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Sanidad acredita de forma inmediata a más de 20.000 enfermeros para prescribir medicamentos

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VALÈNCIA, 1 Jul. – La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló, ha firmado una resolución para acreditar a los enfermeros que desarrollan su actividad en el sistema público valenciano de salud para la indicación, el uso y la autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

Con esta medida, dentro del marco estratégico del Ministerio de Sanidad para impulsar la actualización de la Atención Primaria, la Comunitat se convierte en la segunda región con mayor numero de profesionales acreditados para la prescripción, por detrás de Andalucía, destaca la Generalitat en un comunicado.

El requisito para acreditar la competencia en prescripción a estos profesionales es que tengan una experiencia profesional mínima de un año. La base de datos de la Conselleria refleja que actualmente hay más de 20.000 los enfermeros de centros públicos que llevan más de un año en instituciones sanitarias.

Ante esta situación, la titular de Sanidad entiende que agilizar el procedimiento de acreditación amplía las competencias de Enfermería y que esto redundará en un mayor control de la medicación de los pacientes. «Se gana en seguridad, se reduce la automedicación y los efectos secundarios de los fármacos y disminuirá el gasto farmacéutico», ha aseverado.

Otro de los objetivos de la acreditación de los enfermeros es que disminuya la presión asistencial en los centros de Atención Primaria, además de poder reducir el gasto sanitario al permitir un mayor control del uso de los medicamentos por parte de estos profesionales, que tienen un contacto más frecuente y directo con los pacientes». Barceló ha destacado al respecto que «así ha ocurrido en los países que ya han implantado esta medida».

Para conseguirlo, la Conselleria ha puesto en marcha la tramitación de un decreto que regulará el procedimiento de acreditación para todos los enfermeros que no sean acreditados ahora: quienes desarrollan su actividad en el sistema sanitario privado y los que no hayan alcanzado el requisito de la experiencia mínima de un año en el momento de la publicación de la resolución.

Para ser acreditados en la indicación, uso y autorización de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, contempla igualmente la opción de realizar un curso de formación especifico.

A tal efecto, Sanidad Universal y Salud Pública ha contactado ya con todas las universidades valencianas para que puedan ofrecer un curso de formación a los enfermeros recién graduados, que será acreditado por la Escola Valenciana d’Estudis de la Salut (EVES), lo que a la larga podrá evitar la exigencia del año de experiencia profesional.

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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