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Ana Julia Quezada sobre el pequeño Gabriel: «No quería matarlo. Solo le tapé la boca y la nariz»

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Ana Julia Quezada intentó envenenar a su compañera de celda

Almería, 10 sept. – Ana Julia Quezada, autora confesa del crimen de Gabriel Cruz, el hijo de 8 años de su pareja ha señalado en su primera declaración del juicio que solo respondería a preguntas del ministerio fiscal y a las de su propia defensa.

Con un ‘Sí’, ha admitido haber acabado con la vida del pequeño Gabriel a la vez que lloraba, siendo acusada de los delitos de asesinato y lesiones psíquicas a los padres.

Aunque de forma contraria se ha declarado «inocente» al detallar que vio al menor dirigirse a ella con un hacha en la mano y que le dijo que era «fea», que no quería que estuviera con su padre y que se fuese a su país. «Le dije, te vas a hacer daño, deja el hacha. Me dijo: Tú a mí no me mandas, que no eres mi madre, que tienes la nariz fea, que no quiero que estés con mi padre, que quiero que te vayas a tu país», ha relatado Quezada en su declaración.

La reacción de la acusada, según su versión es que «simplemente le tapé la boca. No quería hacerle daño al niño, quería que se callara. Le puse la mano derecha en la boca y en la nariz, no recuerdo en la nuca o dónde», ha especificado asegurando que estaba «muy nerviosa».

Sobre cómo consiguió estar a solas con el pequeño, y en respuesta a la fiscal Elena Fernández, Quezada ha explicado que se había encontrado al niño entre unos matorrales, «a la derecha» de la salida de la vivienda de su abuela en Las Hortichuelas Bajas, en Níjar (Almería) y que le había dicho que lo llevaría con sus amigos en «10 o 20 minutos».

«Le dije, qué haces ahí. Me dijo que estaba haciendo tiempo para que comiesen los primos. Le pregunté si quería venirse conmigo aunque no pintemos, ventilamos la casa y te traigo en 10 o 20 minutos con tus amigos y se vino conmigo», ha afirmado.

Durante su declaración, Ana Julia Quezada también se ha manifestado sobre la relación con la madre del menor, admitiendo que no ha tenido «ningún problema nunca» con Patricia Ramírez, con quien ha asegurado que tenía una buena relación.

Quezada también ha indicado que los martes por la tarde recogía a Gabriel del colegio porque Ángel «tenía que ir a trabajar y a las ocho de la tarde lo llevaba el padre con su madre», ya que el régimen de visitas establecido entre los progenitores establecía que éste tuviese al niño los fines de semana alternos, martes y jueves.

Ha afirmado que su propia relación con el niño era «buena» y que no tuvo problemas con él, que únicamente una vez le dijo: «Qué nariz más fea tienes, parece que tengas una hostia en la nariz, pero no se lo tuve en cuenta, me reí».

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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