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Así queda el mapa de la desescalada en España a partir del próximo lunes

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El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha anunciado esta tarde los territorios que a partir del próximo lunes pasarán a las fases 2 y 3. Esto supondrá que un 52% de la población, más de 24 millones de personas, se incorporará a la fase 3; y un 48%, 23 millones de personas, podrá realizar las actividades recogidas en la fase 2.

El ministro ha anunciado también que el próximo martes se aprobará en Consejo de Ministros el real decreto que sentará las bases para una nueva normalidad, que se debatirá con las comunidades autónomas esta tarde en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Illa ha recordado que el proceso de transición a una nueva fase se lleva a cabo siguiendo el proceso de cogobernanza establecido. Como se viene realizando cada semana, el Ministerio de Sanidad mantiene reuniones bilaterales con las comunidades autónomas que presentan solicitudes para cambiar de fase u obtener una mayor flexibilización de las medidas.

Entre el miércoles y el jueves, el ministro y su equipo se han reunido con los técnicos y consejeros de 17 gobiernos regionales. Illa ha agradecido a las comunidades autónomas «el ejercicio inédito en materia de coordinación».

El ministro ha resaltado también el «buen funcionamiento y la efectividad del Estado de Alarma» y ha agradecido a la ciudadanía «el esfuerzo y la determinación al cumplir el confinamiento más estricto de Europa y uno de los más estrictos del mundo». No obstante, ha hecho un llamamiento a la prudencia en este tramo final del proceso de desescalada, para no dar pasos atrás en la lucha contra la COVID-19.

Las medidas establecidas para la fase 2 están detalladas en la orden del pasado 16 de mayo, disponible en el Boletín Oficial del Estado (BOE); así como las medidas de la fase 3, que publicó el BOE en una orden el pasado 30 de mayo.

Territorios que pasan a la fase 2

  • Castilla y León
  • Cataluña: región sanitaria de Barcelona con las regiones sanitarias Metropolitana Norte y Metropolitana Sur y Región sanitaria de Lleida.
  • Comunidad de Madrid

Territorios que pasan a la fase 3

  • Andalucía
  • Aragón
  • Asturias
  • Islas Baleares*
  • Canarias*
  • Cantabria
  • Castilla-La Mancha: Guadalajara y Cuenca
  • Cataluña: regiones sanitarias de Alt Pirineu i Aran, Terres de l’Ebre y Camp de Tarragona.
  • Extremadura
  • Galicia
  • La Rioja
  • Navarra
  • Melilla
  • Murcia
  • País Vasco

*Las Islas de Formentera (Baleares) y La Gomera, El Hierro y Graciosa (Canarias) ya pasaron a fase 3 el lunes 1 de junio.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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