
• Las ordenanzas municipales son las que establecen las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de estos vehículos. Desde la DGT, se aboga para que la acera sea del peatón, pero su regulación es exclusivamente municipal.
• En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor.
VEHÍCULOS COMERCIALIZADOS COMO VMP QUE NO LO SON
Debido al comercio electrónico y a la posibilidad de adquirir vehículos que se venden como VMP pero que no lo son, la DGT advierte de la importancia de fijarse en las características técnicas del aparato, poniendo especial atención a la velocidad, que no puede superar los 25 km/h y a la potencia del mismo.
Además, si se ponen en circulación, aparatos que aparentemente ofrecen prestaciones superiores a un VMP y no cumplen los requisitos del Reglamento (UE) nº 168/2013, dichos vehículos no pueden circular por las vías objeto de regulación y a sus conductores se les denunciará con una sanción de 500 € y se procederá a la inmovilización y depósito del mismo. Dentro de este mismo grupo se incluyen los casos de VMP que hayan sido manipulados para alterar la velocidad o las características técnicas.
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El mercado laboral español se transforma rápidamente, impulsado por la Inteligencia Artificial (IA), la logística y la ingeniería. Según un estudio reciente de LinkedIn, estas áreas concentran los empleos con mayor crecimiento en 2026, reflejando la evolución tecnológica y la adaptación de las empresas a nuevos modelos de negocio.
El análisis de millones de puestos registrados en LinkedIn durante los últimos tres años revela un aumento significativo en perfiles técnicos y estratégicos, así como en sectores relacionados con infraestructuras, construcción y salud.
1. Ingeniero de Inteligencia Artificial (IA)
Especialista en desarrollar y optimizar sistemas inteligentes mediante algoritmos y modelos computacionales. Dominan grandes modelos de lenguaje, PyTorch y procesamiento de lenguaje natural (NLP). Los sectores más interesados son tecnología, consultoría y servicios de información.
2. Director de IA
Lidera proyectos y estrategias de implementación de soluciones basadas en IA. Su experiencia incluye generación aumentada por recuperación (RAG) y planificación estratégica en inteligencia artificial. Muchos provienen del análisis de datos o la ingeniería de IA.
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Coordina proyectos de construcción e infraestructuras, asegurando el cumplimiento de normas técnicas. La mayoría de los profesionales en este puesto son hombres, y se desempeñan en empresas de ingeniería, construcción y consultoría.
5. Responsable de ventas de TI
Gestiona la estrategia comercial de productos y servicios tecnológicos, combinando habilidades de marketing técnico y gestión de cuentas clave. Muy demandado en sectores de fabricación de productos químicos, consultoría de TI y maquinaria industrial.
6. Responsable de puesta en servicio
Supervisa la instalación y activación de equipos o sistemas industriales. Las habilidades clave incluyen precomisionado, ingeniería eléctrica y gestión de proyectos. Trabajan en fabricación de maquinaria, servicios de ingeniería y energía.
7. Investigador en aprendizaje automático
Diseña y prueba modelos que permiten a los sistemas aprender de los datos. Su demanda es alta en investigación tecnológica, educación superior y servicios de información. Madrid, Barcelona y Bilbao concentran la mayor oferta de empleo.
8. Asesor legal
Brinda orientación jurídica y cumplimiento normativo en contratos y operaciones empresariales. Destacan en derecho mercantil, sociedades y fusiones. Contratados por consultoría, servicios jurídicos y tecnología.
9. Asistente de suscripción
Gestiona pólizas y procesos administrativos en aseguradoras. Experto en seguros de bienes, responsabilidad civil y accidentes. Trabaja principalmente en seguros, agricultura y fabricación de productos plásticos y de caucho.
10. Ingeniero biomédico
Diseña y adapta tecnologías y dispositivos médicos, combinando ingeniería biológica y clínica. Es la profesión con mayor porcentaje de mujeres contratadas (60%), demandada por empresas de equipamiento médico, investigación y servicios sanitarios.
Perspectivas de empleo en 2026
El estudio de LinkedIn confirma que la IA y la tecnología seguirán dominando el mercado laboral, pero también que la logística, la ingeniería y la salud ofrecen oportunidades de crecimiento sostenido. Profesionales con formación especializada y habilidades técnicas avanzadas tendrán mayor competitividad y empleabilidad en España durante este año.
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