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Aumentan los accidentes laborales mortales

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Aumentan los accidentes laborales mortales

València, 11 ago (OFFICIAL PRESS/EFE).- La Comunitat Valenciana ha registrado, en los seis primeros meses de este año, un total de 43 accidentes laborales mortales, 35 de ellos en jornada laboral y ocho ‘in itinere’, lo que supone un aumento del 22,8% respecto al mismo periodo de 2021, según el sindicado Comisiones Obreras (CCOO).

El número total de accidentes ha registrado un incremento del 6,3% respecto al año anterior, ha añadido CCOO, que reclama «un plan de choque específico y el desarrollo de medidas urgentes para paliar una situación devastadora que se ceba en la población más precaria».

Incremento de los accidentes laborales

Las estadísticas de siniestralidad, publicadas esta misma semana por el Ministerio de Trabajo, «confirman la consolidación de la tendencia de incremento de los accidentes laborales» en la Comunitat Valenciana, a la espera de los datos de accidentes mortales a causa de golpe de calor.

La técnica del Gabinete de Salud Laboral de CCOO PV, Mila Cano, destaca que «las cifras son necesarias para evaluar, analizar, proponer y sobre todo corregir y eliminar incumplimientos legales, pero no pueden hacernos olvidar que detrás de cada número hay una persona que ha perdido la salud, y en el peor de los casos la vida».

Las causas principales de este aumento de la siniestralidad, añade el sindicato, continúan siendo la falta de medidas preventivas específicas.

CCOO alerta de que «falta de incorporación de la gestión preventiva en la organización de la empresa, una prevención formal y documental que no evita ni riesgos ni daños, y una falta de inversión empresarial en mejorar el modelo productivo y las condiciones laborales, así como de la administración, potenciando sus Institutos Técnicos y la propia ITSS».

«Es imprescindible que cambie la cultura organizacional de nuestro tejido empresarial y es inadmisible que tras casi 30 años de la LPRL, la salud laboral continúe representado un contrato a la baja y externalizado con un servicio de prevención para entregar documentos», concluye el sindicato.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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