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Caso Palau | Desvelan que Camps y Rambla intervinieron en crear una sociedad dedicada a captar patrocinadores

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VALÈNCIA, 26 Nov.-La responsable jurídica del Palau de Les Arts de Valencia ha desvelado «presiones» de la Generalitat para pagar a Radcliffe, empresa administrada por Pablo Broseta, unas facturas relacionadas con la impresión de unos folletos en 2008. Así mismo, ha afirmado que para la creación y para el contrato con la sociedad Patrocini hubo «intervención política» y ha nombrado al expresidente del Consell Francisco Camps y al exvicepresidente Vicente Rambla.

Ana Jiménez se ha pronunciado así en su declaración como testigo en el juicio que se sigue en la Audiencia de Valencia contra el que fuera director financiero del Palau Ernesto Moreno; el presidente del consejo de administración de Patrocini, empresa vinculada al Palau y dedicada a captar patrocinadores, José Antonio Noguera Puchol; el consejero delegado de Patrocini, Joaquín Maldonado; y el excónsul de Francia en Valencia y administrador de la sociedad Radcliffe, mercantil que actuaba de intermediaria en las contrataciones, Pablo Broseta.

Jiménez, a preguntas del fiscal, ha dedicado parte de su intervención a hablar de los trabajos con la empresa Radcliffe y a su supervisión como jefa de los servicios jurídicos del Palau, inicialmente fue jefa de gabinete de la exintendente Helga Schmidt, fallecida recientemente.

La testigo ha expuesto problemas con los pagos a Radcliffe después de que se bloquearan por parte del responsable que había encargado los trabajos de impresión. «El problema fue, ha añadido, que el jefe de departamento, Xavier Colinas, dijo que no estaba de acuerdo con los precios porque pensaba que eran excesivos y por eso no liberaba las facturas para pagarlas».

Al respecto, ha afirmado que Schmidt le pidió que lo comprobase y «en una comparación superficial con otros dos festivales, los precios me parecían superiores». Así, en una nota suya que se le ha mostrado decía: «Ha sido en 2009 cuando esta empresa ha facturado lo que ellos han querido, como verás casi el doble».

En otro escrito suyo que se le ha exhibido indicaba: «El Palau, ante presiones, también por parte de la Generalitat, pese a no estar de acuerdo con las cantidades facturadas, pagó a Radcliffe». Sobre este texto ha precisado que no recuerda exactamente quién fue la persona que presionó pero sí ha narrado una conversación con Schmidt en la que ésta le refirió que había recibido una llamada de la Generalitat para interesarse por el pago a Radcliffe.

En relación con Patrocini, empresa de la que era consejera Schmidt, la testigo ha explicado que para su creación y la elaboración del contrato «hubo intervención a dos niveles de la Generalitat». El primero, cuando se presentó el proyecto por parte de Noguera, «se habló con Francisco Camps, expresidente de la Generalitat, y Vicente Rambla, exvicepresidente, y hubo participación política». El segundo, «cuando se redactó el contrato y cuando la consellera, Trini Miró, dio el OK».

Así, se firmó un primer contrato con Patrocini pese a reticencias porque se fijaba un cobro de un 10% por el mantenimiento de los patrocinadores con los que ya contaba el Palau. Además, había un informe de Vicente Garrido, entonces presidente del Consell Jurídic Consultiu (CJC), que informaba de que el contrato estaba excluido de la Ley de Contratos del Sector Público. El texto llegó tanto a la consellera como a Helga Schmidt, ha dicho.

Luego se firmó un segundo contrato con Patrocini que corregía ese 10% y sobre el que ya sí se efectuaron pagos por los patrocinadores adquiridos y los renovados.

La testigo también advirtió a la exintendente al respecto de que existía una incompatibilidad entre su cargo en el Palau y Patrocini, y ella, tras saberlo, «le dijo a Noguera que iba a dejar el consejo y envió una carta», ha expuesto.

La testigo ha comentado que Patrocini llegó a obtener algún patrocinador e incrementó algo los sponsors aunque también se perdieron patrocinadores, «pero por la crisis», ha apostillado.

En relación con el evento Viva Europa, inicialmente iba a asumir el coste la Generalitat, pero no fue así. De esta forma, ha explicado que el Palau pagó 300.000 euros a la empresa Viva Europa el primer año, en 2009. En los dos ejercicios siguientes, no pagó nada y se hizo cargo la mercantil al indicar que había sobrado dinero del primer año y tras conseguir a un patrocinador nuevo que aportó 100.000 euros.

VIVA EUROPA
Otra testigo que ha declarado este martes ha sido Silvia Alonso, exgerente de Patrocini. Ha afirmado que el evento Viva Europa 2009 costó entre 80.000 y 100.000 euros pero Patrocini facturó 300.000 euros al coliseo, tal y como se había pactado.

Alonso ha explicado que llegó a Patrocini de la mano de Maldonado, que fue quien contactó con ella y le comentó que había un proyecto en el que podía encajar. La testigo, prima de la mujer de este acusado, se dedicó a la captación y gestión de patrocinadores.

En relación con el evento Viva Europa, ha afirmado que se trataba de una iniciativa cultural europea para la retransmisión de ópera en todas las ciudades europeas y ha señalado que no sabe si organizó los actos Patrocini o una empresa llamada Viva Europa porque para ella ambas mercantiles «eran lo mismo».

Sobre el evento de 2009, la testigo ha manifestado que había un contrato entre Patrocini y el Palau y se estipulaban unos gastos fijos que pagaría el coliseo por los actos «en base a un coste estimado». Así, se abonaron 300.000 euros a la empresa pero a Patrocini le costó entre 80.000 ó 100.000 euros.

Preguntada por si aumentaron los patrocinadores del Palau con la entrada de Patrocini, ha comentado que sí, con cuatro más. Y respecto a si aumentaron los ingresos por mecenazgo ha dicho que la cantidad global disminuyó porque era una época de crisis y porque un patrocinador bajó su aportación en 250.000 euros.

FUENTE: EUROPA PRESS

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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