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La Generalitat pide 8 años de prisión para Camps por el circuito de F1
Publicado
hace 7 añosen
La Abogacía de la Generalitat pide en su escrito de acusación casi ocho años de prisión para el expresidente Francisco Camps por malversación y tráfico de influencias en la causa por las presuntas irregularidades durante el proceso de construcción del circuito urbano de F1 en València. También solicita cerca de 18 años de inhabilitación absoluta y más de 13 de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Así figura en el escrito de acusación que la Abogacía presentó este martes, último día para la presentar los escritos correspondientes, y del que fuentes conocedoras del contenido han informado a Europa Press. Este órgano de control pide la apertura de juicio oral contra el exjefe del Consell y 13 procesados más.
En concreto, para Camps solicita una pena de siete años y un día de prisión, 17 años y seis meses de inhabilitación absoluta y 9 años y tres meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito continuado de malversación de causales públicos en delito con otro de prevaricación. Asimismo, pide 9 meses y un día de cárcel e inhabilitación especial para empleo o cargo público por cuatro años por presunto tráfico de influencias.
La Abogacía presentó este escrito de acusación ‘ad cautelam’ –preventivamente– contra el expresidente de la Generalitat y empresarios por las presuntas irregularidades durante el proceso de construcción del circuito de F1, pendiente de que la magistrada resuelva definitivamente su petición de completar la prueba pericial de la causa, una solicitud que la instructora ha rechazado y esta acusación ha recurrido debido a que, desde el punto de vista de esta parte, en el informe realizado por el Interventor, este advirtió de que no tenía el «criterio técnico suficiente» para evaluar determinados aspectos.
Por su parte, la Fiscalía Anticorrupción solicitó el sobreseimiento por prescripción de la causa debido a que, según exponía en su escrito, la posible prevaricación en la que basaba su acusación, en caso de ser constitutiva de delito, estaría prescrita.
ACUSA A FLORES, PERO NO A RAMBLA
En este escrito, la Abogacía ha decidido no acusar al que fuera vicepresidente de Camps, Vicente Rambla, que había sido procesado por la instructora. Por el contrario, sí acusa al exconseller de Infraestructuras Mario Flores y a cargos del Ente Gestor de la Red de Transporte y Puertos de la Generalitat (GTP) y empresarios. Entre ellos, tres responsables o trabajadores de la empresa Typsa (en esta mercantil trabajaba la hija del exconseller de Infraestructuras) y dos de Ayesa.
De este modo, este órgano solicita para Flores siete años de prisión, 17 años y seis meses de inhabilitación absoluta y nueve años y tres meses de especial por un delito continuado de malversación en concurso con prevaricación; para el ex secretario autonómico de Infraestructuras, Victoriano Sánchez-Barcaiztegui, la misma petición por los mismos delitos, mientras que para el resto de procesados solicita penas de entre tres y medio y siete años de cárcel más inhabilitaciones.
Entre este último grupo figura el representante de FCC Construcción S.A. José Mayor Oreja, hermano del exministro Jaime Mayor Oreja y quien aparece en los llamados ‘papeles de Bárcenas’ como donante del PP (hasta con 165.000 euros), según constaba en el auto de procesamiento y recuerda la Abogacía en su escrito. Para este procesado piden una condena de tres años y medio de prisión, ocho años de inhabilitación absoluta y cuatro de inhabilitación especial.
TRABAJOS ANTES DE LOS CONCURSOS
En el documento, el abogado de la Generalitat recuerda que el exempleado de Typsa que denunció estos hechos informaba de que se produjeron reuniones en el año 2007, con anterioridad a la adjudicación a la UTE Typsa-Ayesa de los contratos relativos al proyecto de construcción del circuito, en las que el denunciante «ya estuvo trabajando en dichos proyectos, incluso en fechas anteriores a la licitación del oportuno concurso público».
Explicaba también que dichos concursos estuvieran «adjudicados de antemano» a Typsa al existir una «relación de amistad» entre los responsables de la empresa con el que entonces era secretario autonómico, Victoriano Sánchez-Barcaiztegui y con el exconseller de Infraestructuras Mario Flores. Tras la licitación, estas mercantiles acabaron resultando adjudicatarias de los contratos para ejecutar las infraestructuras de conexión de la avenida Francia, prolongación del Paseo de la Alameda y puerto, así como la realización de equipamientos complementarios para construir el circuito urbano.
Señala también la Abogacía que de la documentación intervenida en la sede de Typsa concluye que se abordaron «trámites que fueron realizados con la única intención de dar una apariencia de legalidad a un procedimiento que parecía adjudicado de antemano». Esta misma dinámica se habría reproducido en otros contratos adjudicados a FCC y Hormigones Martínez, añade.
En opinión de la acusación particular, «todos los contratos traen causa de la decisión de Camps de celebrar el Gran Premio de la Fórmula Uno en la ciudad de València» y para sustentar esta afirmación se basa en el decreto 3/2007, de 14 de marzo, del presidente de la Generalitat que –continúa– se firmó «sin recabar informe alguno y arrogándose una competencia que no le correspondía como presidente de la Generalitat por estar atribuida al Consell como órgano colegiado, de acuerdo con el artículo 16.1 b) de la Ley 5/1983, de 30
de diciembre, del Gobierno Valenciano o Consell, invocado en el Decreto».
DICE QUE «NO HUBO COSTE CERO» Y LO CIFRA EN CASI 100 MILLONES
También destaca el escrito que «aun cuando se anunció por el presidente Camps el coste cero de este gran evento y proyecto emblemático para la ciudad de València y la Comunitat Valenciana, con mejoras de comunicaciones, infraestructuras y desarrollo tecnológico, lo cierto es que no hubo tal coste cero, sino merma para las arcas públicas con utilización indebida de fondos públicos y gastos innecesarios que favorecieron a empresas a las que se les eligió al margen del procedimiento legalmente establecido de concurso público y a través de un organismo no competente, el Ente Gestor de Infraestructuras de la Generalitat (GTP), designado al efecto en el Decreto del presidente».
Sobre el GTP, agrega que a este ente «no le compete construcción de
infraestructura urbana, ni de circuitos, recintos e instalaciones deportivas» y que sirvió para «distraer recursos y fondos públicos para fines ajenos y diversos a los que son su objeto social y funciones propias, y a través del concierto y suscripción de irregulares contratos tanto en su adjudicación
inicial como en su posterior modificación». Todo ello con el fin de construir un circuito que, a juicio de la Abogacía tenía como fin cumplir el «deseo» de Camps de celebrar un Gran Premio urbano en València.
Con todo, la Abogacía de la Generalitat realiza un desglose de las distintas inversiones que afrontaron las administraciones públicas para la construcción del circuito urbano de F1 y las cifra en un total de 98.674.484 euros. De este montante, diferencia entre el total de gasto «que no resulta en ningún caso recuperable», que afirma que asciende a 55,7 millones, y la parte «que podría ser recuperable por la vía prevista en el convenio suscrito con el Ayuntamiento el año 2007», que sitúa en cerca de 34,5 millones. A esta suma añade gastos financieros del préstamo que se solicitó por 60 millones, además de intereses.
«Por lo tanto, la decisión de Camps de construir el circuito, imponiendo a GTP a través del Decreto 3/2007 obligaciones que excedían de su objeto social y que no son susceptibles de recuperación alcanza la cifra de 55.742.724,57 euros», concluye.
Fuente: Europa Press
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El Congreso tumba los dos decretos de vivienda del Gobierno tras el rechazo de PP, Vox y Junts
Publicado
hace 10 horasen
2 octubre, 2026
El Congreso de los Diputados ha rechazado los dos reales decretos-ley de vivienda sometidos a convalidación en el pleno extraordinario celebrado este viernes. Al no obtener la mayoría necesaria, las normas no han sido convalidadas por la Cámara.
El efecto jurídico concreto sobre cada medida depende del contenido de los decretos y de su eventual tramitación parlamentaria. En términos generales, cuando un real decreto-ley no es convalidado, deja de producir efectos conforme a lo previsto en la Constitución y en la normativa aplicable, sin perjuicio de las situaciones jurídicas generadas durante el periodo en el que estuvo vigente.
El Congreso no convalida los dos decretos de vivienda
El primer decreto ha sido rechazado por 178 votos frente a 172. En la segunda votación, el resultado ha sido de 184 votos en contra y 166 a favor.
PP, Vox, Junts y UPN han votado en contra de los dos textos. En el segundo decreto también se han opuesto otras formaciones, entre ellas el PNV y Coalición Canaria, según el resultado de la votación comunicado tras el pleno.
La falta de convalidación impide que ambos reales decretos-ley continúen aplicándose como normas de urgencia en los términos en los que fueron aprobados. No obstante, la consecuencia sobre contratos, procedimientos judiciales o situaciones iniciadas durante su vigencia debe determinarse conforme a las disposiciones transitorias, al contenido de cada decreto y a la interpretación de los órganos competentes.
Junts mantiene su rechazo a los decretos
El voto de Junts ha contribuido a que el Gobierno no alcanzara la mayoría necesaria para convalidar los textos. La formación catalana había reclamado la retirada de los decretos y la elaboración de una nueva propuesta que permitiera negociar las medidas de vivienda.
Junts ha cuestionado parte del contenido de las normas y ha defendido la necesidad de introducir modificaciones antes de plantear una nueva votación parlamentaria.
El Gobierno decidió mantener el debate y someter ambos reales decretos-ley a la consideración del pleno para su convalidación.
¿Qué medidas dejan de estar vigentes?
La no convalidación afecta a las medidas incorporadas específicamente en los dos reales decretos-ley, entre ellas las disposiciones sobre protección de determinados hogares vulnerables frente a procedimientos de desahucio y las previsiones relativas a la duración o prórroga extraordinaria de algunos contratos de alquiler.
También quedan afectadas las restantes modificaciones normativas incluidas en esos textos sobre vivienda y arrendamientos. Sin embargo, no desaparece toda la regulación estatal sobre estas materias: continúan vigentes las normas anteriores que no hayan sido modificadas o sustituidas por los decretos rechazados.
La aplicación práctica de la pérdida de vigencia puede variar según la medida concreta, la fecha en la que se inició cada procedimiento y las reglas transitorias previstas. Por ello, el rechazo parlamentario no permite afirmar automáticamente que todos los contratos o procedimientos afectados vuelvan a la situación anterior en idénticos términos.
El Gobierno deberá valorar nuevas iniciativas
El rechazo de los decretos obliga al Ejecutivo a valorar si presenta nuevas iniciativas legislativas y qué cambios introduce para intentar obtener una mayoría suficiente en el Congreso. Cualquier nueva medida deberá seguir el procedimiento parlamentario correspondiente y no tendrá efectos hasta su aprobación y entrada en vigor.
La vivienda continúa en el centro del debate político por la evolución de los precios del alquiler, la disponibilidad de viviendas y las dificultades de acceso para determinados colectivos.
La votación deja pendiente la negociación entre el Gobierno y los grupos parlamentarios sobre la protección de los hogares vulnerables, la regulación de los arrendamientos y el resto de medidas incluidas en los decretos que no han sido convalidados.
El Gobierno abre la puerta a un adelanto electoral si decaen los decretos de vivienda
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