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Los autónomos claman contra el Gobierno tras pagar íntegra la cuota de marzo

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propuesta cuota autonomos

Los autónomos españoles sí pueden seguir trabajando después del del endurecimiento de las medias del estado de alarma. Así se publicaba este lunes en una edición extraordinaria del BOE. Estos trabajadores no pueden acogerse a un permiso retribuido, ni recuperar las horas más adelante. Aunque el Gobierno estudia una moratoria en las cuotas de la seguridad social, los autónomos claman contra el Gobierno por no haber recibido ningún tipo de ayuda por parte del mismo.

Este martes 31 de marzo, muchos han sido los autónomos que han compartido en sus redes sociales el pago de la cuota íntegra del mes de marzo cuando la mitad del mes no se ha podido trabajar.

Por su parte, la Asociación de Trabajadores Autónomos ha solicitado que «ante la perdida de rumbo económico del Gobierno de España pedimos que se adopten inmediatamente las medidas que enumeramos a continuación para paliar la ruina a la que estamos abocados de continuar así y que no ayudan en nada en el corto, medio, ni largo plazo a la permanencia de las actividades de autónomos y empresas. Consideramos que estamos a tiempo y el Gobierno tiene posibilidad de cambiar desde mañana en Consejo de Ministros».

“Las medidas sanitarias que se están adoptando y que con absoluta responsabilidad acatamos todo el tejido empresarial unido, autónomos, pymes y empresas. No justifican las irresponsables medidas laborales que se están legislando y que llevan al cierre de muchos autónomos”, ha asegurado Lorenzo Amor, presidente de ATA.

1. CUOTA DE AUTÓNOMOS

– Suspensión de la cuota de autónomos de los meses de marzo, abril y mayo.

– La cuota de marzo que ya ha sido abonada, será de vuelta inmediatamente y de oficio a todo el colectivo, y no se cobrarán recargos a quien la hayan devuelto.

– Todo aquel autónomo que por las medidas adoptadas no esté exonerado de la cuota, se le girarán las 3 cuotas en los meses de septiembre, octubre y noviembre.

– Los autónomos que se hayan contagiado por COVID-19 y aquellos que estén en cuarentena obligatoria estarán exentos de pagar la cotización desde el primer día.

2. OBLIGACIONES FISCALES Y TRIBUTARIAS

– Suspensión de todos los trámites impositivos y obligaciones tributarias del primer trimestre que hay que presentar en abril y aplazar su presentación al mes de julio.

3. PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD.

– Reducir el umbral de pérdidas en el último mes que establece la prestación de cese de actividad por causas económicas de un 75% a un 30%, igual que ha hecho el estado danés.

– Ampliar el plazo de disfrute de esta prestación a 3 meses.

– Permitir el cobro de la prestación extraordinaria de cese de actividad a todos aquellos autónomos que tienen derecho a ella y que reciban otra prestación de la Seguridad Social siempre que esa prestación no alcance el 50% del salario mínimo interprofesional.

– Incluir en los supuestos de fuerza mayor para el acceso a la prestación extraordinaria de cese de actividad, a las actividades que ya no son esenciales de acuerdo con el Real Decreto ley 10/2020, de 29 de marzo de 2020, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de los servicios no esenciales.

4. EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO

– Anular la disposición adicional sexta del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, con respecto a la obligatoriedad del mantenimiento del empleo durante el plazo de seis meses desde la fecha de reanudación de la actividad.

– Establecer como fecha de finalización de los ERTES un mes posterior a la finalización del estado de alarma.

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Hacienda aplaza a 2027 la entrada en vigor de Verifactu para pymes y autónomos

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Hacienda mayores 65 años

La Agencia Tributaria ha confirmado el aplazamiento de la obligación de usar Verifactu, el sistema de verificación de facturas para empresas, pymes y autónomos, hasta 2027. La medida afecta a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, cuya obligación comenzará en enero de 2027, y al resto de empresas y autónomos, que deberán cumplirla a partir de julio de 2027.

Qué es Verifactu y por qué se implementa

Verifactu es un software obligatorio de facturación que digitaliza y estandariza los procesos de emisión de facturas. Su objetivo es garantizar la autenticidad, integridad y trazabilidad de los pagos, facilitando además la vigilancia de Hacienda sobre las operaciones económicas. Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar hasta 50.000 euros.

Según datos del Observatorio TeamSystem, solo un 8% de las pymes y autónomos ha implementado Verifactu hasta mediados de noviembre, mientras que un 15% está en proceso de hacerlo.

Motivo del aplazamiento

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció en Rac1 que el aplazamiento forma parte de un real decreto ley para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales y promover la digitalización de los procesos de facturación. La portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, explicó que la medida es especialmente relevante para pymes y autónomos, quienes habían solicitado más tiempo para adaptarse al sistema.

Reacciones del sector

El presidente de ATA y vicepresidente de CEOE, Lorenzo Amor, celebró la medida en la red social X: “Por fin llega el sentido común que reclamábamos. Se aplaza un año la entrada en vigor de Verifactu. Un alivio para los autónomos ante la marea de cargas y trámites que sufrimos”.

Expertos como Gonzalo de Luis recuerdan que Verifactu no altera la fiscalidad vigente, sino que permite a Hacienda conocer todos los ingresos de los profesionales, reducir la morosidad, acelerar cobros y profesionalizar la gestión de los negocios.

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