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Bankia concederá moratoria de hasta 6 meses en hipotecas y consumo a clientes afectados por el Covid-19

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MADRID, 27 Mar. (EUROPA PRESS) –

Bankia concederá una moratoria de hasta 6 meses en el pago del capital (no de intereses) en hipotecas y créditos al consumo de sus clientes que se hayan visto afectados por el impacto de las medidas adoptadas por el coronavirus Covid-19.

Así lo ha anunciado el presidente de la entidad, José Ignacio Goirigolzarri, durante su intervención en la junta de accionistas celebrada telemáticamente este viernes.

El banco ha decidido adoptar esta solución adicional a las establecidas en el real decreto de medidas urgentes aprobado por el Gobierno para hacer frente a esta situación.

En el ámbito empresarial, en colaboración con la Administración, Bankia ha subrayado que está siendo muy proactivo en adaptar las condiciones de pago y las nuevas líneas de financiación a todos sus clientes.

De este modo, se pondrá a disposición de clientes con necesidades de liquidez inmediata una cuenta de crédito puente hasta que las nuevas líneas con aval del Instituto Oficial de Crédito (ICO) estén operativas.

Goirigolzarri también ha asegurado estar adaptando sus procesos para ofrecer a los clientes nueva financiación y renovaciones de operaciones bajo el marco del primer tramo de 20.000 millones de euros de líneas de avales que el Gobierno anunció y que se canalizarán a través del ICO.

Asimismo, la entidad está flexibilizando el cobro de comisiones a los que tienen sus ingresos domiciliados en alguna cuenta, pero que hayan dejado de cumplir los requisitos para mantener su gratuidad por haber perdido su empleo o cualquier otra circunstancia relacionada con el impacto del Covid-19.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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