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La diputada de Podemos, Isa Serra, condenada a 19 meses de cárcel, multa e inhabilitación

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La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid ha condenado a la diputada regional Isabel Serra a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, tras considerarla responsable de haber proferido insultos, haber dado empujones y haber arrojado objetos contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado durante la protesta contra un desahucio, el 31 de enero de 2014, en el madrileño barrio de Lavapiés.

Los jueces consideran también culpable a la acusada de un delito leve de lesiones, por el que le imponen una pena de multa de cuatro meses, a razón de una cuota diaria de diez euros, y de un delito de daños, por el que la sancionan igualmente a pena de cuatro meses, con la misma cuota diaria.

La Sala absuelve a Isabel Serra del delito de desórdenes públicos que le solicitaba el Ministerio Fiscal, al considerar que no quedó acreditado durante el juicio, pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultados provocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentar contra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva.

En relación a la responsabilidad civil, Isabel Serra deberá indemnizar a dos policías por las lesiones causadas: a una agente deberá abonarle la cantidad de 4.850 euros y a otro cuatrocientos euros.

Los jueces consideran que en el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, diputada de la Asamblea de Madrid, ha quedado acreditado que Isabel Serra formaba parte del grupo de personas que al término del desahucio increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.

“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le dirigió frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.

Como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos. Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.

Al afrontar los fundamentos de derecho de este caso, los jueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.

Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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Confirmada la fecha que entrará en vigor la jornada de 35 horas para los funcionarios

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El Gobierno implantará la jornada laboral de 35 horas semanales para los funcionarios de la Administración General del Estado en la primera quincena de abril. La medida beneficiará a unos 220.000 empleados públicos y será de aplicación inmediata tras la publicación de la resolución oficial.

El anuncio lo ha realizado el ministro de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López, quien ha confirmado que el acuerdo con los sindicatos se materializará en los próximos días.

Vuelta a las 35 horas tras años de recortes

La recuperación de esta jornada supone volver al modelo previo a los ajustes aplicados tras la crisis financiera. La medida forma parte del Acuerdo Marco para la mejora del empleo público y busca reforzar tanto la calidad del servicio como las condiciones laborales.

Desde el Ejecutivo aseguran que la reducción de jornada se aplicará garantizando la atención a la ciudadanía y la continuidad de los servicios públicos, mediante una mejor planificación de plantillas y organización interna.

Los sindicatos celebran un acuerdo “histórico”

Organizaciones como la Central Sindical Independiente y de Funcionarios han calificado la medida como “histórica”, destacando que mejorará la conciliación, el bienestar laboral y la productividad.

Además, subrayan que puede contribuir a la creación de empleo en un contexto en el que una parte importante de la plantilla se acerca a la jubilación: más del 20% de los funcionarios se retirará en los próximos cinco años.

Nueva figura del cuidador para la conciliación

La resolución incluirá también la figura del cuidador, dirigida a empleados públicos que atienden a familiares o convivientes con necesidades médicas graves.

Esta medida, alineada con la normativa europea, busca reforzar los derechos de conciliación y adaptar la Administración a las nuevas realidades sociales.

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