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Investigadores del CSIC trabajan en un spray antiviral para ‘engañar’ al coronavirus y detener la infección

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Un equipo de investigadores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) está desarrollando un spray bucal antiviral que utiliza unas biomoléculas (polisacáridos) para simular la superficie celular donde se adhiere el coronavirus y poder así atraparlo y detener la infección.

En caso de confirmar que estas moléculas logran detener eficazmente la infección, el spray podría ser un antiviral aplicable a diversos virus, ya que incide en el mecanismo que usan muchos de estos microorganismos para entrar en las células. Si los resultados son exitosos, el spray podría desarrollarse y comenzar a utilizarse en un tiempo breve, ya que se trata de moléculas de origen natural o ya empleadas con fines clínicos. El proyecto, liderado por los investigadores Julia Revuelta y Alfonso Fernández Mayoralas, del Instituto de Química Orgánica General (IQOG-CSIC), está financiado por el CSIC a través de su Plataforma Salud Global.

“Actualmente se cree que la infección comienza en las cavidades buco-faríngeas, por lo que la formulación de un spray en base a dichas moléculas permitirá crear, tras su administración, una barrera en la que las partículas del virus queden atrapadas perdiendo así su capacidad infectiva”, explica Revuelta. “Incluso en el caso de que la infección ya haya comenzado, su uso neutralizaría las partículas virales provenientes de la replicación en células infectadas en esta fase incipiente, inhibiendo la propagación de la infección hacia la zona pulmonar y disminuyendo, por consiguiente, la gravedad de la infección”, agrega.

Imitando la ‘puerta de entrada’ del virus a las células
“Igual que otras familias de virus, el SARS-CoV-2 utiliza carbohidratos presentes en la superficie de las células epiteliales para adherirse y progresar en la infección”, explica Revuelta. “En particular, se ha propuesto que el virus se adhiere a polisacáridos de la superficie celular de tipo sulfato de heparano (moléculas de una estructura similar al anticoagulante heparina) a través de la proteína Spike, la glicoproteína de la envoltura viral, antes de unirse al receptor celular ACE2”, detalla Revuelta.

En base a estos conocimientos, el grupo de Glicoquímica Biológica del IQOG-CSIC liderado por Revuelta y Fernández-Mayoralas desarrolla el proyecto de spray antiviral. “El objetivo es obtener un spray basado en polisacáridos que mimeticen a los sulfatos de heparano de la superficie celular”, indica Revuelta. “La estrategia, conocida como trampa señuelo, consiste en “engañar” al virus para que se adhiera a los miméticos de manera que el virus neutralizado quede atrapado, frenando el proceso de infección”, detalla la investigadora.

“Si confirmamos que estas moléculas logran detener eficazmente la infección, podríamos conseguir un antiviral de amplio espectro, ya que interviene en el mecanismo que utilizan muchos virus para entrar en las células”, añade. “Por ello, los resultados podrían adaptarse rápidamente a otros virus emergentes, logrando incluso protección contra futuras pandemias”, augura la investigadora.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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