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La diputada de Podemos, Isa Serra, condenada a 19 meses de cárcel, multa e inhabilitación

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La Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Madrid ha condenado a la diputada regional Isabel Serra a un año y siete meses de prisión por un delito de atentado, tras considerarla responsable de haber proferido insultos, haber dado empujones y haber arrojado objetos contra miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado durante la protesta contra un desahucio, el 31 de enero de 2014, en el madrileño barrio de Lavapiés.

Los jueces consideran también culpable a la acusada de un delito leve de lesiones, por el que le imponen una pena de multa de cuatro meses, a razón de una cuota diaria de diez euros, y de un delito de daños, por el que la sancionan igualmente a pena de cuatro meses, con la misma cuota diaria.

La Sala absuelve a Isabel Serra del delito de desórdenes públicos que le solicitaba el Ministerio Fiscal, al considerar que no quedó acreditado durante el juicio, pese a la violencia desarrollada y los lesivos resultados provocados, que la intención de los autores de estos actos fuera la de atentar contra la paz pública, presupuesto básico para aplicar esta figura delictiva.

En relación a la responsabilidad civil, Isabel Serra deberá indemnizar a dos policías por las lesiones causadas: a una agente deberá abonarle la cantidad de 4.850 euros y a otro cuatrocientos euros.

Los jueces consideran que en el juicio celebrado en la Sala de Lo Civil y Penal del TSJ de Madrid, debido a la condición de aforada de la acusada, diputada de la Asamblea de Madrid, ha quedado acreditado que Isabel Serra formaba parte del grupo de personas que al término del desahucio increpó e insultó a los agentes de policía destinados a la zona para dar cobertura a la comisión judicial, hasta el punto de obligar a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a retroceder para protegerse del aluvión de objetos que les lanzaban e, incluso, verse obligados a salir de un vehículo para evitar que los allí congregados se llevaran algún objeto de su interior, después de que lograran abrir el portón trasero del último furgón de la comitiva policial.

“La acusada -dice la sentencia-, integrándose en los grupos de personas, pues unas veces se encontraba en uno de los cordones y otras veces en el otro, que increpaban, insultaban y acosaban a los agentes, profirió insultos dirigidos a los agentes en general, así como en particular a una agente de Policía Municipal, diciéndole: ‘Eres cocainómana’, ‘mala madre, hija de puta, con todo lo que hemos luchado las mujeres, contigo se pierde todo, no te quieren ni tus propios compañeros’. A otra agente de Policía le dirigió frases como: ‘Hija de puta, puta, zorra; que te follas a todos los policías municipales’. ‘Vergüenza, si fuera tu hijo tendría que cogerte un arma y pegarte un tiro’. La acusada, además de proferir insultos a los agentes, procedió también a dar empujones y lanzar objetos contundentes a los mismos”.

Como consecuencia de estos episodios de violencia, dos agentes de policía municipal resultaron heridos. Uno, tras ser alcanzado con un objeto contundente que le impactó en la mano izquierda, y el otro al recibir el impacto de otro objeto en el casco, lo que le provocó un desvanecimiento y una contractura cervical con mareos y vértigo.

Al afrontar los fundamentos de derecho de este caso, los jueces aclaran que el derecho a la libertad de expresión, así como el derecho de reunión pacífica, “son derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución y sirven como vehículos para canalizar protestas, en principio legítimas, como el caso presente de solidarizarse con una persona desahuciada de la vivienda que ocupa. Ahora bien –añaden-, al igual que otros derechos fundamentales, su ejercicio tiene límites, siendo uno de ellos el que su legítimo ejercicio no puede amparar comportamientos ilegales o castigados por el Código Penal”.

Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

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El BOE publica las normas para acreditar los diplomas de Lengua de Signos Española

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes la normativa que regula el primer sistema oficial de acreditación de la Lengua de Signos Española (LSE), una medida clave para avanzar en inclusión y accesibilidad en España.

Entra en vigor el sistema de diplomas de Lengua de Signos Española

El nuevo marco legal, recogido en el Real Decreto 262/2026, establece los Diplomas de Lengua de Signos Española (DLSE), cuyo objetivo principal es mejorar el acceso al empleo público y reconocer oficialmente la competencia en esta lengua.

La normativa entrará en vigor a finales de abril, concretamente veinte días después de su publicación en el BOE.

Un paso clave para la inclusión y la igualdad

Esta iniciativa supone un avance significativo para las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, al facilitar su integración social y laboral.

El decreto se enmarca dentro de la Ley 27/2007, que reconoce las lenguas de signos españolas y establece su marco normativo.

Además, permitirá equiparar estos diplomas a otros sistemas oficiales de certificación lingüística, como los de idiomas extranjeros.

Niveles oficiales de acreditación: de A1 a C2

El sistema contempla seis niveles de competencia lingüística, siguiendo estándares europeos:

  • A1 y A2 (nivel básico)
  • B1 y B2 (nivel intermedio)
  • C1 y C2 (nivel avanzado)

Este modelo permitirá evaluar de forma objetiva el dominio de la Lengua de Signos Española, tanto para fines profesionales como académicos.

Primer sistema nacional con validez en toda España

Hasta ahora, no existía un sistema estatal unificado para acreditar la Lengua de Signos Española. Con esta medida, cualquier persona —sorda, sordociega u oyente— podrá obtener un título oficial válido en todo el territorio nacional.

Los diplomas servirán como mérito en procesos de empleo público, así como en ámbitos educativos y profesionales.

Organismos responsables del sistema

El Real Patronato sobre Discapacidad será el encargado de organizar las pruebas y gestionar los diplomas, bajo la dirección académica del Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española.

Estas evaluaciones se diseñarán conforme a criterios europeos, garantizando objetividad, fiabilidad y accesibilidad.

Un impulso a los derechos lingüísticos

Desde el Ministerio de Derechos Sociales, liderado por Pablo Bustinduy, destacan que este decreto refuerza el compromiso del Gobierno con la igualdad de oportunidades, la inclusión social y los derechos lingüísticos de las personas con discapacidad.

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