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Valencia

Esta es la sentencia a Alfonso Grau por malversación

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Alfonso Grau sentencia

Condena a Alfonso Grau, exvicealcalde de València, por financiación irregular

Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia

El exvicealcalde de València con el PP y mano derecha de la fallecida Rita Barberá, Alfonso Grau, ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por la pieza A del caso Imelsa. Esta pieza está relacionada con una financiación irregular en las campañas electorales del PP de València en 2007 y 2011 a través de donaciones y pagos de empresas.

Grau, que durante el procedimiento se definió como una «víctima», ha sido condenado a esta pena de prisión por un delito de malversación de caudales públicos con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Además, estará inhabilitado durante nueve años para empleo o cargo público y deberá indemnizar al Ayuntamiento con un total de 388.150 euros, según la resolución de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia.

Condena adicional y otros acusados

A Grau, para quien la Fiscalía reclamaba nueve años y dos meses de prisión por malversación, cohecho y falsedad documental, se le ha condenado por un delito continuado de cohecho con la atenuante analógica de dilaciones indebidas al pago de una multa de cinco millones de euros y a dos años de suspensión de empleo o cargo público.

Por su parte, al exdirector de la Fundación Turismo Valencia, José Salinas, se le ha impuesto una pena de cuatro años de cárcel como cooperador necesario de un delito de malversación y se le han fijado ocho años de inhabilitación. También deberá indemnizar al consistorio, conjunta y solidariamente con Grau, en un total de 210.000 euros.

Los otros dos acusados en esta pieza, el exedil y exresponsable del Centro de Estrategias y Desarrollo (CEyD), Juan Eduardo Santón, y la exsecretaria del PP en el Ayuntamiento Mari Carmen García-Fuster, han sido absueltos por falta de pruebas, según la resolución que es recurrible ante el Tribunal Supremo en casación.

Desvío de fondos por parte de Grau

El tribunal considera probado que Grau, condenado en 2022 a nueve meses de prisión por aceptar relojes de alta gama por parte de un empresario que suscribió 16 contratos con el Ayuntamiento entre 2006 y 2015, desvió fondos de la Fundación Turismo (FTVBC) y de la Asociación Centro de Estrategias y Desarrollo. Estas entidades recibían aportaciones económicas del consistorio y los fondos se utilizaron para sufragar gastos generados por la campaña electoral municipal del PP de 2007.

La FTVBC, entidad de carácter privado financiada con aportaciones municipales y destinada a la promoción turística de la ciudad de Valencia, abonó al menos 210.000 euros a la empresa que gestionaba la campaña electoral para el PP, Laterne Product Council (LPC), según la Audiencia.

De igual manera, CEyD, dedicada al desarrollo económico, cultural, social y tecnológico de Valencia y financiada mayoritariamente con dinero municipal, pagó 178.150 euros a la misma empresa. La sentencia mantiene que dichos pagos se efectuaron por decisión de Alfonso Grau, investigado también en el conocido como caso Azud, y que José Salinas colaboró en la ejecución de los mismos.

Aportaciones de empresas contratistas

La resolución también considera probado que LPC recibió aportaciones de diversas empresas contratistas con el Consistorio que se dedicaron a sufragar gastos de las actividades de la campaña electoral del PP de 2007 y que se efectuaron bajo la apariencia de pagos por prestaciones que realmente no se habían realizado.

Estos empresarios hicieron dichos pagos para «significarse ante quienes podían continuar siendo responsables del gobierno municipal» a fin de «apoyar que la candidatura del Partido Popular continuara gobernando y poder, así, beneficiarse en el futuro de un trato favorable por parte del Ayuntamiento, de las empresas públicas municipales y de cualesquiera otras entidades en cuyas decisiones pudieran intervenir los gobernantes municipales», según detalla la sentencia.

El tribunal ha dictaminado que esos pagos se hicieron a petición de Alfonso Grau, «quien se prevalió de la posición que ocupaba como teniente de alcalde del Ayuntamiento para conseguir aportaciones económicas de las empresas que mantenían relaciones económicas con la Corporación Local por importes relevantes o que podían tener interés en poder acceder a contratar con el Ayuntamiento».

En todo caso, lo hicieron «en atención a la posición de poder que él ocupaba y a la capacidad que podía haber desplegado o podía en el futuro desplegar para poder influir en la contratación municipal».

Campaña de 2011

Sin embargo, el tribunal difiere de los hechos acusatorios en la campaña de 2011. Entiende que no hay una prueba evidente del origen de los fondos utilizados por el PP para sufragar los gastos electorales. «La prueba existente y analizada no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados», precisan los magistrados.

Aunque el pago de gastos electorales con los saldos de la cuenta del grupo municipal popular se efectuaron «al margen de la contabilidad del PP y con incumplimiento de las exigencias de la legislación sobre financiación de partidos políticos y de la legislación electoral», esos hechos, cuando se cometieron, no eran constitutivos del delito de financiación ilegal, añade el Tribunal.

En este caso, a diferencia del año 2007, no se ha contado con testimonios de trabajadores que ofrecieran información que permitiera afirmar que los pagos no se correspondían con trabajo alguno. En 2007 se contaba con información adicional que permitía excluir las dudas racionales: había un testimonio incriminatorio –Jesús Gordillo, exasesor de Grau–, documentación que atribuía a empresas aportaciones concretas para financiar la campaña y testimonios de trabajadores que corroboraban la hipótesis de que las facturas existentes o los pagos efectuados tenían el fin ilícito afirmado por las acusaciones.

En el presente caso, en cambio, la prueba existente no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados.

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Fallas

El montaje de carpas falleras en València desafía a la lluvia en pleno arranque de las Fallas 2026

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OFFICIAL PRESS ARCHIVO

Las intensas lluvias que afectan estos días a la ciudad no han frenado uno de los momentos clave del calendario festivo: el montaje de las carpas falleras en València. A pesar del mal tiempo registrado durante la noche y la jornada de este jueves, las comisiones continúan instalando estas estructuras en las calles con motivo de las Fallas de València.

Las precipitaciones sí han obligado a cancelar la quinta mascletà del programa oficial, prevista para este 5 de marzo, pero no han detenido el trabajo de los falleros, que siguen preparando los espacios donde se celebrarán gran parte de los actos sociales de la fiesta.


Las carpas falleras empiezan a llenar las calles de València

Las primeras carpas comenzaron a instalarse el miércoles 4 de marzo, primer día autorizado para iniciar el montaje según el Bando Fallero aprobado por el Ayuntamiento de València.

Este documento regula cada año el desarrollo de las fiestas y dedica un apartado específico a las carpas falleras, donde se establecen tanto los plazos de instalación como las condiciones que deben cumplir estas estructuras temporales.

Según la normativa municipal, la instalación general de carpas en la vía pública o en espacios de titularidad municipal está autorizada desde el 6 de marzo hasta las 7:00 horas del 21 de marzo, una vez finalicen las Fallas.


Excepciones para montar carpas antes del 6 de marzo

El Bando Fallero contempla algunas excepciones que permiten adelantar el montaje. Entre ellas se encuentran las carpas instaladas en:

  • Solares

  • Zonas ajardinadas

  • Espacios peatonales

Además, desde este 5 de marzo también pueden colocarse carpas ubicadas en zonas de aparcamiento o en calles con tráfico, siempre que no afecten a las líneas de la EMT València ni supongan el corte total de la circulación.


Carpas con más de 400 falleros también pueden adelantarse

Otra de las excepciones previstas afecta a las comisiones falleras con un gran número de integrantes. El bando permite adelantar el montaje a aquellas comisiones que, a 31 de diciembre de 2024, contaban con un censo igual o superior a 400 personas, siempre que la ubicación elegida no interfiera con el transporte público.

Estas carpas suelen requerir más tiempo de instalación debido a sus dimensiones y a la infraestructura necesaria para albergar actos, comidas y actividades durante los días grandes de las Fallas.


Restricciones si afectan al transporte público

El documento municipal también contempla limitaciones. En aquellos casos en los que una carpa pueda generar una afección importante al servicio de transporte público de la EMT València o provocar problemas significativos para la movilidad ciudadana, el Ayuntamiento puede fijar fechas de autorización posteriores para su montaje.


Las Fallas avanzan pendientes del cielo

Mientras las comisiones continúan preparando sus carpas y actividades, la meteorología sigue siendo protagonista en el arranque de las Fallas 2026. Las lluvias ya han provocado la primera suspensión del calendario pirotécnico y podrían afectar a otros actos si persisten en los próximos días.

Pese a ello, el ambiente festivo empieza a tomar forma en las calles de València, donde las carpas se convierten en el auténtico punto de encuentro del mundo fallero durante las jornadas más intensas de la fiesta.

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