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La diputada de Podemos, Isa Serra, condenada a 19 meses de cárcel, multa e inhabilitación

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La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid ha condenado a la diputada regional Isabel Serra a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, tras considerarla responsable de haber proferido insultos, haber dado empujones y haber arrojado objetos contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado durante la protesta contra un desahucio, el 31 de enero de 2014, en el madrileño barrio de Lavapiés.

Los jueces consideran también culpable a la acusada de un delito leve de lesiones, por el que le imponen una pena de multa de cuatro meses, a razón de una cuota diaria de diez euros, y de un delito de daños, por el que la sancionan igualmente a pena de cuatro meses, con la misma cuota diaria.

La Sala absuelve a Isabel Serra del delito de desórdenes públicos que le solicitaba el Ministerio Fiscal, al considerar que no quedó acreditado durante el juicio, pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultados provocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentar contra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva.

En relación a la responsabilidad civil, Isabel Serra deberá indemnizar a dos policías por las lesiones causadas: a una agente deberá abonarle la cantidad de 4.850 euros y a otro cuatrocientos euros.

Los jueces consideran que en el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, diputada de la Asamblea de Madrid, ha quedado acreditado que Isabel Serra formaba parte del grupo de personas que al término del desahucio increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.

“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le dirigió frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.

Como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos. Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.

Al afrontar los fundamentos de derecho de este caso, los jueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.

Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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Hacienda prorroga los módulos de autónomos: se mantienen los límites de tributación hasta 250.000 euros

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Cómo convertirse en Agente de Hacienda y sus ventajas

El Ministerio de Hacienda ha confirmado la prórroga del sistema de módulos para autónomos, manteniendo los límites de tributación vigentes en los últimos años. La medida afecta a cientos de miles de trabajadores por cuenta propia que seguirán acogidos al régimen de estimación objetiva.

Se mantienen los límites del sistema de módulos

La Agencia Tributaria ha emitido una nota informativa en la que confirma que los umbrales del sistema de módulos continúan en vigor durante todo el ejercicio.

En concreto, se mantienen los límites de ingresos y compras en 250.000 euros, tal y como venía aplicándose en la última década. Esta decisión llega pese a que el decreto que recogía estas condiciones decayó en el Congreso a principios de año.

Una solución “sobre la bocina”

La aclaración se ha producido justo después del cierre del primer trimestre, momento en el que miles de autónomos deben presentar sus declaraciones trimestrales de IVA.

Desde Hacienda se había asegurado que la situación se resolvería “en tiempo y forma”, evitando así incertidumbre entre los contribuyentes acogidos a este sistema.

Críticas a la fórmula utilizada

Algunos expertos han cuestionado la forma en la que se ha aplicado esta prórroga. El economista Rubén Gimeno ha calificado la medida como una “interpretación poco ortodoxa”, ya que no se ha aprobado mediante una norma formal, sino a través de un criterio administrativo.

Aun así, reconoce que la decisión beneficia a los autónomos y aporta continuidad a un sistema ampliamente utilizado.

Cómo funciona la tributación por módulos

El sistema de módulos, también conocido como estimación objetiva, no se basa directamente en los ingresos reales del negocio.

En su lugar, calcula el rendimiento en función de parámetros como:

  • Número de mesas o superficie del local
  • Dimensiones del establecimiento
  • Consumo energético u otros indicadores

Por ejemplo, un bar no tributa por lo que factura exactamente, sino por sus características físicas y operativas. Esto simplifica la gestión fiscal y, en muchos casos, reduce la carga impositiva.

Más de un millón de beneficiarios

Según datos de la Agencia Tributaria, alrededor de 350.000 autónomos tributan actualmente por módulos. A ellos se suman unos 700.000 trabajadores del sector agrícola que cuentan con sistemas similares.

Otras medidas fiscales que siguen vigentes

Además de la prórroga de los módulos, Hacienda ha confirmado que continúan aplicándose otras medidas fiscales:

  • Deducciones por obras de eficiencia energética en viviendas
  • Mantenimiento de beneficios en rentas inmobiliarias
  • Plazos para renunciar o volver al sistema de módulos
  • Exenciones por ayudas derivadas de incendios forestales
  • Beneficios fiscales por ayudas vinculadas a la DANA en la Comunitat Valenciana

Seguridad para los autónomos en 2026

Con esta decisión, Hacienda aporta estabilidad a los autónomos acogidos al sistema de módulos, evitando cambios bruscos en su tributación y garantizando continuidad en sus obligaciones fiscales durante 2026.

 

 


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