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Nueve mujeres acusan al tenor Plácido Domingo de acoso sexual

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MADRID, 13 Ago. – Nueve mujeres, en concreto, ocho cantantes y una bailarina han asegurado haber sufrido acoso sexual del tenor Plácido Domingo, en diferentes encuentros durante tres décadas a partir de finales de los 80, según una investigación de Associated Press.

De todas, ellas, solo la mezzosoprano Patricia Wulf, que actuó con Domingo en la Ópera de Washington, ha sido identificada.

En concreto, una de las mujeres denuncia que el tenor metió la mano dentro de su falda, y otras tres han afirmado que forzó besos en la boca en un vestuario, una habitación de hotel y una comida de trabajo. «Una comida de trabajo no es rara», ha señalado una de las cantantes. «Pero que alguien intente agarrarte la mano durante una comida de trabajo es raro, o que te ponga la mano en la rodilla es un poco raro. Siempre te estaba tocando de alguna manera, y siempre besándote», ha añadido.

Además de estas nueve mujeres, otra media docena de mujeres ha asegurado que las proposiciones sexuales de Domingo les hicieron sentir incómodas. Así, una cantante dijo que le pidió varias veces salir en una cita tras contratarla para cantar una serie de conciertos con él en la década de 1990. Otras tres docenas de cantantes, bailarines, músicos de orquesta, personal técnico, maestros de canto y administradores consultados han indicado haber presenciado comportamiento inapropiado de índole sexual por parte de Domingo, y que perseguía a mujeres más jóvenes con impunidad.

«Las acusaciones de estas personas no identificadas, que se remontan hasta 30 años, son profundamente preocupantes, e inexactas tal como se describen», ha señalado Domingo en un comunicado.

«Aun así, es doloroso saber que puedo haber molestado a alguien o haberles hecho sentir incómodas, sin importar cuánto tiempo haya pasado y pese a mis mejores intenciones. Yo creía que todas mis interacciones y relaciones fueron siempre bienvenidas y consensuadas. La gente que me conoce o ha trabajado conmigo sabe que no soy alguien que dañe, ofenda o avergüence a nadie a propósito», ha añadido.

«Sin embargo, reconozco que las normas y estándares por los que se nos mide hoy son muy diferentes de lo que eran en el pasado. He tenido la bendición y el privilegio de haber tenido una carrera de más de 50 años en la ópera y me atendré a los estándares más altos», ha concluido.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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