Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Abierto el plazo para solicitar ayudas del Ayuntamiento a autónomos y pymes, que son compatibles con otras

Publicado

en

Esta medianoche se ha abierto  el plazo de solicitud de las ayudas «Re-Activa València», impulsadas por el Ayuntamiento a través de València Activa. Se trata de un plan de apoyo a personas autónomas, pymes y micropymes, que dispone de 3,76 millones de euros de fondos municipales para hacer frente a la crisis generada por el COVID19 e impulsar la economía.

Así lo ha anunciado el alcalde de València, Joan Ribó, junto a la vicealcaldesa, Sandra Gómez, y el vicealcalde, Sergi Campillo, al término de la sesión de la Comisión Permanente de Seguimiento. Tal como ha explicado el alcalde, «lo que desde el Gobierno Municipal pretendemos con esta línea de ayudas es ayudar a que, una vez pase esta crisis, empresas y emprendedores hayan podido sobrevivir y puedan continuar con su actividad económica» «Se trata de paliar los daños que esta crisis sanitaria proyecta sobre la economía de la ciudad». El alcalde ha subrayado la responsabilidad de las administraciones públicas, y la voluntad del Consistorio, de trabajar en apoyo del tejido socioeconómico valenciano, de ayudar a sostener a las pequeñas empresas, cuya actividad es garantía de estabilidad y de desarrollo social»

La vicealcaldesa, Sandra Gómez, ha detallado las características de este programa de ayudas, que se ha tramitado con la máxima urgencia, «atendiendo a las necesidades reales y actuales de nuestro tejido económico», según sus palabras. «Desde el Ayuntamiento de València y València Activa –ha afirmado- siempre vamos a estar al lado de los agentes económicos, que son clave en la economía local; y estas ayudas suponen una inyección de liquidez y un balón de oxígeno que puede actuar como colchón para empresas y autónomos durante estos días«, ha afirmado.

Las ayudas pueden ser solicitadas desde mañana por personas autónomas, microempresas o pequeñas empresas cuya actividad se haya visto afectada por el cierre de establecimientos (dispuesto por el Real Decreto 465/2020 de declaración del Estado de Alarma) y no se ha visto compensada por un incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico de la persona solicitante».

También se podrá solicitar este subvención en el caso de que la actividad desarrollada por autónomo/as, microempresas o pequeñas empresas no se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto por el Estado de Alarma pero haya sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%. El cálculo se realizará en función de la media de facturación del semestre natural anterior a la declaración del Estado de Alarma (el pasado 14 de marzo).

AYUDAS DE 2.000 A 6.000 EUROS Y SOLICITUD TELEMÁTICA

Las ayudas variarán entre los 2.000 y los 6.000 euros, en función de la afección de la actividad y el número de trabajadores. En el caso de las personas autónomas, quienes se hayan visto obligadas a cerrar sus negocios a consecuencia de la pandemia podrán optar a una ayuda de 3.000 euros, mientras que aquellas personas autónomos y empresas sin trabajadores que continúan en activo, pero que hayan perdido el 75% de sus ingresos podrán acceder a una ayuda de 2.000 euros.

En el caso de las pymes afectadas por la situación, se prevé una subvención de 5.000 € para aquellas de hasta 9 trabajadores que mantengan la actividad un año después de la crisis y al menos con la mitad de la plantilla. Y de 6.000 euros para las que tienen de 10 a 49 trabajadores y mantengan la actividad un año después de la crisis y al menos con la mitad de la plantilla.

Tal como ha explicado Sandra Gómez, dado que las solicitudes no puede realizarse de manera presencial, además del habitual mediante sede electrónica, se ha habilitado una herramienta específica, de uso sencillo, para que aquellos solicitantes que no dispongan de firma digital ni DNI electrónico puedan darse temporalmente de alta y formalizar su solicitud en la web municipal. El plazo de solicitud empieza mañana, día 1 de abril, y finalizará el 4 de mayo.

En el caso de cumplirse los requisitos, las ayudas se concederán por orden de petición hasta que se agote el crédito dispuesto. Las personas beneficiarias tendrán las siguientes obligaciones: mantener la actividad empresarial durante 12 meses, como mínimo, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión de la subvención y, en caso de optar a la subvención por tener a su cargo trabajadores, mantenimiento como mínimo de un 50% de la plantilla declarada en el informe de la vida laboral de la empresa aportado en el momento que se presentó la solicitud. Las personas beneficiarias tendrán que estar dadas de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente y en Hacienda en el momento de la presentación de la instancia. Además, deberán tener su domicilio fiscal y en su caso, el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València.

Finalmente, la vicealcaldesa ha subrayado que estas ayudas serán compatibles con las ayudas que han aprobado otras administraciones, siempre que la suma de las distintas subvenciones no supere la justificación de las pérdidas de la empresa o persona autónoma durante este mes.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Cambios en el sistema de pensiones en España: qué debes saber si te jubilas a partir de 2026

Publicado

en

Forbes elige Valencia jubilación

El sistema público de pensiones en España sigue adaptándose a los retos del envejecimiento poblacional y la sostenibilidad financiera. Los trabajadores que planeen su jubilación a partir del 1 de enero de 2026 deben tener en cuenta que entran en vigor varios ajustes clave en la edad de retiro, los requisitos de cotización y el cálculo de la pensión.

Estos cambios forman parte de la reforma de las pensiones aprobada en la Ley 27/2011 y ratificada posteriormente por el Real Decreto-ley 2/2023.


Edad legal de jubilación en 2026

Desde 2026, la edad de jubilación en España se estructura en un sistema dual en función de los años cotizados:

  • 65 años → para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización.

  • 66 años y 10 meses → para quienes no lleguen a esa cifra mínima.

Este cambio supone un incremento respecto a 2025, cuando la jubilación estaba fijada en 66 años y 8 meses para los trabajadores sin cotización suficiente.

El calendario progresivo culminará en 2027, cuando la edad legal de jubilación será de 67 años, salvo para quienes tengan carreras de cotización largas que les permitan retirarse antes.


Requisito mínimo de cotización para cobrar la pensión

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación, se requiere:

  • Haber cotizado al menos 15 años.

  • Que dos de esos años estén dentro de los 15 previos a la jubilación.

🔹 Si no se cumple este mínimo, la persona no pierde del todo el derecho a prestaciones, pero no podrá acceder a una pensión contributiva. En su lugar, puede solicitar el subsidio para mayores de 65 años, siempre que cumpla los requisitos de residencia y nivel de renta.


Nuevo sistema de cálculo de la pensión desde 2026

Uno de los cambios más destacados es la introducción de un sistema dual de cómputo de la base reguladora, que se aplicará de forma progresiva:

  • Opción 1: se mantiene la fórmula actual → últimos 25 años cotizados.

  • Opción 2: se podrán elegir los mejores 27 años dentro de un periodo de 29, descartando los dos peores.

La Seguridad Social aplicará automáticamente el cálculo más favorable para el trabajador, lo que beneficia especialmente a quienes hayan tenido periodos de desempleo o salarios bajos en los últimos años.


Impacto para trabajadores y empresas

  • Para los trabajadores, se recomienda revisar con antelación la vida laboral y las bases de cotización, usando los simuladores de pensión de la Seguridad Social.

  • Para las empresas y autónomos societarios, será clave llevar un control exhaustivo de cotizaciones, ya que lagunas laborales pueden reducir la futura pensión.


Por qué se aplican estos cambios

El objetivo de esta reforma es garantizar la viabilidad del sistema de pensiones en un contexto de envejecimiento demográfico. Según el INE, en 2050 casi un 30% de la población española tendrá edad de jubilación, mientras que Eurostat sitúa la esperanza de vida en más de 83 años, una de las más altas de Europa.

Con estas medidas, la Seguridad Social busca equilibrar la solidaridad entre generaciones y asegurar que los futuros jubilados cuenten con pensiones dignas y sostenibles.

Las enfermedades que permiten una jubilación anticipada

Las enfermedades que permiten una jubilación anticipada

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo