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Valencia

Esta es la sentencia a Alfonso Grau por malversación

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Alfonso Grau sentencia

Condena a Alfonso Grau, exvicealcalde de València, por financiación irregular

Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia

El exvicealcalde de València con el PP y mano derecha de la fallecida Rita Barberá, Alfonso Grau, ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por la pieza A del caso Imelsa. Esta pieza está relacionada con una financiación irregular en las campañas electorales del PP de València en 2007 y 2011 a través de donaciones y pagos de empresas.

Grau, que durante el procedimiento se definió como una «víctima», ha sido condenado a esta pena de prisión por un delito de malversación de caudales públicos con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Además, estará inhabilitado durante nueve años para empleo o cargo público y deberá indemnizar al Ayuntamiento con un total de 388.150 euros, según la resolución de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia.

Condena adicional y otros acusados

A Grau, para quien la Fiscalía reclamaba nueve años y dos meses de prisión por malversación, cohecho y falsedad documental, se le ha condenado por un delito continuado de cohecho con la atenuante analógica de dilaciones indebidas al pago de una multa de cinco millones de euros y a dos años de suspensión de empleo o cargo público.

Por su parte, al exdirector de la Fundación Turismo Valencia, José Salinas, se le ha impuesto una pena de cuatro años de cárcel como cooperador necesario de un delito de malversación y se le han fijado ocho años de inhabilitación. También deberá indemnizar al consistorio, conjunta y solidariamente con Grau, en un total de 210.000 euros.

Los otros dos acusados en esta pieza, el exedil y exresponsable del Centro de Estrategias y Desarrollo (CEyD), Juan Eduardo Santón, y la exsecretaria del PP en el Ayuntamiento Mari Carmen García-Fuster, han sido absueltos por falta de pruebas, según la resolución que es recurrible ante el Tribunal Supremo en casación.

Desvío de fondos por parte de Grau

El tribunal considera probado que Grau, condenado en 2022 a nueve meses de prisión por aceptar relojes de alta gama por parte de un empresario que suscribió 16 contratos con el Ayuntamiento entre 2006 y 2015, desvió fondos de la Fundación Turismo (FTVBC) y de la Asociación Centro de Estrategias y Desarrollo. Estas entidades recibían aportaciones económicas del consistorio y los fondos se utilizaron para sufragar gastos generados por la campaña electoral municipal del PP de 2007.

La FTVBC, entidad de carácter privado financiada con aportaciones municipales y destinada a la promoción turística de la ciudad de Valencia, abonó al menos 210.000 euros a la empresa que gestionaba la campaña electoral para el PP, Laterne Product Council (LPC), según la Audiencia.

De igual manera, CEyD, dedicada al desarrollo económico, cultural, social y tecnológico de Valencia y financiada mayoritariamente con dinero municipal, pagó 178.150 euros a la misma empresa. La sentencia mantiene que dichos pagos se efectuaron por decisión de Alfonso Grau, investigado también en el conocido como caso Azud, y que José Salinas colaboró en la ejecución de los mismos.

Aportaciones de empresas contratistas

La resolución también considera probado que LPC recibió aportaciones de diversas empresas contratistas con el Consistorio que se dedicaron a sufragar gastos de las actividades de la campaña electoral del PP de 2007 y que se efectuaron bajo la apariencia de pagos por prestaciones que realmente no se habían realizado.

Estos empresarios hicieron dichos pagos para «significarse ante quienes podían continuar siendo responsables del gobierno municipal» a fin de «apoyar que la candidatura del Partido Popular continuara gobernando y poder, así, beneficiarse en el futuro de un trato favorable por parte del Ayuntamiento, de las empresas públicas municipales y de cualesquiera otras entidades en cuyas decisiones pudieran intervenir los gobernantes municipales», según detalla la sentencia.

El tribunal ha dictaminado que esos pagos se hicieron a petición de Alfonso Grau, «quien se prevalió de la posición que ocupaba como teniente de alcalde del Ayuntamiento para conseguir aportaciones económicas de las empresas que mantenían relaciones económicas con la Corporación Local por importes relevantes o que podían tener interés en poder acceder a contratar con el Ayuntamiento».

En todo caso, lo hicieron «en atención a la posición de poder que él ocupaba y a la capacidad que podía haber desplegado o podía en el futuro desplegar para poder influir en la contratación municipal».

Campaña de 2011

Sin embargo, el tribunal difiere de los hechos acusatorios en la campaña de 2011. Entiende que no hay una prueba evidente del origen de los fondos utilizados por el PP para sufragar los gastos electorales. «La prueba existente y analizada no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados», precisan los magistrados.

Aunque el pago de gastos electorales con los saldos de la cuenta del grupo municipal popular se efectuaron «al margen de la contabilidad del PP y con incumplimiento de las exigencias de la legislación sobre financiación de partidos políticos y de la legislación electoral», esos hechos, cuando se cometieron, no eran constitutivos del delito de financiación ilegal, añade el Tribunal.

En este caso, a diferencia del año 2007, no se ha contado con testimonios de trabajadores que ofrecieran información que permitiera afirmar que los pagos no se correspondían con trabajo alguno. En 2007 se contaba con información adicional que permitía excluir las dudas racionales: había un testimonio incriminatorio –Jesús Gordillo, exasesor de Grau–, documentación que atribuía a empresas aportaciones concretas para financiar la campaña y testimonios de trabajadores que corroboraban la hipótesis de que las facturas existentes o los pagos efectuados tenían el fin ilícito afirmado por las acusaciones.

En el presente caso, en cambio, la prueba existente no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados.

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Valencia

Feijóo admite que no supo de la DANA hasta poco antes de las 20 horas y que Mazón no le informó “en tiempo real”

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El presidente de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón, y el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo. - EUROPA PRESS - Archivo

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, ha reconocido ante la jueza que investiga la gestión de la DANA que afectó a la Comunitat Valenciana el 29 de octubre de 2024 que no tuvo conocimiento de la magnitud del episodio meteorológico hasta poco antes de las 20.00 horas de ese día y que el entonces president de la Generalitat, Carlos Mazón, no le informó en tiempo real de la evolución de la emergencia.

Feijóo ha realizado estas manifestaciones durante su declaración por videoconferencia ante la magistrada del Juzgado que instruye la causa, después de que esta aceptara su comparecencia a distancia al amparo del artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite este formato para autoridades de alto rango.

Declaración por videoconferencia ante la jueza de la DANA

El líder de la oposición ha comparecido desde el Congreso de los Diputados, donde ha sido fotografiado a su entrada antes de conectarse con el juzgado de Valencia. En su testimonio, Feijóo ha explicado que la información que recibió durante la tarde del 29 de octubre fue parcial y fragmentaria, y que no fue consciente de la gravedad de la situación hasta avanzada la tarde.

Según ha detallado, no existió una comunicación constante ni directa con Mazón durante las horas críticas de la emergencia, y ha insistido en que no recibió datos actualizados “minuto a minuto” sobre el impacto de la DANA, que provocó graves inundaciones y numerosas incidencias en distintos puntos del territorio valenciano.

Mensajes aportados al juzgado

En el marco de la investigación judicial, Feijóo ha remitido al juzgado los mensajes intercambiados con Carlos Mazón el día de la DANA. La documentación fue enviada en dos tandas, los días 24 de diciembre de 2025 y 2 de enero de 2026, y forma ya parte de las diligencias del caso.

Estos mensajes, según fuentes conocedoras del procedimiento, reflejan contactos puntuales pero no una coordinación permanente durante la jornada en la que se produjeron los episodios más intensos del temporal.

Investigación sobre la gestión de la emergencia

La jueza investiga si hubo fallos en la cadena de información y en la toma de decisiones durante la DANA, especialmente en lo relativo a la activación de alertas y a la comunicación entre administraciones. En este contexto, la declaración de Feijóo busca esclarecer cuándo y cómo tuvo conocimiento la dirección nacional del PP de la situación que se estaba viviendo en la Comunitat Valenciana.

El presidente popular ha defendido que la gestión operativa de la emergencia correspondía a la Generalitat Valenciana y a los servicios autonómicos de protección civil, y ha reiterado que su papel fue el de seguir la información disponible en cada momento, sin intervenir directamente en la toma de decisiones técnicas.

Un testimonio clave en la causa

La comparecencia de Feijóo se suma a otras declaraciones relevantes en una investigación que continúa avanzando y que mantiene el foco en las horas críticas previas y posteriores a la DANA. La magistrada deberá ahora valorar el contenido de los mensajes aportados y el alcance de las responsabilidades políticas y administrativas derivadas de la gestión del temporal.

Así es Nuria Ruiz Torraba, la jueza encargada de la investigación de la DANA

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

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