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Valencia

El Ayuntamiento de Valencia vuelve a autorizar los ‘bous al carrer’ en las pedanías

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Muere hombre corneado toro Dos Aguas

El Ayuntamiento de Valencia vuelve a autorizar los «bous al carrer» en las pedanías. Ha revocado el acuerdo de la Junta de Gobierno del 10 de junio de 2016 que prohibía la autorización de los ‘bous al carrer’ en las pedanías de la ciudad, después de que la Federación de Bous al Carrer de la Comunitat Valenciana haya retirado, como así se había consensuado con el consistorio, el recurso contencioso administrativo que había interpuesto contra la orden dictada por el entonces ejecutivo municipal, liderado por Joan Ribó, que impedía la celebración de los festejos taurinos.

El consistorio valenciano recuerda que existen «numerosos municipios gobernados por Compromís y PSPV donde se celebran estos festejos como Bonrenpos, Foios, Museros, Moncada».
El cambio de Gobierno, un «hecho trascendental»

El Ayuntamiento de Valencia autoriza los ‘bous al carrer’ en las pedanías

La Federació de Penyes del Bous al Carrer, en otro comunicado, ha defendido que interpusieron este recurso porque la orden prohibía en las pedanías de la ciudad del Valencia dichos festejos, «de forma inmotivada a nuestro juicio y en evidente agravio comparativo con los cientos de municipios valencianos en los que se seguían autorizando y celebrando». Sin embargo, explican que, «por responsabilidad institucional», después de que el nuevo Gobierno local de València mostrara la «firme voluntad» de acabar con esta prohibición, se ha decidido retirar ese recurso.

Defienden que con esta decisión se eliminan «los obstáculos que impedían la vuelta de los toros a València en todas sus modalidades» y aseguran que el cambio de Gobierno en la ciudad de València y la llegada de María José Catalá a la Alcaldía ha sido un «hecho trascendental» ya que «en su programa electoral incluía su compromiso con la conservación y defensa de las tradiciones valencianas y, en concreto, con la tauromaquia y los bous al carrer».

Ribó, tras la vuelta de los ‘bous’ a las pedanías: «Vuelve la tortura animal a València»

El portavoz de Compromís en el Ayuntamiento de València, Joan Ribó, ha considerado que tras la revocación del acuerdo de la Junta de Gobierno del 10 de junio de 2016 que prohibía la autorización de los ‘bous al carrer’ en las pedanías «vuelve la tortura animal» a la ciudad.

Así ha valorado, mediante su perfil en la red social X (antes Twitter), la medida del nuevo equipo de gobierno municipal del PP de dejar sin efecto el acuerdo de la Junta de Gobierno del 10 de junio de 2016, presidida entonces por el mismo Ribó cuando era alcalde de València, que prohibía la autorización de estos festejos taurinos.

De esta manera, el Ayuntamiento podrá autorizar de nuevo las solicitudes de utilización de la vía pública de las peñas en las pedanías. La resolución del Ayuntamiento que anula la orden del entonces gobierno municipal, formado por Compromís y el PSPV –el Govern de la Nau, en 2016–, se basa en un informe de servicios jurídicos y del secretario del consistorio que subraya que existe un decreto de la Generalitat que autoriza los festejos, por lo que fuentes municipales han defendido que la celebración de los mismos es «absolutamente legal».

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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