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Valencia

Esta es la sentencia a Alfonso Grau por malversación

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Alfonso Grau sentencia

Condena a Alfonso Grau, exvicealcalde de València, por financiación irregular

Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia

El exvicealcalde de València con el PP y mano derecha de la fallecida Rita Barberá, Alfonso Grau, ha sido condenado a cuatro años y medio de prisión por la pieza A del caso Imelsa. Esta pieza está relacionada con una financiación irregular en las campañas electorales del PP de València en 2007 y 2011 a través de donaciones y pagos de empresas.

Grau, que durante el procedimiento se definió como una «víctima», ha sido condenado a esta pena de prisión por un delito de malversación de caudales públicos con la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. Además, estará inhabilitado durante nueve años para empleo o cargo público y deberá indemnizar al Ayuntamiento con un total de 388.150 euros, según la resolución de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia.

Condena adicional y otros acusados

A Grau, para quien la Fiscalía reclamaba nueve años y dos meses de prisión por malversación, cohecho y falsedad documental, se le ha condenado por un delito continuado de cohecho con la atenuante analógica de dilaciones indebidas al pago de una multa de cinco millones de euros y a dos años de suspensión de empleo o cargo público.

Por su parte, al exdirector de la Fundación Turismo Valencia, José Salinas, se le ha impuesto una pena de cuatro años de cárcel como cooperador necesario de un delito de malversación y se le han fijado ocho años de inhabilitación. También deberá indemnizar al consistorio, conjunta y solidariamente con Grau, en un total de 210.000 euros.

Los otros dos acusados en esta pieza, el exedil y exresponsable del Centro de Estrategias y Desarrollo (CEyD), Juan Eduardo Santón, y la exsecretaria del PP en el Ayuntamiento Mari Carmen García-Fuster, han sido absueltos por falta de pruebas, según la resolución que es recurrible ante el Tribunal Supremo en casación.

Desvío de fondos por parte de Grau

El tribunal considera probado que Grau, condenado en 2022 a nueve meses de prisión por aceptar relojes de alta gama por parte de un empresario que suscribió 16 contratos con el Ayuntamiento entre 2006 y 2015, desvió fondos de la Fundación Turismo (FTVBC) y de la Asociación Centro de Estrategias y Desarrollo. Estas entidades recibían aportaciones económicas del consistorio y los fondos se utilizaron para sufragar gastos generados por la campaña electoral municipal del PP de 2007.

La FTVBC, entidad de carácter privado financiada con aportaciones municipales y destinada a la promoción turística de la ciudad de Valencia, abonó al menos 210.000 euros a la empresa que gestionaba la campaña electoral para el PP, Laterne Product Council (LPC), según la Audiencia.

De igual manera, CEyD, dedicada al desarrollo económico, cultural, social y tecnológico de Valencia y financiada mayoritariamente con dinero municipal, pagó 178.150 euros a la misma empresa. La sentencia mantiene que dichos pagos se efectuaron por decisión de Alfonso Grau, investigado también en el conocido como caso Azud, y que José Salinas colaboró en la ejecución de los mismos.

Aportaciones de empresas contratistas

La resolución también considera probado que LPC recibió aportaciones de diversas empresas contratistas con el Consistorio que se dedicaron a sufragar gastos de las actividades de la campaña electoral del PP de 2007 y que se efectuaron bajo la apariencia de pagos por prestaciones que realmente no se habían realizado.

Estos empresarios hicieron dichos pagos para «significarse ante quienes podían continuar siendo responsables del gobierno municipal» a fin de «apoyar que la candidatura del Partido Popular continuara gobernando y poder, así, beneficiarse en el futuro de un trato favorable por parte del Ayuntamiento, de las empresas públicas municipales y de cualesquiera otras entidades en cuyas decisiones pudieran intervenir los gobernantes municipales», según detalla la sentencia.

El tribunal ha dictaminado que esos pagos se hicieron a petición de Alfonso Grau, «quien se prevalió de la posición que ocupaba como teniente de alcalde del Ayuntamiento para conseguir aportaciones económicas de las empresas que mantenían relaciones económicas con la Corporación Local por importes relevantes o que podían tener interés en poder acceder a contratar con el Ayuntamiento».

En todo caso, lo hicieron «en atención a la posición de poder que él ocupaba y a la capacidad que podía haber desplegado o podía en el futuro desplegar para poder influir en la contratación municipal».

Campaña de 2011

Sin embargo, el tribunal difiere de los hechos acusatorios en la campaña de 2011. Entiende que no hay una prueba evidente del origen de los fondos utilizados por el PP para sufragar los gastos electorales. «La prueba existente y analizada no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados», precisan los magistrados.

Aunque el pago de gastos electorales con los saldos de la cuenta del grupo municipal popular se efectuaron «al margen de la contabilidad del PP y con incumplimiento de las exigencias de la legislación sobre financiación de partidos políticos y de la legislación electoral», esos hechos, cuando se cometieron, no eran constitutivos del delito de financiación ilegal, añade el Tribunal.

En este caso, a diferencia del año 2007, no se ha contado con testimonios de trabajadores que ofrecieran información que permitiera afirmar que los pagos no se correspondían con trabajo alguno. En 2007 se contaba con información adicional que permitía excluir las dudas racionales: había un testimonio incriminatorio –Jesús Gordillo, exasesor de Grau–, documentación que atribuía a empresas aportaciones concretas para financiar la campaña y testimonios de trabajadores que corroboraban la hipótesis de que las facturas existentes o los pagos efectuados tenían el fin ilícito afirmado por las acusaciones.

En el presente caso, en cambio, la prueba existente no permite descartar que las facturas analizadas se correspondieran con trabajos efectivamente realizados.

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Lunes de Pascua: ¿dónde es festivo y qué hay abierto en Valencia?

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lunes de pascua
Varios personas disfrutan del sol en una terraza de la céntrica plaza de la Virgen de València. EFE/Manuel Bruque/Archivo

La Semana Santa 2026 entra en sus días clave y, aunque el Viernes Santo (3 de abril) será festivo en toda España, no ocurre lo mismo con el Lunes de Pascua (6 de abril), una fecha que solo es no laborable en algunas comunidades autónomas.

Este día marca el final del periodo vacacional en muchos territorios, pero en otros supone una extensión del descanso tras el Domingo de Resurrección, favoreciendo viajes, escapadas y mayor actividad turística.


¿Es festivo el Lunes de Pascua en España?

El Lunes de Pascua no es festivo nacional, por lo que cada comunidad autónoma decide si lo incluye dentro de su calendario laboral.

Según el calendario oficial publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), España cuenta con:

  • 8 festivos nacionales obligatorios
  • 4 festivos autonómicos
  • 2 festivos locales

Esto permite a cada territorio adaptar el calendario según sus tradiciones y necesidades.


Comunidades donde el 6 de abril de 2026 es festivo

En 2026, el Lunes de Pascua será festivo en siete comunidades autónomas:

  • Comunitat Valenciana
  • Cataluña
  • Baleares
  • Navarra
  • País Vasco
  • La Rioja
  • Castilla-La Mancha

En estos territorios, la Semana Santa se alarga hasta el lunes, generando un puente más largo que impulsa el turismo y el consumo.


Dónde no es festivo el Lunes de Pascua

En el resto de España, el 6 de abril será un día laborable, por lo que la actividad vuelve a la normalidad tras el fin de semana.

No obstante, existen excepciones a nivel municipal. Algunos ayuntamientos pueden fijar festivos locales, lo que puede alterar el calendario en determinadas ciudades.

Por este motivo, se recomienda consultar:

  • El calendario laboral autonómico
  • Las festividades locales de cada municipio

Diferencias en el calendario de Semana Santa en España

Cada comunidad organiza sus festivos de Semana Santa de forma distinta:

  • Algunas priorizan el Jueves Santo (2 de abril) como festivo autonómico
  • Otras optan por el Lunes de Pascua
  • En ciertos casos, se combinan ambas fechas

Esta flexibilidad explica por qué no todos los trabajadores disfrutan de los mismos días de descanso.


Impacto del Lunes de Pascua en turismo y consumo

El hecho de que el Lunes de Pascua sea festivo en varias comunidades tiene un efecto directo en:

  • El aumento de desplazamientos durante el fin de semana
  • La ocupación hotelera en destinos turísticos
  • La actividad en comercios y restauración

En regiones como la Comunitat Valenciana o Cataluña, este día es clave para alargar las vacaciones escolares y familiares.


Recomendación: consultar el calendario laboral

Dado que el calendario varía según el territorio, lo más recomendable es revisar:

  • El calendario laboral de tu comunidad
  • Los festivos locales de tu municipio

Así se evitan dudas sobre si el Lunes de Pascua es laborable o festivo.


Un festivo clave en algunas comunidades

El Lunes de Pascua se consolida como una fecha importante en varias regiones de España, especialmente en el arco mediterráneo, donde forma parte de la tradición y permite extender el periodo festivo más allá del Domingo de Resurrección.


Centros comerciales abiertos en Valencia hoy, lunes 6 de abril: qué tiendas abren y por qué casi todo está cerrado

Este lunes 6 de abril, festivo de Lunes de Pascua en la Comunitat Valenciana, muchos consumidores se hacen la misma pregunta: ¿qué centros comerciales están abiertos en Valencia? La respuesta es clara: la mayoría de tiendas estarán cerradas, aunque hay excepciones.

La clave está en la normativa autonómica y en un concepto poco conocido: las Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT).


❌ Por qué están cerrados los centros comerciales en Valencia

Durante este festivo, el calendario comercial establece una de las jornadas más restrictivas del año. Aunque algunos municipios tienen libertad para abrir por ser ZGAT, Valencia y Alicante quedan excluidas específicamente en Lunes de Pascua.

Esto significa que en la ciudad de Valencia:

  • No pueden abrir tiendas ni grandes superficies
  • Sí pueden abrir restaurantes, cines y ocio

🏬 Centros comerciales cerrados en Valencia este 6 de abril

Entre los principales espacios comerciales que no abren sus tiendas este lunes se encuentran:

  • El Saler
  • Aqua Multiespacio
  • Arena Multiespacio
  • Nuevo Centro
  • El Corte Inglés

👉 Importante: las zonas de restauración y ocio sí pueden funcionar con normalidad.


🚫 Tampoco abren en el área metropolitana

La restricción no solo afecta a Valencia capital. Otros centros comerciales cercanos también permanecerán cerrados porque sus municipios no están considerados ZGAT.

Es el caso de:

  • Bonaire (Aldaia)
  • MN4 (Alfafar)
  • IKEA Valencia
  • Gran Turia (Xirivella)
  • El Osito (l’Eliana)
  • Las Américas (Torrent)
  • Parque Albán y Parque Ademuz (Burjassot)

✅ Qué centros comerciales sí abren cerca de Valencia

La alternativa está en municipios que sí tienen consideración de Zona de Gran Afluencia Turística.

Algunos centros que sí pueden abrir este lunes son:

  • El Manar (Massalfassar)
  • Vidanova Parc (Sagunto)
  • Epicentre (Sagunto)

👉 Estos complejos están a pocos kilómetros de Valencia y se convierten en la opción para quienes buscan tiendas abiertas.


📌 Claves que debes tener en cuenta

  • Es festivo en toda la Comunitat Valenciana
  • Las restricciones afectan solo al comercio minorista
  • Restauración y ocio tienen libertad horaria
  • La normativa depende del municipio

🧭 Qué es una ZGAT y por qué marca la diferencia

Las Zonas de Gran Afluencia Turística (ZGAT) permiten a los comercios abrir en domingos y festivos. Sin embargo, no todos los festivos están incluidos, y el Lunes de Pascua es una excepción en ciudades como Valencia.

Por eso, aunque la ciudad suele tener libertad comercial en muchas fechas, este día concreto queda fuera del calendario de aperturas.

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