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Citados a declarar el presidente del Consejo y la directora de À Punt por una querella del PP por prevaricación

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EUROPA PRESS
VALÈNCIA, 2 May. (EUROPA PRESS) –

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Paterna (Valencia) ha citado a declarar en calidad de querellados al presidente del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC), Enrique Soriano, y la directora general de À Punt, Empar Marco, a raíz de la querella presentada por el PP por prevaricación tanto en la adjudicación de un contrato por 1,3 millones a una empresa para la producción de una serie como en contratos menores suscritos con diez personas físicas y de tres directivos sin cumplir los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

En un auto del pasado 26 de abril, al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado admite a trámite la querella, interpuesta por el diputado del PP Jorge Bellver, y acuerda la declaración de Soriano y Marco para el 20 de junio a las 10.00 horas.

Además, solicita a la CVMC y a la Societat Anònima de Mitjans de Comunicación (SAMC) que en 15 días remitan copia íntegra de los expedientes del contrato con la productora de la serie, de los contratos menores suscritos entre 2017 y 2018 con diez personas que posteriormente fueron trabajadores y de los de tres directivos: el de Contenido y Programación; de Explotación e Ingeniería y de la responsable de Informativos.

Asimismo, da traslado de estas actuaciones al ministerio fiscal para que emita un informe en relación a la declaración de esta causa como compleja. La resolución no era firme y contra ella cabía la presentación de recurso.

En la querella, el diputado ‘popular’ alegaba que la CVMC, representada por Soriano, adjudicó un contrato por 1,3 millones de euros a Mediterráneo Media Entertainment para producir ‘La Tramuntana’, una serie de 13 capítulos, procedimiento que no fue público, ni abierto a la concurrencia competitiva ni del que hubo publicidad.

SIN SOLVENCIA TÉCNICA NI ECONÓMICA
Al mismo tiempo, argumentaba que para la firma del contrato no se tuvo en cuenta la solvencia técnica ni económica de la adjudicataria, que en 2017 presentaba una cifra de negocio de 4.500 euros y a la que la CVMC pagó, a los pocos día de suscribirlo, 409.502 euros «sin que conste la recepción de ningún trabajo o prestación del servicio».

Por ello, el parlamentario calificaba de «arbitraria» esa adjudicación, y hecha «de forma ilícita» y «temeraria» al tratarse de «dinero público». En esta línea, apuntaba que el Síndic de Comptes también denunció ese pago anticipado en su Informe de Fiscalización.

En segundo lugar, denunciaba contratos menores a diez personas –por importe de 5.995 euros– para la realización de «informes» o «estudios» adjudicados «a dedo» a quienes luego se tenía intención de contratar, sin respetar los principios de «igualdad, mérito o capacidad», y que fueron contratos que después guardaron estrecha relación con la labor que desarrollaron como empleados. Entre ellos, figuran los de productoras, subdirectora de programación e informativos, periodista, jefe de redacción o director de contenidos e ingeniería.

Para el diputado, se trata de contratos que evidencian la «arbitrariedad» y la «irregularidad» de la contratación. En el mismo caso se encontraría la «contratación arbitraria» de personal directivo y sin el procedimiento legalmente previsto, es de decir «a dedo».

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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