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¿Cuándo salen las notas de la Selectividad 2019?

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VALÈNCIA, Jun.- Miles de estudiantes de la Comunidad Valenciana se someterán a los temidos exámenes de Selectividad durante este mes de junio. Desde este martes y hasta este jueves, los alumnos de todos los centros valencianos tratarán de obtener la máxima nota para asegurarse una plaza en la Universidad.

Segúnlas estadísticas de la Generalitat Valenciana, el pasado año, un total de 24.577 estudiantes se presentaron a estos exámenes anuales únicamente en la Comunitat. Una cifra que va en aumento, ya que en la convocatoria de 2017 se matricularon un total de 23.819 estudiantes; y 21.018 en 2016.

 

CONVOCATORIA ORDINARIA DE JUNIO

  • Realización de los exámenes de las PAU por los alumnos: 4, 5 y 6 de junio.

 

  • Corrección de exámenes: del 7 al 12 de junio.

 

  • Introducción de notas: 13 de junio.

 

  • Entrega de notas: 14 de junio a partir de les 14 horas.

 

  • Plazo para solicitar reclamaciones o segundas correcciones: 17, 18 y 19 de junio (el plazo finaliza a las 14 horas del día 19).

 

  • Resolución por la Comisión Gestora de las reclamaciones o segundas correcciones (incluyendo, si es el caso, la tercera corrección): 21 de junio a partir de las 18 horas.

 

  • Plazo para solicitar reclamaciones a las segundas correcciones (incluyendo, si es el caso, la tercera corrección): 25, 26 y 27 de junio, (el plazo finaliza a las 14 horas del día 27). (Por la festividad del día 25 en Alicante, en la Universitat d’Alacant su período de reclamaciones será los días 26, 27 y 28 de junio, el plazo finalizará a las 14 horas del día 28).

 

  • Resolución por la Comisión Gestora de las reclamaciones a las segundas correcciones (incluyendo, si es el caso, la tercera corrección): 2 de julio.

 

  • Período de petición de ver exámenes: 3 y 4 de julio.

 

  • Ver exámenes: 8 de julio.

 

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA DE JULIO

  • Inscripción de los estudiantes en las PAU: 25 al 27 de junio, (el plazo finaliza a las 14 horas del
    día 27 de junio).

 

  • Control de listados y aulas por las universidades: 28 de junio.

 

  • Realización de los exámenes de las PAU por los alumnos: 2, 3 y 4 de julio.

 

  • Corrección de exámenes: del 5 al 9 de julio.

 

  • Introducción de notas: 10 de julio.

 

  • Entrega de notas: 10 de julio a partir de las 17 horas.

 

  • Plazo para solicitar reclamaciones o segundas correcciones: 12,15 y 16 de julio (el plazo finaliza
    a las 14 horas del día 16).

 

  • Resolución por la Comisión Gestora de las reclamaciones o segundas correcciones (incluyendo,
    si es el caso, la tercera corrección): 18 de julio a partir de las 18 horas.

 

  • Plazo para solicitar reclamaciones a las segundas correcciones (incluyendo, si es el caso, la
    tercera corrección): 19, 22 y 23 de julio (el plazo finaliza a las 14 horas del día 23).

 

  • Resolución por la Comisión Gestora de las reclamaciones a las segundas correcciones (incluyendo, si es el caso, la tercera corrección): 25 de julio.

 

  • Período de petición de ver exámenes: 26 y 29 de julio.

 

  • Ver exámenes: 30 de julio.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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