Valencia
Esta es la sentencia a Alfonso Grau por malversación
Publicado
hace 1 añoen
Condena a Alfonso Grau, exvicealcalde de València, por financiación irregular
Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia
El exvicealcalde de València con el PP y mano derecha de la fallecida Rita Barberá, Alfonso Grau, ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por la pieza A del caso Imelsa. Esta pieza está relacionada con una financiación irregular en las campañas electorales del PP de València en 2007 y 2011 a través de donaciones y pagos de empresas.
Grau, que durante el procedimiento se definió como una «víctima», ha sido condenado a esta pena de prisión por un delito de malversación de caudales públicos con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Además, estará inhabilitado durante nueve años para empleo o cargo público y deberá indemnizar al Ayuntamiento con un total de 388.150 euros, según la resolución de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia.
Condena adicional y otros acusados
A Grau, para quien la Fiscalía reclamaba nueve años y dos meses de prisión por malversación, cohecho y falsedad documental, se le ha condenado por un delito continuado de cohecho con la atenuante analógica de dilaciones indebidas al pago de una multa de cinco millones de euros y a dos años de suspensión de empleo o cargo público.
Por su parte, al exdirector de la Fundación Turismo Valencia, José Salinas, se le ha impuesto una pena de cuatro años de cárcel como cooperador necesario de un delito de malversación y se le han fijado ocho años de inhabilitación. También deberá indemnizar al consistorio, conjunta y solidariamente con Grau, en un total de 210.000 euros.
Los otros dos acusados en esta pieza, el exedil y exresponsable del Centro de Estrategias y Desarrollo (CEyD), Juan Eduardo Santón, y la exsecretaria del PP en el Ayuntamiento Mari Carmen García-Fuster, han sido absueltos por falta de pruebas, según la resolución que es recurrible ante el Tribunal Supremo en casación.
Desvío de fondos por parte de Grau
El tribunal considera probado que Grau, condenado en 2022 a nueve meses de prisión por aceptar relojes de alta gama por parte de un empresario que suscribió 16 contratos con el Ayuntamiento entre 2006 y 2015, desvió fondos de la Fundación Turismo (FTVBC) y de la Asociación Centro de Estrategias y Desarrollo. Estas entidades recibían aportaciones económicas del consistorio y los fondos se utilizaron para sufragar gastos generados por la campaña electoral municipal del PP de 2007.
La FTVBC, entidad de carácter privado financiada con aportaciones municipales y destinada a la promoción turística de la ciudad de Valencia, abonó al menos 210.000 euros a la empresa que gestionaba la campaña electoral para el PP, Laterne Product Council (LPC), según la Audiencia.
De igual manera, CEyD, dedicada al desarrollo económico, cultural, social y tecnológico de Valencia y financiada mayoritariamente con dinero municipal, pagó 178.150 euros a la misma empresa. La sentencia mantiene que dichos pagos se efectuaron por decisión de Alfonso Grau, investigado también en el conocido como caso Azud, y que José Salinas colaboró en la ejecución de los mismos.
Aportaciones de empresas contratistas
La resolución también considera probado que LPC recibió aportaciones de diversas empresas contratistas con el Consistorio que se dedicaron a sufragar gastos de las actividades de la campaña electoral del PP de 2007 y que se efectuaron bajo la apariencia de pagos por prestaciones que realmente no se habían realizado.
Estos empresarios hicieron dichos pagos para «significarse ante quienes podían continuar siendo responsables del gobierno municipal» a fin de «apoyar que la candidatura del Partido Popular continuara gobernando y poder, así, beneficiarse en el futuro de un trato favorable por parte del Ayuntamiento, de las empresas públicas municipales y de cualesquiera otras entidades en cuyas decisiones pudieran intervenir los gobernantes municipales», según detalla la sentencia.
El tribunal ha dictaminado que esos pagos se hicieron a petición de Alfonso Grau, «quien se prevalió de la posición que ocupaba como teniente de alcalde del Ayuntamiento para conseguir aportaciones económicas de las empresas que mantenían relaciones económicas con la Corporación Local por importes relevantes o que podían tener interés en poder acceder a contratar con el Ayuntamiento».
En todo caso, lo hicieron «en atención a la posición de poder que él ocupaba y a la capacidad que podía haber desplegado o podía en el futuro desplegar para poder influir en la contratación municipal».
Campaña de 2011
Sin embargo, el tribunal difiere de los hechos acusatorios en la campaña de 2011. Entiende que no hay una prueba evidente del origen de los fondos utilizados por el PP para sufragar los gastos electorales. «La prueba existente y analizada no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados», precisan los magistrados.
Aunque el pago de gastos electorales con los saldos de la cuenta del grupo municipal popular se efectuaron «al margen de la contabilidad del PP y con incumplimiento de las exigencias de la legislación sobre financiación de partidos políticos y de la legislación electoral», esos hechos, cuando se cometieron, no eran constitutivos del delito de financiación ilegal, añade el Tribunal.
En este caso, a diferencia del año 2007, no se ha contado con testimonios de trabajadores que ofrecieran información que permitiera afirmar que los pagos no se correspondían con trabajo alguno. En 2007 se contaba con información adicional que permitía excluir las dudas racionales: había un testimonio incriminatorio –Jesús Gordillo, exasesor de Grau–, documentación que atribuía a empresas aportaciones concretas para financiar la campaña y testimonios de trabajadores que corroboraban la hipótesis de que las facturas existentes o los pagos efectuados tenían el fin ilícito afirmado por las acusaciones.
En el presente caso, en cambio, la prueba existente no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados.
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Valencia
“La última vez que hablé con él, el agua le llegaba a las rodillas”
Publicado
hace 1 díaen
14 noviembre, 2025
“La última vez que hablé con él el agua le llegaba a las rodillas”: la estremecedora conversación de la hija de un usuario de teleasistencia durante la DANA en Valencia
La investigación judicial sobre la gestión de la devastadora DANA que golpeó la provincia de Valencia y dejó 229 víctimas mortales continúa aportando testimonios que reflejan la magnitud de la tragedia. La jueza que instruye el caso en Catarroja (Valencia) ha incorporado recientemente una nueva transcripción de llamadas registradas en el servicio de teleasistencia, un documento que vuelve a poner el foco en la desesperación vivida durante aquellas horas críticas.
Entre estas conversaciones destaca la mantenida por la hija de un hombre de movilidad reducida, usuario del sistema de teleasistencia, que quedó atrapado en su casa mientras el nivel del agua subía peligrosamente. Su relato es sobrecogedor.
Un anciano atrapado y una llamada que hiela la sangre
Según la transcripción, el propio usuario avisó primero al servicio de que el agua ya había entrado en su vivienda:
“Tengo medio metro de agua en casa”, comunicó.
La operadora le pidió que tratara de refugiarse en un lugar elevado mientras intentaba contactar con su hija.
Poco después, la operadora volvió a hablar con él para informarle de que su familiar estaba intentando llegar para rescatarlo. Sin embargo, la situación empeoraba a cada minuto.
La angustia de una hija que no puede llegar
La llamada entre la hija y la operadora refleja la impotencia de quienes trataban de llegar a sus seres queridos mientras las carreteras quedaban inutilizadas:
-
“Mi padre es de movilidad reducida, estamos atrapados en la carretera… No podemos acceder porque el agua… nos vamos a cubrir nosotros también.”
-
“Él está solo en la casa… la última vez que pude hablar con él dice que el agua le llegaba a las rodillas.”
La operadora, visiblemente desbordada por la situación, trata de tranquilizarla mientras reconoce la saturación del servicio:
“El 112 no coge el teléfono… Está toda Valencia igual.”
La comunicación se corta con la incertidumbre de no saber si el hombre continuaba a salvo.
La jueza pide explicaciones: ¿hubo avisos previos?
La magistrada Nuria Ruiz Tobarra ha solicitado a la Conselleria de Emergencias que, en un plazo máximo de tres días, informe si los centros de intermediación del servicio de teleasistencia recibieron alguna orden oficial los días 28 y 29 de octubre de 2024 para alertar a los usuarios —directamente o a través de sus familiares— del riesgo extremo asociado a la DANA.
Esta diligencia apunta a determinar si existieron fallos en los protocolos de aviso y prevención, una de las cuestiones clave en la investigación sobre la catástrofe.
Una tragedia que dejó huella en toda Valencia
La DANA del 29 de octubre de 2024 arrasó amplias zonas de la provincia, destruyó viviendas, aisló núcleos completos y provocó una emergencia sin precedentes. Los testimonios recopilados en la causa reflejan la falta de medios, la saturación de los servicios de emergencia y la angustia vivida en miles de hogares.
Conclusión
La estremecedora conversación entre esta hija y el servicio de teleasistencia se ha convertido en una pieza clave dentro de la investigación judicial. Más allá de los datos, muestra el lado más humano de una tragedia que dejó a cientos de familias a merced del agua y la incertidumbre.
La justicia busca ahora determinar si se actuó con la diligencia necesaria y si se pudieron evitar algunas de las consecuencias más fatales de una DANA que marcó un antes y un después en la Comunidad Valenciana.
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