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Citados a declarar el presidente del Consejo y la directora de À Punt por una querella del PP por prevaricación

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EUROPA PRESS
VALÈNCIA, 2 May. (EUROPA PRESS) –

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Paterna (Valencia) ha citado a declarar en calidad de querellados al presidente del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC), Enrique Soriano, y la directora general de À Punt, Empar Marco, a raíz de la querella presentada por el PP por prevaricación tanto en la adjudicación de un contrato por 1,3 millones a una empresa para la producción de una serie como en contratos menores suscritos con diez personas físicas y de tres directivos sin cumplir los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

En un auto del pasado 26 de abril, al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado admite a trámite la querella, interpuesta por el diputado del PP Jorge Bellver, y acuerda la declaración de Soriano y Marco para el 20 de junio a las 10.00 horas.

Además, solicita a la CVMC y a la Societat Anònima de Mitjans de Comunicación (SAMC) que en 15 días remitan copia íntegra de los expedientes del contrato con la productora de la serie, de los contratos menores suscritos entre 2017 y 2018 con diez personas que posteriormente fueron trabajadores y de los de tres directivos: el de Contenido y Programación; de Explotación e Ingeniería y de la responsable de Informativos.

Asimismo, da traslado de estas actuaciones al ministerio fiscal para que emita un informe en relación a la declaración de esta causa como compleja. La resolución no era firme y contra ella cabía la presentación de recurso.

En la querella, el diputado ‘popular’ alegaba que la CVMC, representada por Soriano, adjudicó un contrato por 1,3 millones de euros a Mediterráneo Media Entertainment para producir ‘La Tramuntana’, una serie de 13 capítulos, procedimiento que no fue público, ni abierto a la concurrencia competitiva ni del que hubo publicidad.

SIN SOLVENCIA TÉCNICA NI ECONÓMICA
Al mismo tiempo, argumentaba que para la firma del contrato no se tuvo en cuenta la solvencia técnica ni económica de la adjudicataria, que en 2017 presentaba una cifra de negocio de 4.500 euros y a la que la CVMC pagó, a los pocos día de suscribirlo, 409.502 euros «sin que conste la recepción de ningún trabajo o prestación del servicio».

Por ello, el parlamentario calificaba de «arbitraria» esa adjudicación, y hecha «de forma ilícita» y «temeraria» al tratarse de «dinero público». En esta línea, apuntaba que el Síndic de Comptes también denunció ese pago anticipado en su Informe de Fiscalización.

En segundo lugar, denunciaba contratos menores a diez personas –por importe de 5.995 euros– para la realización de «informes» o «estudios» adjudicados «a dedo» a quienes luego se tenía intención de contratar, sin respetar los principios de «igualdad, mérito o capacidad», y que fueron contratos que después guardaron estrecha relación con la labor que desarrollaron como empleados. Entre ellos, figuran los de productoras, subdirectora de programación e informativos, periodista, jefe de redacción o director de contenidos e ingeniería.

Para el diputado, se trata de contratos que evidencian la «arbitrariedad» y la «irregularidad» de la contratación. En el mismo caso se encontraría la «contratación arbitraria» de personal directivo y sin el procedimiento legalmente previsto, es de decir «a dedo».

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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