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Valencia

Esta es la sentencia a Alfonso Grau por malversación

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Alfonso Grau sentencia

Condena a Alfonso Grau, exvicealcalde de València, por financiación irregular

Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia

El exvicealcalde de València con el PP y mano derecha de la fallecida Rita Barberá, Alfonso Grau, ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por la pieza A del caso Imelsa. Esta pieza está relacionada con una financiación irregular en las campañas electorales del PP de València en 2007 y 2011 a través de donaciones y pagos de empresas.

Grau, que durante el procedimiento se definió como una «víctima», ha sido condenado a esta pena de prisión por un delito de malversación de caudales públicos con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Además, estará inhabilitado durante nueve años para empleo o cargo público y deberá indemnizar al Ayuntamiento con un total de 388.150 euros, según la resolución de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia.

Condena adicional y otros acusados

A Grau, para quien la Fiscalía reclamaba nueve años y dos meses de prisión por malversación, cohecho y falsedad documental, se le ha condenado por un delito continuado de cohecho con la atenuante analógica de dilaciones indebidas al pago de una multa de cinco millones de euros y a dos años de suspensión de empleo o cargo público.

Por su parte, al exdirector de la Fundación Turismo Valencia, José Salinas, se le ha impuesto una pena de cuatro años de cárcel como cooperador necesario de un delito de malversación y se le han fijado ocho años de inhabilitación. También deberá indemnizar al consistorio, conjunta y solidariamente con Grau, en un total de 210.000 euros.

Los otros dos acusados en esta pieza, el exedil y exresponsable del Centro de Estrategias y Desarrollo (CEyD), Juan Eduardo Santón, y la exsecretaria del PP en el Ayuntamiento Mari Carmen García-Fuster, han sido absueltos por falta de pruebas, según la resolución que es recurrible ante el Tribunal Supremo en casación.

Desvío de fondos por parte de Grau

El tribunal considera probado que Grau, condenado en 2022 a nueve meses de prisión por aceptar relojes de alta gama por parte de un empresario que suscribió 16 contratos con el Ayuntamiento entre 2006 y 2015, desvió fondos de la Fundación Turismo (FTVBC) y de la Asociación Centro de Estrategias y Desarrollo. Estas entidades recibían aportaciones económicas del consistorio y los fondos se utilizaron para sufragar gastos generados por la campaña electoral municipal del PP de 2007.

La FTVBC, entidad de carácter privado financiada con aportaciones municipales y destinada a la promoción turística de la ciudad de Valencia, abonó al menos 210.000 euros a la empresa que gestionaba la campaña electoral para el PP, Laterne Product Council (LPC), según la Audiencia.

De igual manera, CEyD, dedicada al desarrollo económico, cultural, social y tecnológico de Valencia y financiada mayoritariamente con dinero municipal, pagó 178.150 euros a la misma empresa. La sentencia mantiene que dichos pagos se efectuaron por decisión de Alfonso Grau, investigado también en el conocido como caso Azud, y que José Salinas colaboró en la ejecución de los mismos.

Aportaciones de empresas contratistas

La resolución también considera probado que LPC recibió aportaciones de diversas empresas contratistas con el Consistorio que se dedicaron a sufragar gastos de las actividades de la campaña electoral del PP de 2007 y que se efectuaron bajo la apariencia de pagos por prestaciones que realmente no se habían realizado.

Estos empresarios hicieron dichos pagos para «significarse ante quienes podían continuar siendo responsables del gobierno municipal» a fin de «apoyar que la candidatura del Partido Popular continuara gobernando y poder, así, beneficiarse en el futuro de un trato favorable por parte del Ayuntamiento, de las empresas públicas municipales y de cualesquiera otras entidades en cuyas decisiones pudieran intervenir los gobernantes municipales», según detalla la sentencia.

El tribunal ha dictaminado que esos pagos se hicieron a petición de Alfonso Grau, «quien se prevalió de la posición que ocupaba como teniente de alcalde del Ayuntamiento para conseguir aportaciones económicas de las empresas que mantenían relaciones económicas con la Corporación Local por importes relevantes o que podían tener interés en poder acceder a contratar con el Ayuntamiento».

En todo caso, lo hicieron «en atención a la posición de poder que él ocupaba y a la capacidad que podía haber desplegado o podía en el futuro desplegar para poder influir en la contratación municipal».

Campaña de 2011

Sin embargo, el tribunal difiere de los hechos acusatorios en la campaña de 2011. Entiende que no hay una prueba evidente del origen de los fondos utilizados por el PP para sufragar los gastos electorales. «La prueba existente y analizada no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados», precisan los magistrados.

Aunque el pago de gastos electorales con los saldos de la cuenta del grupo municipal popular se efectuaron «al margen de la contabilidad del PP y con incumplimiento de las exigencias de la legislación sobre financiación de partidos políticos y de la legislación electoral», esos hechos, cuando se cometieron, no eran constitutivos del delito de financiación ilegal, añade el Tribunal.

En este caso, a diferencia del año 2007, no se ha contado con testimonios de trabajadores que ofrecieran información que permitiera afirmar que los pagos no se correspondían con trabajo alguno. En 2007 se contaba con información adicional que permitía excluir las dudas racionales: había un testimonio incriminatorio –Jesús Gordillo, exasesor de Grau–, documentación que atribuía a empresas aportaciones concretas para financiar la campaña y testimonios de trabajadores que corroboraban la hipótesis de que las facturas existentes o los pagos efectuados tenían el fin ilícito afirmado por las acusaciones.

En el presente caso, en cambio, la prueba existente no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados.

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Valencia

Esta es la nueva normativa de apartamentos turísticos en Valencia

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Viviendas turísticas España
Dos turistas recorren con sus maletas el casco antiguo de la ciudad de València. EFE/Manuel Bruque/Archivo

El Ayuntamiento de València ha presentado a la Federación de Asociaciones Vecinales de Valencia la nueva normativa de apartamentos turísticos, una de las más restrictivas del país, que incorpora gran parte de las demandas del vecindario.

El texto, que será aprobado previsiblemente en el Pleno municipal del próximo 31 de marzo, marca un antes y un después en la regulación de las viviendas de uso turístico (VUT) en València.


🏘️ Objetivo: proteger la vivienda y mejorar la convivencia

El concejal de Urbanismo, Juan Giner, ha destacado que la norma pone el foco en dos prioridades:

  • Garantizar la convivencia vecinal
  • Proteger el uso residencial de la vivienda

Según ha señalado, “todas las viviendas turísticas serán legales o no serán”, subrayando la firme intención del consistorio de acabar con la oferta ilegal.


📊 Tres niveles de protección para limitar los apartamentos turísticos

La nueva normativa introduce un sistema pionero de tres umbrales de protección acumulativos que se aplican por barrio, distrito y manzana:

  1. Límite del 8%: las plazas turísticas no podrán superar el 8% de la población empadronada
  2. Límite del 2%: máximo de viviendas destinadas a uso turístico por barrio o distrito
  3. Límite del 15%: restricción de alojamientos turísticos en plantas bajas por manzana

Estos tres “candados” operan de forma simultánea, lo que dificulta notablemente la creación de nuevos apartamentos turísticos.


🏢 Condiciones más estrictas para nuevas viviendas turísticas

Además de los límites anteriores, la normativa establece requisitos clave:

  • Solo podrán ubicarse en planta baja o primera planta
  • Siempre por debajo del uso residencial
  • Deberán tener acceso independiente desde la calle
  • Necesitarán el apoyo de tres quintos de la comunidad de propietarios

Según Giner, cumplir todas estas condiciones “convierte en misión casi imposible” abrir nuevos apartamentos turísticos.


📍 Excepción en Ciutat Vella

El distrito de Ciutat Vella queda fuera de esta normativa, ya que cuenta con su propio Plan Especial de regulación turística.


📝 Más control: censo público y plan de inspecciones

La regulación incluye medidas para reforzar la transparencia y luchar contra la ilegalidad:

  • Creación del Censo de Alojamientos Turísticos (CATAV), de acceso público
  • Plan específico de inspecciones
  • Clausura de establecimientos sin licencia

Además, el censo incluirá todos los tipos de alojamientos turísticos: hoteles, apartamentos, albergues y viviendas turísticas.


🔄 Facilidades para volver a vivienda residencial

Una de las novedades destacadas es la posibilidad de revertir apartamentos turísticos a uso residencial.

La norma establece un plazo de un año desde su entrada en vigor para facilitar esta conversión, con condiciones más flexibles en determinados supuestos.


🤝 Respuesta a las demandas vecinales

El texto definitivo incorpora gran parte de las peticiones de la Federación de Asociaciones Vecinales de Valencia tras analizar 117 alegaciones durante el periodo de exposición pública.

Entre las demandas atendidas destacan:

  • Control de la saturación turística
  • Mayor transparencia
  • Refuerzo de la inspección

⚖️ Límites legales y propuestas rechazadas

El Ayuntamiento ha descartado algunas propuestas más restrictivas, como:

  • Prohibir completamente la compatibilidad entre uso turístico y residencial
  • Revocar licencias existentes

Según Juan Giner, estas medidas vulnerarían normativas como la Directiva de Servicios 2006/123/CE o la Ley de Unidad de Mercado.


📅 Entrada en vigor

La normativa entrará en vigor un mes después de su aprobación definitiva, sustituyendo la moratoria vigente desde mayo de 2024 (y ampliada en enero de 2025).


🏙️ València endurece el control turístico

Con esta nueva regulación, València se posiciona como una de las ciudades españolas con mayor control sobre los apartamentos turísticos, en un contexto de creciente presión sobre la vivienda.

El objetivo: equilibrar el desarrollo turístico con el derecho a la vivienda y la calidad de vida de los vecinos.


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