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Valencia

Alfonso Grau considera prescrito el cohecho y, en consecuencia, el blanqueo

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regalos caso Azud

València, 29 oct (EFE).- La defensa del ex vicealcalde de València Alfonso Grau (PP) ha presentado su escrito de defensa en la pieza A del caso Imelsa en el que advierte de la prescripción de la atribución del delito de cohecho impropio y, en consecuencia, rechaza la existencia de blanqueo de capitales.

El Juzgado de Instrucción 18 de Valencia dictó recientemente el auto de procesamiento del presunto entramado creado para la financiación del PP en las elecciones de 2007 y 2011, y señala a Alfonso Grau, quien fuera «mano derecha» de la alcaldesa de València Rita Barberá, como «recaudador de recursos económicos sustraídos a la regularidad y transparencia contable», y a María del Carmen García Fuster, la secretaria entonces del grupo municipal del PP, como administradora de esos recursos.

Alfonso Grau se encuentra en prisión desde el pasado mes de mayo por el caso Azud, relacionado con el supuesto cobro de comisiones ilícitas vinculadas a expedientes urbanísticos.

En su escrito de defensa en la pieza A del caso Imelsa, Grau considera que varias de las imputaciones que hace el juzgado están prescritas y lamenta la intención de procesarle.

Sin cohecho, defiende en el escrito, no existe blanqueo, y respecto a la malversación, su defensa advierte al instructor que no ha tenido en cuenta sentencias anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Baleares o del Supremo en el caso Noos, en referencia al carácter público o privado de las instituciones desde las que se realizaron determinados contratos o pagos.

En el referido auto de procesamiento, el juez recuerda que Alfonso Grau, además de portavoz del PP y concejal delegado de Grandes Proyectos, «ostentaba cargos de representación del Ayuntamiento de Valencia en distintos organismos, fundaciones y asociaciones, entre ellas el Centro de estrategias y desarrollo (CEyD), la Fundación para la Innovación Urbana (FIVEC) y la Fundación de Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB), participando en todas ellas como presidente o patrono».

Y añade: «el Ayuntamiento de esta ciudad canalizaba anualmente importantes cantidades de dinero a estas entidades con cargo a su presupuesto».

Expone asimismo el instructor que en la campaña electoral de 2007 dichas entidades canalizaron cerca de dos millones de euros a la firma Laterne, con quien el PP había contratado la promoción electoral, «en la mayoría de los casos, con aparente simulación comercial de trabajos nunca realizados o con claro sobrecoste».

Estas contrataciones constituyeron, a juicio del instructor, «un delito de malversación de caudales públicos del artículo 432 del Código Penal, conforme a su redacción vigente al tiempo de comisión de los hechos, y de un delito de cohecho impropio del artículo 422 del Código Penal, delitos de los que aparece, de todos ellos, como presunto autor el investigado Alfonso Grau».

Aunque el mismo instructor admite que la responsabilidad penal por el delito de cohecho impropio «debe de considerase prescrita al momento de su comisión», ve indicios de malversación en Alfonso Grau «en el hecho, de que como personas con poder ejecutivo de dirección tanto en FIVEC como en la FTCVB, consintieran, con la singularidad del periodo cronológico previo a unas elecciones, en contratos de vago contenido prestacional y una significada onerosidad, sin una explicación suficiente en descargo de ello».

«El dinero malversado se subsume en el concepto de caudales públicos, sea cual sea la condición que se quiera atribuir, en cualquier otro ámbito del derecho u orden jurídico disquisitivo, al carácter de la personalidad pública o privada de dichas fundaciones», expone en su auto de procesamiento el juez, y es en esta parte precisamente en la que el criterio de la defensa del ex vicealcalde difiere y esgrime la sentencia del caso Nóos, en la que Grau fue absuelto.

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Valencia

Así queda el calendario escolar en València: sin clase el 16 de marzo y curso hasta el 22 de junio

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16 de marzo clase valencia
Foto: JUNTA CENTRAL FALLERA

El Consejo Escolar Municipal de València ha acordado solicitar a la Conselleria de Educación un cuarto día festivo dentro del calendario académico 2025-2026 en la ciudad. La propuesta contempla que el lunes 16 de marzo de 2026, en plena celebración de las Fallas, sea declarado festivo no lectivo, así como alargar un día más el curso escolar hasta el 22 de junio.

Si esta iniciativa sale adelante y cuenta con el visto bueno de la Dirección General de Centros Docentes, la comunidad educativa de València podría disfrutar de la semana completa de Fallas, al enlazar el festivo escolar del día 16 con el Día de San José (19 de marzo), que ya es festivo en la ciudad.

Apoyo unánime del Consejo Escolar Municipal

Según informa el Ayuntamiento de València, la propuesta planteada por el consistorio fue aprobada con el apoyo unánime de los representantes de las distintas entidades de padres y madres, docentes, entidades vecinales y directores de centros educativos que forman parte del Consejo Escolar Municipal.

La decisión se adoptó en una sesión extraordinaria celebrada en la tarde de este viernes, convocada de manera específica para abordar esta cuestión ante la creciente polémica generada por el carácter lectivo del 16 de marzo.

Participación del mundo fallero en la reunión

A la reunión asistieron, con voz pero sin voto, representantes de la Interagrupación de Fallas de Valencia y del Foro Cultural La Roqueta – San Vicente Mártir, tal y como establece el artículo 5.2 del Reglamento de Régimen Interno del Consejo Escolar Municipal.

Ambas entidades, como colectivos directamente afectados, trasladaron a los miembros del Consejo la importancia de garantizar que el 16 de marzo sea declarado festivo escolar, permitiendo así que los escolares de la ciudad puedan participar en los actos falleros más relevantes.

El trámite ante la Conselleria de Educación

A partir de ahora, el Ayuntamiento dará traslado del acuerdo alcanzado a la Dirección General de Centros Docentes, en aplicación del artículo 9 de la Orden de 11 de junio de 1998 de la Conselleria de Educación, que regula los criterios generales del calendario escolar en la Comunitat Valenciana.

La normativa contempla que, “cuando concurran circunstancias excepcionales”, la Dirección General pueda autorizar un calendario diferente para un centro o una localidad concreta, siempre que no se reduzca el número total de días lectivos del curso académico.

Por este motivo, la propuesta incluye alargar el curso hasta el 22 de junio, compensando así el día festivo extraordinario solicitado.

El origen de la polémica del 16 de marzo

La convocatoria extraordinaria del Consejo Escolar se produjo tras la polémica generada por haberse declarado lectiva la jornada del 16 de marzo. Esta semana, la asamblea de presidentes de falla llegó incluso a tumbar el programa de festejos de las Fallas del próximo año propuesto por la Junta Central Fallera, como medida de presión.

Desde distintos colectivos del mundo fallero, partidos de la oposición en el Ayuntamiento —Compromís y PSPV— y entidades como la Federación de Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos (FAMPA-València), se defendió que ese día no hubiera clase para facilitar la participación del alumnado en los actos falleros.

Reacciones políticas y previsión para 2027

El concejal de Fallas y presidente de la Junta Central Fallera, Santiago Ballester, aseguró que se estaba trabajando para compatibilizar la asistencia de los niños a la recogida de premios, uno de los actos más tradicionales del 16 de marzo.

Desde la oposición, tanto Compromís como el PSPV celebraron la decisión del Consejo Escolar, aunque criticaron que la solución haya llegado tras meses de debate. Ambas formaciones advirtieron, además, de que el problema podría repetirse en 2027, cuando la semana fallera vuelva a coincidir plenamente con días lectivos.

Con este acuerdo, València da un paso más para adaptar el calendario escolar a la realidad de las Fallas, a la espera ahora de la decisión final de la Conselleria de Educación.

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