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Estos son los cambios en los nuevos contratos de alquiler que ya están en vigor

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notificar a un inquilino para que deje la vivienda

El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles 19 de diciembre el nuevo Real Decreto 21/2018 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que afecta a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Con esta modificación, que no tiene carácter retroactivo, se reforman los contratos de alquiler. Estos son las modificaciones más importantes en materia de arrendamiento.

La duración
Se amplía el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda de vivienda de 3 a 5 años. Esta cifra podría incrementarse, llegando hasta 7 si se trata deuna persona jurídica en lugar de persona física. Ese plazo de 5 años era el que estaba vigente hasta la reforma de la LAU de 2013, pero alargarlo a 7 es una novedad.

Reducción de los gastos iniciales
Esta nueva norma reduce el desembolso inicial que debe hacer quien alquila un piso, pues limita a un máximo de dos mensualidades de alquiler las garantías adicionales que se suman a la fianza legal (un mes), salvo que se trate de contratos de larga duración. Con esta medida, al limitar el depósito a esas tres mensualidades, se busca acabar con las desmesuradas exigencias de algunos, que pedían hasta 6 meses de alquiler.

Medidas para proteger al inquilino
– Si el arrendador es una persona jurídica, en principio los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato correrán de su cuenta.

– Los contratos de arrendamiento de vivienda para uso estable y permanente quedan exentos del pago del ITP, que hasta ahora correspondía al arrendatario.

– Se precisa el concepto de «fuerza mayor» para el caso en que el propietario que haya recuperado por necesidad la vivienda alquilada, pueda no ocuparla efectivamente pasados tres meses.

– Se amplía el papel de los acuerdos voluntarios entre las partes en algunos supuestos: por ellos se rige el alquiler de viviendas de superficie superior a 300 m2 o con una renta elevada (más de 5,5 veces el SMI), o se pueden tomar acuerdos para mejorar la vivienda durante el alquiler, incrementando la renta, si ambas partes así lo quieren.

– En caso de inquilinos vulnerables que se vean sometidos a procedimiento judicial de desahucio, podrán intervenir los Servicios sociales y se ralentizará el procedimiento.

Pisos turísticos
En caso de que, al menos, tres quintas partes de la sociedad de vecinos se niegue a implantar este sistema de arrendamiento, regulado como actividad económica, paraparalizar su desarrollo. Hasta ahora se necesitaba la unanimidad. Además, estas viviendas deben contribuir en los gastos de la comunidad hasta cierto punto.

Vía: ocu.org

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El BOE publica el calendario laboral de 2026: nueve festivos comunes en toda España

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calendario laboral España

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el calendario laboral de 2026, que recoge un total de nueve festivos nacionales comunes para toda España, la misma cifra que en 2025. La resolución ha sido emitida por la Dirección General de Trabajo y define los días festivos de carácter estatal, autonómico y local para el próximo año.

Nueve días festivos nacionales en 2026

En 2026, los días que serán festivos en todo el territorio español son los siguientes:

  • Jueves 1 de enero: Año Nuevo

  • Martes 6 de enero: Epifanía del Señor (Día de Reyes)

  • Viernes 3 de abril: Viernes Santo

  • Viernes 1 de mayo: Fiesta del Trabajo

  • Sábado 15 de agosto: Asunción de la Virgen

  • Lunes 12 de octubre: Fiesta Nacional de España

  • Domingo 1 de noviembre: Todos los Santos

  • Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción

  • Viernes 25 de diciembre: Navidad (Natividad del Señor)

Estos nueve festivos serán comunes a todas las comunidades autónomas, aunque cada región podrá añadir o mover algunos según su calendario propio.

Festivos autonómicos y locales

Además de los festivos nacionales, cada comunidad autónoma podrá trasladar o sustituir algunas celebraciones. Es el caso del Jueves Santo (2 de abril), que será festivo en toda España excepto en Cataluña y la Comunidad Valenciana.

Las autonomías también pueden incorporar fiestas tradicionales propias, como San José (19 de marzo) o Santiago Apóstol (25 de julio), y sustituir el descanso de los lunes que siguen a festivos nacionales que coinciden en domingo.

En total, los trabajadores disfrutarán de 14 días festivos en 2026, de los cuales dos serán locales —establecidos por cada ayuntamiento— y doce de carácter nacional o autonómico.

Cuatro puentes garantizados en 2026

El calendario laboral de 2026 ofrecerá al menos cuatro fines de semana largos en todo el país:

  1. Viernes 3 de abril (Viernes Santo)

  2. Viernes 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)

  3. Lunes 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)

  4. Viernes 25 de diciembre (Navidad)

Estos días permitirán disfrutar de varios puentes laborales, especialmente en primavera, otoño y Navidad, según la distribución del calendario.

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