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Sanidad recomienda extremar el distanciamiento social y la higiene en las playas: estas son las medidas

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El Ministerio de Sanidad ha publicado un documento con recomendaciones para la apertura al público de las playas y zonas de baño. En las playas, los riesgos asociados al COVID 19 están relacionados con la interacción entre personas.

En aguas continentales, como pozas, remansos y cauces de agua dulce con escaso caudal, se desaconseja el baño y los usos recreativos para esta temporada 2020.

El Ministerio de Sanidad ha publicado un documento con recomendaciones para la apertura al público de las playas y zonas de baño. En las playas, los riesgos asociados al COVID 19 están relacionados con la interacción entre personas.

El documento, disponible en la página web del Ministerio de Sanidad, recuerda que no se dispone de información científica sobre la capacidad del virus para permanecer infeccioso en agua salada; además, se ha identificado la sal como agente biocida eficaz. En el caso de la arena, la acción conjunta de la sal del agua de mar, la radiación ultravioleta solar (UVB) y la alta temperatura que puede alcanzar ésta son favorables para la desactivación de los agentes patógenos.

Por todo ello, el documento insiste en la necesidad de la concienciación colectiva en el respeto al distanciamiento social. Así, se aconseja limitar el aforo de las zonas de baño marítimas donde se prevé gran afluencia de personas. El acceso a las zonas de baño se realizará respetando las medidas de distanciamiento social, que se deberán recordar mediante cartelería, así como las normas de higiene.

Además, se deberá prestar atención a la distancia entre tumbonas, sombrillas y otros elementos. A efectos indicativos, los ejes de las sombrillas no se instalarán a distancias inferiores de 4 metros. El gestor de la playa podrá sectorizar la misma para asegurar el distanciamiento social.

Por su parte, las personas que realicen paseos en la orilla respetarán al menos dos metros de distanciamiento social.

Tampoco se recomienda la realización de deportes colectivos ni las reuniones de más de 15 personas o de miembros de la misma familia o que no convivan en el mismo domicilio y la utilización de todo tipo de infraestructuras de playa (parques de juego e instalaciones deportivas).

Limpieza y desinfección

Para prevenir la transmisión del virus los usuarios y los trabajadores deben, además de cumplir las medidas de distancia social, cumplir las normas de higiene y aplicar los criterios técnicos de mantenimiento, limpieza y desinfección.

Se recomienda la limpieza diaria de la arena de la zona de baño, haciendo especial hincapié en la retirada de los residuos orgánicos e inorgánicos. No es aconsejable la desinfección de la arena de la playa.

Por otra parte, se recomienda la limpieza y desinfección diaria del mobiliario playero (duchas, lavapiés, papeleras), las superficies, las zonas comunes y las zonas de tránsito como las pasarelas de madera para evitar la propagación del virus.

Los chiringuitos de playa deberán seguir los protocolos establecidos para los establecimientos de hostelería. También se deberán ventilar, limpiar y desinfectar los espacios cerrados como los puestos socorristas de la Cruz Roja, los vestuarios y los servicios. Por su parte, en las instalaciones deportivas y parques de juego, se garantizará la limpieza y desinfección previa a la apertura de la playa; no pudiendo hacer uso de estas instalaciones hasta que se abra la zona de baño.

Cada playa deberá disponer de un protocolo de limpieza y desinfección del mobiliario susceptible de uso por los bañistas, de forma que se indiquen los pasos a seguir a los operarios. También, cada ayuntamiento elaborará o actualizará el protocolo con todas las medidas en materia de prevención de riesgos laborales, conforme al procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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