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Estos son los cambios en los nuevos contratos de alquiler que ya están en vigor

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notificar a un inquilino para que deje la vivienda

El Consejo de Ministros ha aprobado este miércoles 19 de diciembre el nuevo Real Decreto 21/2018 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que afecta a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Con esta modificación, que no tiene carácter retroactivo, se reforman los contratos de alquiler. Estos son las modificaciones más importantes en materia de arrendamiento.

La duración
Se amplía el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda de vivienda de 3 a 5 años. Esta cifra podría incrementarse, llegando hasta 7 si se trata deuna persona jurídica en lugar de persona física. Ese plazo de 5 años era el que estaba vigente hasta la reforma de la LAU de 2013, pero alargarlo a 7 es una novedad.

Reducción de los gastos iniciales
Esta nueva norma reduce el desembolso inicial que debe hacer quien alquila un piso, pues limita a un máximo de dos mensualidades de alquiler las garantías adicionales que se suman a la fianza legal (un mes), salvo que se trate de contratos de larga duración. Con esta medida, al limitar el depósito a esas tres mensualidades, se busca acabar con las desmesuradas exigencias de algunos, que pedían hasta 6 meses de alquiler.

Medidas para proteger al inquilino
– Si el arrendador es una persona jurídica, en principio los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato correrán de su cuenta.

– Los contratos de arrendamiento de vivienda para uso estable y permanente quedan exentos del pago del ITP, que hasta ahora correspondía al arrendatario.

– Se precisa el concepto de «fuerza mayor» para el caso en que el propietario que haya recuperado por necesidad la vivienda alquilada, pueda no ocuparla efectivamente pasados tres meses.

– Se amplía el papel de los acuerdos voluntarios entre las partes en algunos supuestos: por ellos se rige el alquiler de viviendas de superficie superior a 300 m2 o con una renta elevada (más de 5,5 veces el SMI), o se pueden tomar acuerdos para mejorar la vivienda durante el alquiler, incrementando la renta, si ambas partes así lo quieren.

– En caso de inquilinos vulnerables que se vean sometidos a procedimiento judicial de desahucio, podrán intervenir los Servicios sociales y se ralentizará el procedimiento.

Pisos turísticos
En caso de que, al menos, tres quintas partes de la sociedad de vecinos se niegue a implantar este sistema de arrendamiento, regulado como actividad económica, paraparalizar su desarrollo. Hasta ahora se necesitaba la unanimidad. Además, estas viviendas deben contribuir en los gastos de la comunidad hasta cierto punto.

Vía: ocu.org

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Zarzuela considera que el Rey emérito debería recuperar su residencia fiscal en España si regresa

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rey Juan Carlos Le Figaro

La Casa del Rey vincula el regreso a la residencia fiscal

La Casa de S.M. el Rey considera que el Juan Carlos I puede regresar a vivir a España cuando lo estime oportuno. No obstante, en el entorno de Zarzuela entienden que, si el monarca emérito desea salvaguardar su imagen pública y la de la institución, debería también recuperar su residencia fiscal en territorio español.

Según esta posición, el eventual retorno no estaría condicionado jurídicamente, pero sí tendría implicaciones reputacionales para la Corona.

Un debate ligado a la imagen de la institución

Desde la Casa del Rey subrayan la importancia de preservar la estabilidad y la credibilidad de la monarquía parlamentaria. En ese contexto, la situación fiscal del emérito es vista como un elemento relevante en términos de percepción pública.

El debate se enmarca en la voluntad de reforzar la transparencia institucional y evitar cualquier controversia que pueda afectar a la figura del actual jefe del Estado, Felipe VI.

Residencia en el extranjero y posible regreso

Juan Carlos I fijó su residencia fuera de España en 2020. Desde entonces, ha realizado visitas puntuales al país, pero sin establecer de nuevo su residencia permanente.

La posibilidad de un regreso definitivo ha sido objeto de especulación en diversas ocasiones. Sin embargo, fuentes cercanas a la institución insisten en que cualquier decisión debería tener en cuenta no solo el plano personal, sino también el impacto institucional.

La prioridad: proteger la Corona

La postura trasladada desde Zarzuela apunta a que, más allá del derecho individual del Rey emérito a regresar, la prioridad es proteger la imagen de la Corona y garantizar la coherencia entre residencia efectiva y fiscal.

En un contexto de máxima atención pública sobre la monarquía, cualquier paso relacionado con Juan Carlos I continúa generando interés político y mediático.

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