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Ribó se sube el sueldo y limita la dedicación exclusiva de los concejales de la oposición

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Joan Ribó, el alcalde de València ha aplicado una subida salarial del 2,5%, amparado en la Ley Montoro, de la que él es uno de los beneficiados. De esta forma, el Primer Edil percibirá durante la recién estrenada legislatura un bruto anual de 84.667 euros, frente a los 82.603 euros que cobraba los cuatro años anteriores.

También los concejales del Gobierno, formados por PSPV y Compromís, ven aumentado su sueldo ese 2,5%, cobrando un total de 68.171 euros brutos anuales, frene a los 66.508 euros que percibían. También los dos nuevos vicealcaldes aumentan sus nóminas. Sergi Campillo y Sandra Gómez cobrarán 81.280 euros al año en bruto.

Sin embargo, los concejales de la oposición han visto reducida su dedicación exclusiva y, por tanto, su nómina. algo que la portavoz del PP, María José Catalá, calificaba de «cacicada». Tan solo 25 ediles de la oposición tendrán dedicación exclusiva. Los que no la tenga, merma su nómina anual y percibirán 63.500 euros al año.

A este respecto, el responsable municipal ha explicado que el número de asesore que ahora se ha dado a la oposición «es el número de concejales que tiene multiplicado por 1,3». «Es un número de asesores totalmente suficiente para poder hacer la tarea de oposición», ha manifestado Joan Ribó.

Tras ello, el alcalde se ha referido también a los sueldos y a las dedicaciones exclusivas otorgadas para este nuevo mandato y ha afirmado que «es absolutamente normal» y «lógico».

En esta línea, ha comentado que como «se hace en muchos municipios, las dedicaciones exclusivas las tienen en primer lugar aquellas personas que están en el gobierno» y después, «la oposición». «Lo que no es razonable es que la oposición tenga exclusivas y no tenga exclusivas el gobierno», ha añadido.

Asimismo, Ribó ha apuntado que su equipo de gobierno no es responsable de la norma que regula esta cuestión y ha aludido al exministro de Hacienda con el PP Cristóbal Montoro. «Nosotros no somos los responsables de que alguno, Montoro cuando era ministro de Hacienda, recortara el número de dedicaciones exclusivas», ha expuesto en este sentido.

«NO TIENE MOTIVO PARA PROTESTAR»
El primer edil ha agregado que en el Ayuntamiento de València «lo que hemos hecho ha sido subir al máximo el salario de las dedicaciones no exclusivas» para que «no haya una discriminación significativa». «Quiero resaltar que la diferencia entre una dedicación normal y una exclusiva es poco menos del 10 por ciento. Por tanto, es una cantidad absolutamente razonable», ha insistido.

Con todo, Ribó ha considerado que la oposición municipal «no tiene motivo para protestar». «No hay ningún motivo razonable para protestar. Lo único que le pido es que compare con los resultados que hay por ahí, en muchos ayuntamientos, algunos del PP, y verá que lo que estamos haciendo es normal y se corresponde», ha subrayado.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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