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Ribó confirma que los trabajos de peatonalización de la Plaza del Ayuntamiento empezarán en breve

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Así lo ha anunciado hoy el alcalde de València, Joan Ribó después de la reunión de la Comisión de Seguimiento de la crisis de laCOVID-19 y de la Junta de Portavoces.

El alcalde ha resaltado la decisión de reiniciar los trabajos para peatonalizar la plaza del Ayuntamiento. El dispositivo para peatonalizar este espacio empezará «en breve». Así lo ha anunciado hoy Joan Ribó, al aclarar que, de esta manera, el consistorio «aprovechará la vuelta al marco jurídico que permite retomar obras públicas, a pesar de que continuamos con el Estado de Alarma por el coronavirus, en un momento en el que la movilidad no registrará ningún impacto inicial, porque no hay prácticamente movilidad». En este sentido, Joan Ribó se ha referido a la bajada de la movilidad de vehículos privados, así como a la bajada en estos momentos de pasajeros de la EMT, que reorganizará las líneas de autobús para peatonalizar “la plaza más emblemática de la ciudad”.

De hecho, «un dato que demuestra el descenso de la movilidad es que la EMT ha registrado una bajada del número de usuarios de un 90%», ha añadido el alcalde, que ante las preguntas de los periodistas, también ha explicado que uno de los objetivos del ERTE presentado es «reducir el impacto económico de la crisis sanitaria que ha provocado la mencionada bajada de demanda y una reducción de la oferta (de un 45%)». Además, ha añadido, «proteger a los trabajadores y trabajadoras hasta que se retome la actividad normal».

Ante la decisión de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de rechazar el ERTE, el alcalde ha asegurado que el Ayuntamiento presentará un recurso de alzada a este acto, «porque lo presentamos como consecuencia de la bajada de los ingresos por la crisis y consideramos que la interpretación es correcta y lo avalamos con argumentos de los servicios jurídicos municipales», y por otra parte, «y con la sintonía de sindicatos y personal de la EMT, planteará otro ERTE por reducción de productividad».

El alcalde también ha recordado, ante las preguntas de los periodistas, la reclamación del Ayuntamiento «para poder disponer del superávit presupuestario y destinar ese montante para combatir el coronavirus».

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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