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Así serán las navidades «diferentes» de este 2020
Publicado
hace 5 añosen
(EFE).- Movilidad entre comunidades solo para visitar familiares o allegados entre el 23 de diciembre al 6 de enero, salidas en Nochebuena y Nochevieja hasta la 1.30 horas y cenas y comidas de no más de 10 personas: así son las navidades «diferentes» que han pactado el Gobierno y autonomías para este 2020.
«En navidades nos quedamos en casa y evitamos todos los movimientos que sean prescindibles», ha resumido el ministro de Sanidad, Salvador Illa, el acuerdo que ha arrancado esta tarde a la mayoría de las comunidades en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y que será de obligado cumplimiento en todas ellas.
Todas menos Madrid han apoyado su cierre perimetral entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, salvo para las causas que ya están tasadas en el decreto de estado de alarma del pasado 25 de octubre, -causas médicas o laborales, entre otras- a las que se añaden los desplazamientos para visitar familiares o allegados de otra región.
Pero hay otras medidas que marcarán estas navidades marcadas por la pandemia de coronavirus:
– Limitación de entrada y salida entre comunidades autónomas: del 23 de diciembre al 6 de enero, comunidades y ciudades autónomas, excepto Baleares y Canarias, harán efectiva la limitación de entrada y salida salvo para aquellos desplazamientos ya justificados durante el estado de alarma, así como aquellos «que sean lugar de residencia habitual de familiares o allegados del desplazado».
Esta salvedad podrá aplicarse solo en días determinados a la vista de la evolución de la situación epidemiológica si así lo decide la comunidad.
– Encuentros con familiares y allegados: las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y del 1 de enero quedan condicionados a que no se supere el máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes; lo aconsejable en todo caso es que sean miembros del mismo grupo de convivencia.
– Limitación de la movilidad nocturna: en Nochebuena y Nochevieja esta restricción comenzará a más tardar a las 1:30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio. En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales.
– Eventos navideños: se recomiendan cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas.
No están permitidos eventos presenciales con elevada afluencia de público, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de «Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España».
– Centros residenciales socio-sanitarios: cuando los residentes realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, deben quedar restringidas a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable; a su reingreso es aconsejable la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa y en los días posteriores se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.
– Regreso a casa de estudiantes: se les insta a limitar las interacciones sociales y extremar las medidas de prevención los 10 días anteriores. Una vez en casa, deben limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre en lugar de en el interior.
– Restauración y hostelería: los establecimientos seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad. En el interior se garantizará una adecuada ventilación natural o mecánica.
«Nada de comer y beber en la vía pública», en palabras del ministro, a excepción de los espacios acondicionados para ello.
– Comercio: propone organizar las compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales, que deberán respetar el aforo previsto.
– Vía pública: favorecer un mayor uso del espacio público al aire libre para la ciudadanía y la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y comercio.
– Eventos deportivos y culturales no se podrán celebrar; en su lugar, se recomiendan modalidades de participación virtual. Las actividades navideñas tradicionales que se desarrollen en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto en la comunidad.
– Celebraciones religiosas: las ceremonias en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada comunidad. Se recomienda evitar los cantos y usar en su lugar música pregrabada, así como las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.), sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.
La celebración de eventos religiosos, tales como la misa del gallo, no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.
– Transporte: se traslada a las administraciones competentes la conveniencia de aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla. No obstante, siempre que sea posible, los desplazamientos es mejor que se hagan en transporte al aire libre.
– Coordinación: se recomienda establecer una coordinación efectiva con la Federación Española de Municipios y Provincias y las Federaciones Regionales de Municipios para informar de la situación epidemiológica y para acordar medidas que posibiliten el disfrute de unas celebraciones navideñas diferentes por parte de la ciudadanía con actividades al aire libre.
– Reforzar los mensajes sobre todas las medidas de prevención incluidas las relacionadas con la ventilación y las actividades al aire libre: las 6M (mascarilla, manos, metros, maximizar ventilación y actividades al aire libre, minimizar número de contactos y «Me quedo en casa si síntomas, diagnóstico o contacto»).
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¿Pueden multarte por no llevar la baliza V16 en Navidad?
Publicado
hace 14 horasen
19 diciembre, 2025
Tráfico priorizará la información a los conductores durante las fiestas antes de imponer multas por no usar la señal luminosa V16
A pocos días de la Navidad y con millones de desplazamientos previstos por carretera, muchos conductores se preguntan si pueden ser multados por no llevar la baliza V16, el nuevo dispositivo luminoso que sustituirá definitivamente a los triángulos de emergencia. La respuesta, al menos durante estas fechas, es tranquilizadora: la Guardia Civil de Tráfico aplicará un criterio flexible y dará prioridad a la información frente a la sanción.
Aunque la obligación legal de portar la baliza V16 entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la Agrupación de Tráfico ha anunciado que durante el periodo navideño los agentes no sancionarán de forma inmediata a los conductores que no utilicen este dispositivo en caso de avería o accidente. El objetivo es facilitar una transición progresiva y evitar confusión entre los usuarios de la vía.
Qué es la baliza V16 y por qué será obligatoria
La baliza V16 es una señal luminosa de emergencia con luz destellante y conectividad, diseñada para colocarse en el techo del vehículo sin necesidad de salir al arcén. Su función principal es señalizar un vehículo detenido y enviar automáticamente su ubicación a los sistemas de tráfico, reduciendo así el riesgo de atropellos.
Este nuevo sistema sustituirá por completo a los triángulos reflectantes, cuyo uso ha estado relacionado con numerosos accidentes mortales. Según datos de Tráfico, entre 25 y 30 personas fallecen cada año tras bajar del vehículo para colocar la señalización tradicional.
¿Qué vehículos están obligados a llevar la baliza V16?
De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán llevar obligatoriamente la baliza V16:
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Turismos
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Furgonetas
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Autobuses
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Camiones
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Vehículos mixtos
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Conjuntos de vehículos no especiales
En el caso de las motocicletas, su uso no es obligatorio, aunque la DGT recomienda encarecidamente llevarla por motivos de seguridad.
Multa por no llevar la baliza V16: importe y criterios
La sanción por no portar la baliza V16 está considerada infracción leve y conlleva una multa de hasta 80 euros, la misma cuantía que por no llevar los triángulos de preseñalización. Con pronto pago, la sanción se reduce a 40 euros.
No obstante, el jefe provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades, ha subrayado que el enfoque inicial será pedagógico. “No se trata de multar, sino de hacer un uso razonable de la nueva tecnología. Primero informaremos y, pasado un tiempo, si no se cumple la obligación, habrá que sancionar”, explicó.
Cremades también reconoció que el mercado puede estar “saturado” en los primeros días, pero confió en que “poco a poco, como siempre, la sociedad española cumplirá con esta obligación legal”.
Un cambio pensado para salvar vidas
Desde Tráfico insisten en que la implantación de la baliza V16 no tiene un fin recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial. Gracias a su conectividad, estos dispositivos permitirán que la presencia de un vehículo averiado aparezca en los navegadores y paneles de información, alertando al resto de conductores con antelación.
“Los triángulos han cumplido su función durante muchos años, pero ahora se sustituyen por un sistema más seguro. La efectividad de la baliza V16 se verá con el tiempo”, concluyó Cremades.
🔸 Qué balizas V16 son legales según la DGT
Solo las balizas homologadas y conectadas podrán utilizarse desde 2026. Estos dispositivos deben disponer de un certificado de ensayo, donde se indique el laboratorio que realizó las pruebas y su número de informe. Además, deben garantizar una autonomía mínima de 18 meses y estar siempre guardadas en el interior del vehículo, preferiblemente en la guantera.
La DGT mantiene publicada una lista oficial de modelos homologados, que incluyen conexión automática con la plataforma DGT 3.0, permitiendo localizar en tiempo real cualquier vehículo inmovilizado en la vía.
Según Ana Blanco, subdirectora de Circulación de la DGT,
“La baliza V16 conectada es el mejor ejemplo de cómo la conectividad puede salvar vidas en carretera”.
🔸 Por qué las balizas antiguas dejarán de ser válidas
Muchas tiendas aún comercializan balizas sin conexión, etiquetadas como “homologadas por la DGT”, pero estas quedarán obsoletas el 31 de diciembre de 2025. Su uso tras esa fecha supondrá una infracción leve, sancionada con 200 euros, ya que no transmitirán la ubicación del vehículo a la red de alertas de tráfico, incrementando el riesgo de accidente.
🔸 Cómo reconocer una baliza V16 legal
Antes de comprar una baliza, la DGT recomienda verificar que esté incluida en el listado oficial y que indique expresamente la conectividad DGT 3.0 o tecnología IoT. También conviene desconfiar de precios demasiado bajos o de productos sin número de informe visible en el envase.
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