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Fase 2: Todo lo que puedes hacer a partir de este lunes

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Cuándo empieza el verano

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, y del director del CCAES, Fernando Simón han adelantado a este jueves  los cambios de fase en la desescalada de las comunidades autónomas. Simón ha confirmado que la Comunitat Valenciana pasa a la fase 2 en su totalidad.

Esto es todo lo que podrás hacer en la Fase 2 de la desescalada

Las actividades permitidas en la fase 2 de la desescalada de las medidas de confinamiento por el coronavirus se han incrementado tras la publicación de una orden el pasado sábado que modifica las condiciones previas aprobadas inicialmente el 16 de mayo.

Las principales medidas, publicadas en el BOE y recogidas además en una guía publicada por el Ejecutivo, son las siguientes:

Población afectada

– Las medidas de la fase 2 afectan a toda la población de esos territorios con la excepción de las personas que presenten síntomas, estén en aislamiento domiciliario o cuarentena por un diagnóstico por COVID-19 o ser contacto estrecho.

– Las personas vulnerables podrán hacer uso de las nuevas condiciones siempre que su situación clínica esté controlada y bajo rigurosas medidas de protección.

Medidas sociales
– Se puede circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia en grupos máximos de 15 personas. No hay límite de integrantes del grupo si las personas son convivientes.

– Se mantienen las medidas de seguridad e higiene establecidas, como la distancia mínima de seguridad de dos metros.

– Las personas de hasta 70 años pueden realizar actividad física no profesional en cualquier franja horaria excepto entre las 10:00 y 12:00 horas y entre las 19:00 y 20:00 horas.

– Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados. La comitiva para la despedida de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas.

– Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50 % de su aforo.

Bodas

– Las bodas pueden realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, siempre que no se supere el 50 % de su aforo. Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.

Medidas laborales
– Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo. Para los que vayan a sus centros, se deberán adoptar las medidas necesarias para cumplir las medidas de higiene y/o prevención para los trabajadores.

– Garantizar disponibilidad de geles hidroalcohólicos, sustituir la huella en el fichaje por otro sistema o desinfectar el dispositivo y cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal asegurar equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.

– Si hay síntomas, colocar al trabajador mascarilla y contactar con el teléfono habilitado o centro de salud, debiendo abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.

– Ajustes horarios en entradas y salidas para evitar concentraciones.

Medidas de higiene de los establecimientos
– Limpieza y desinfección de las instalaciones al menos dos veces al día y de los puestos de trabajo tras cambio de turno.

– La distancia entre vendedor y cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de dos metros sin estos elementos.

– En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia, como peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo.

– Probadores ocupados por una persona y desinfección tras su uso.

Comercio y prestación de servicios
– Apertura de locales con independencia de su superficie, con los requisitos siguientes: 40 % del aforo total en los locales comerciales, en cada una de sus plantas; distancia mínima de dos metros entre clientes y horario de atención prioritario para mayores de 65 años.

– Pueden reabrir los parques o centros comerciales, con aforo del 30 % en las zonas comunes y del 40 % en los locales individuales. No se pueden emplear las zonas recreativas.

– Podrá haber rebajas, siempre respetando las medidas de seguridad e higiene y evitando aglomeraciones. Deberán cesar de inmediato las acciones comerciales o de promoción si resultara necesario.

– Se podrán abrir mercados al aire libre, con una limitación a un tercio de los puestos habituales y limitando la afluencia para mantener la distancia de seguridad de dos metros.

Educación
– Las comunidades autónomas pueden abrir centros educativos no universitarios y de formación. También se permite a los titulares la apertura de academias y autoescuelas, limitando su aforo a un tercio y priorizando la formación on line.

Hostelería y restauración
– Se permite el consumo en el local en mesa sin superar el 40 % del aforo, que las comunidades pueden modificar entre con los topes del 30 y el 50 por ciento.

– Terrazas al aire libre con el 50 % de las mesas, con una ocupación máxima será de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.

– No se permite la apertura de discotecas ni bares de ocio nocturno.

– Limpieza y desinfección entre un cliente y otro, mantelerías de un uso y dispensadores de geles.

– Se fomentará el pago con tarjeta y se evitará el uso de cartas de menú.

Servicios sociales
– Las comunidades y ciudades autónomas podrán permitir en su ámbito territorial la realización de visitas a los residentes de viviendas tuteladas, centros residenciales de personas con discapacidad y centros residenciales de personas mayores.

– Se deberá concertar previamente la visita con la vivienda tutelada o el centro residencial.

Actividades culturales
– Se flexibilizan las medidas para el acceso a bibliotecas, salas de exposiciones y monumentos.

– Todos los cines, teatros, auditorios y espacios similares pueden reanudar la actividad siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen un tercio del aforo autorizado.

– En las bibliotecas, podrán llevarse a cabo actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado y usarse ordenadores. Se permite el préstamo interbibliotecario. Salas infantiles y colecciones de libre acceso siguen cerradas.

– Pueden abrir al público las salas de exposiciones siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.

– Pueden reabrir los monumentos y otros equipamientos culturales siempre que las visitas no superen un tercio del aforo autorizado.

Actividades deportivas
– Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales pueden realizar entrenamiento básico de manera individual.

– Los clubes deportivos profesionales o sociedades anónimas deportivas pueden desarrollar entrenamientos de carácter total dirigidos a la fase previa de la competición, incluyendo acciones en grupo de hasta un máximo de 14 personas.

– Se permite la reanudación de la competición de las ligas profesionales, sin público y a puerta cerrada. Se permite la entrada de medios de comunicación para la retransmisión de la competición. El Consejo Superior de Deportes, antes del inicio de la competición, determinará el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones.

– Se regula la apertura de instalaciones deportivas cubiertas y piscinas deportivas.

Hoteles y establecimientos turísticos
– Pueden reabrir las zonas comunes de hoteles y establecimientos turísticos, hasta cubrir un tercio del aforo que determine el establecimiento.

– Las actividades de animación o clases grupales deben organizarse con un aforo máximo de 20 personas.

– Pueden reabrirse las piscinas y spas del establecimiento, con limitaciones.

Piscinas y playas
– Se pueden abrir al público las piscinas recreativas con el aforo máximo de un 30 % de la capacidad de la instalación. Si no se pueden mantener la distancia de seguridad entre usuarios se reducirá el aforo.

– Para acceder a la piscina es necesario concertar cita previa con la entidad gestora de la instalación.

– Se deberán limpiar y desinfectar los equipos y materiales habituales como vaso, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios.

– La limpieza y desinfección de superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas, se realizará al menos tres veces al día.

– Se debe establecer una distribución espacial de usuarios para garantizar la distancia de seguridad mediante señales en el suelo limitando los espacios. Los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad.

– No se pueden usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes de agua.

– Se puede acceder a las playas de la misma provincia, isla o unidad territorial de referencia establecida en el plan de desescalada. Los ayuntamientos podrán establecer limitaciones de acceso, que en todo caso será gratuito, y de aforo para asegurar que se respeta la distancia interpersonal de, al menos, dos metros entre bañistas.

– Se pueden usar duchas, aseos y vestuarios, limitando la ocupación a una persona, salvo que precise de asistencia.

– Los objetos personales como toallas, tumbonas y elementos similares se dispondrán de modo que se garantice un perímetro de seguridad de dos metros con respecto a otros usuarios, salvo en el caso de bañistas convivientes o que no superen las 15 personas.

– En la playa está permitida la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo mantener una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

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El Gobierno confina aves de corral en 138 municipios valencianos desde este lunes para no propagar la gripe aviar

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El Ministerio de Agricultura refuerza los controles y las restricciones en zonas de especial riesgo para evitar la expansión del virus de la influenza aviar en aves de corral y silvestres.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha anunciado la adopción de medidas preventivas adicionales frente al aumento del riesgo de gripe aviar en España. Estas acciones, que entrarán en vigor el 10 de noviembre de 2025, tienen como objetivo reforzar la vigilancia epidemiológica y la bioseguridad en las explotaciones avícolas y zonas de especial vigilancia.

La decisión se toma tras la evolución negativa de la situación epidemiológica en Europa y en la Península Ibérica, con un incremento notable de los casos detectados durante las últimas semanas.


Aumento de brotes en Europa y España

Según los datos del informe del MAPA, entre el 1 de julio y el 5 de noviembre de 2025, se han notificado en la Unión Europea:

  • 139 focos de influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP) en aves de corral.

  • 708 focos en aves silvestres.

  • 33 en aves cautivas.

Los brotes se concentran principalmente en el centro y norte de Europa, aunque también se han detectado casos en la Península Ibérica, lo que ha elevado el nivel de alerta en España.

El Ministerio advierte que el descenso de las temperaturas favorece la supervivencia del virus y aumenta la probabilidad de contagio a través de aves migratorias que cruzan el territorio español durante el otoño e invierno.


El MAPA eleva el nivel de riesgo de gripe aviar

Cada semana, el Ministerio actualiza su modelo de evaluación del riesgo comarcal, que estima la probabilidad de introducción y persistencia del virus en función de los movimientos de aves silvestres, las temperaturas y la presencia de focos en Europa.

En su última revisión, el modelo ha detectado un aumento significativo del número de municipios en nivel de riesgo alto y muy alto, especialmente en las zonas incluidas en los anexos II y III de la Orden APA/2442/2006, que recogen las áreas de especial riesgo y vigilancia.

Esta actualización implica la aplicación inmediata de medidas de mitigación, siguiendo el principio de precaución que rige la sanidad animal en la Unión Europea.


Nuevas medidas de prevención y bioseguridad

El MAPA ha publicado una batería de medidas destinadas a prevenir la entrada y propagación del virus en explotaciones avícolas y centros con aves cautivas. Estas normas son de obligado cumplimiento en las zonas de especial riesgo y vigilancia.

1. Restricciones en la cría y manejo de aves

  • Prohibida la cría de aves de corral al aire libre. Solo se permitirá en casos excepcionales, previa autorización de la autoridad competente, y siempre que se adopten medidas de protección (telas pajareras, techados o cerramientos que impidan el contacto con aves silvestres).

  • Las aves deberán ser alimentadas y abreviadas en el interior de las instalaciones o en refugios cerrados.

  • Queda prohibido el uso de aves acuáticas (patos o gansos) junto con otras especies en la misma explotación.

2. Prohibición de uso de aves como señuelo

Se elimina la autorización para utilizar pájaros de los órdenes Anseriformes y Charadriiformes como reclamos o señuelos de caza, dado su alto riesgo de transmisión del virus.

3. Control del agua y zonas de acceso de aves silvestres

  • Prohibido el uso de agua procedente de depósitos accesibles a aves silvestres, salvo si se trata de agua tratada para garantizar la inactivación del virus.

  • Los depósitos exteriores deberán estar protegidos para evitar el contacto con aves acuáticas.

4. Prohibición de concentraciones de aves

No se permitirá la presencia de aves de corral o aves cautivas en ferias, concursos, exhibiciones o celebraciones culturales al aire libre.
Las comunidades autónomas podrán autorizar excepciones únicamente tras una evaluación de riesgo favorable realizada por los servicios veterinarios oficiales.


Refuerzo de la vigilancia y comunicación entre comunidades

El Ministerio insta a las autoridades autonómicas a reforzar la vigilancia pasiva mediante la comunicación inmediata de cualquier sospecha o mortalidad anómala en aves domésticas o silvestres. También recomienda intensificar las campañas de información y concienciación dirigidas a criadores, cazadores y propietarios de explotaciones avícolas.

La colaboración entre administraciones resulta clave para prevenir la propagación de la gripe aviar, especialmente durante los meses fríos, cuando el virus puede mantenerse activo durante más tiempo en el medio ambiente.


Un enfoque de “prevención antes que reacción”

El Ministerio subraya que la activación de estas medidas responde al principio de precaución: actuar antes de que se produzca un brote.
España se mantiene en coordinación permanente con la Comisión Europea y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), garantizando la actualización constante de los protocolos ante cualquier cambio epidemiológico.

Con estas acciones, el MAPA busca proteger el sector avícola español, uno de los más relevantes de Europa, y asegurar tanto la salud animal como la seguridad alimentaria.

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