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LISTADO| Estos son los errores más frecuentes en la declaración de la renta

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10 trucos para pagar menos impuestos

El 2 de abril se inicia la campaña de la Renta 2018, que se prolonga hasta el 1 de julio; a partir de este momento, se podrá presentar el borrador tanto por Internet como en físico. Es conveniente tener en cuenta las equivocaciones más frecuentes a la hora de hacer la declaración, ya que puede variar su resultado (a ingresar o a devolver).

A continuación enumeramos algunos de los aspectos más olvidados por los contribuyentes y que pueden llevar a error:

  • Datos Generales. Es frecuente pasar por alto la revisión de alguno de estos datos, como por ejemplo el estado civil, la condición de familia numerosa o las defunciones y nacimientos.

 

  • Individual o conjunta. Es recomendable acudir a un profesional para dictaminar qué modelo de borrador es más conveniente para cada tipo de pareja.

 

  • Deducciones autonómicas. Este apartado puede suponer un cambio considerable en la cuantía final. Incluye cuestiones como la adopción, el alquiler o los estudios de los hijos.

 

  • Partidos políticos. Tanto las afiliaciones como los donativos a partidos políticos desgraban. Se puede obtener hasta un 20% del total de la cuota de afiliación.

 

  • Novedades. Ante las novedades aprobadas este año, desde el Ministerio de Hacienda se recomienda revisar todas las novedades o actualizaciones para la campaña de la renta de 2018. Entre ellas destaca la excepción de presentar el certificado de parternidad o maternidad.

 

  • Trabajo en casa. Aquellos autónomos que trabajen en casa pueden deducirse, entre otros, la factura de la luz o el agua.

Consulta todas las fechas de la campaña de la Renta 2018 aquí.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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