Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

LISTADO| Estos son los errores más frecuentes en la declaración de la renta

Publicado

en

10 trucos para pagar menos impuestos

El 2 de abril se inicia la campaña de la Renta 2018, que se prolonga hasta el 1 de julio; a partir de este momento, se podrá presentar el borrador tanto por Internet como en físico. Es conveniente tener en cuenta las equivocaciones más frecuentes a la hora de hacer la declaración, ya que puede variar su resultado (a ingresar o a devolver).

A continuación enumeramos algunos de los aspectos más olvidados por los contribuyentes y que pueden llevar a error:

  • Datos Generales. Es frecuente pasar por alto la revisión de alguno de estos datos, como por ejemplo el estado civil, la condición de familia numerosa o las defunciones y nacimientos.

 

  • Individual o conjunta. Es recomendable acudir a un profesional para dictaminar qué modelo de borrador es más conveniente para cada tipo de pareja.

 

  • Deducciones autonómicas. Este apartado puede suponer un cambio considerable en la cuantía final. Incluye cuestiones como la adopción, el alquiler o los estudios de los hijos.

 

  • Partidos políticos. Tanto las afiliaciones como los donativos a partidos políticos desgraban. Se puede obtener hasta un 20% del total de la cuota de afiliación.

 

  • Novedades. Ante las novedades aprobadas este año, desde el Ministerio de Hacienda se recomienda revisar todas las novedades o actualizaciones para la campaña de la renta de 2018. Entre ellas destaca la excepción de presentar el certificado de parternidad o maternidad.

 

  • Trabajo en casa. Aquellos autónomos que trabajen en casa pueden deducirse, entre otros, la factura de la luz o el agua.

Consulta todas las fechas de la campaña de la Renta 2018 aquí.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

Publicado

en

precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo