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El BOE publica el calendario laboral de 2026: nueve festivos comunes en toda España

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calendario laboral España

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes el calendario laboral de 2026, que recoge un total de nueve festivos nacionales comunes para toda España, la misma cifra que en 2025. La resolución ha sido emitida por la Dirección General de Trabajo y define los días festivos de carácter estatal, autonómico y local para el próximo año.

Nueve días festivos nacionales en 2026

En 2026, los días que serán festivos en todo el territorio español son los siguientes:

  • Jueves 1 de enero: Año Nuevo

  • Martes 6 de enero: Epifanía del Señor (Día de Reyes)

  • Viernes 3 de abril: Viernes Santo

  • Viernes 1 de mayo: Fiesta del Trabajo

  • Sábado 15 de agosto: Asunción de la Virgen

  • Lunes 12 de octubre: Fiesta Nacional de España

  • Domingo 1 de noviembre: Todos los Santos

  • Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción

  • Viernes 25 de diciembre: Navidad (Natividad del Señor)

Estos nueve festivos serán comunes a todas las comunidades autónomas, aunque cada región podrá añadir o mover algunos según su calendario propio.

Festivos autonómicos y locales

Además de los festivos nacionales, cada comunidad autónoma podrá trasladar o sustituir algunas celebraciones. Es el caso del Jueves Santo (2 de abril), que será festivo en toda España excepto en Cataluña y la Comunidad Valenciana.

Las autonomías también pueden incorporar fiestas tradicionales propias, como San José (19 de marzo) o Santiago Apóstol (25 de julio), y sustituir el descanso de los lunes que siguen a festivos nacionales que coinciden en domingo.

En total, los trabajadores disfrutarán de 14 días festivos en 2026, de los cuales dos serán locales —establecidos por cada ayuntamiento— y doce de carácter nacional o autonómico.

Cuatro puentes garantizados en 2026

El calendario laboral de 2026 ofrecerá al menos cuatro fines de semana largos en todo el país:

  1. Viernes 3 de abril (Viernes Santo)

  2. Viernes 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)

  3. Lunes 12 de octubre (Fiesta Nacional de España)

  4. Viernes 25 de diciembre (Navidad)

Estos días permitirán disfrutar de varios puentes laborales, especialmente en primavera, otoño y Navidad, según la distribución del calendario.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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