Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Citados a declarar el presidente del Consejo y la directora de À Punt por una querella del PP por prevaricación

Publicado

en

EUROPA PRESS
VALÈNCIA, 2 May. (EUROPA PRESS) –

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Paterna (Valencia) ha citado a declarar en calidad de querellados al presidente del Consejo Rector de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC), Enrique Soriano, y la directora general de À Punt, Empar Marco, a raíz de la querella presentada por el PP por prevaricación tanto en la adjudicación de un contrato por 1,3 millones a una empresa para la producción de una serie como en contratos menores suscritos con diez personas físicas y de tres directivos sin cumplir los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

En un auto del pasado 26 de abril, al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado admite a trámite la querella, interpuesta por el diputado del PP Jorge Bellver, y acuerda la declaración de Soriano y Marco para el 20 de junio a las 10.00 horas.

Además, solicita a la CVMC y a la Societat Anònima de Mitjans de Comunicación (SAMC) que en 15 días remitan copia íntegra de los expedientes del contrato con la productora de la serie, de los contratos menores suscritos entre 2017 y 2018 con diez personas que posteriormente fueron trabajadores y de los de tres directivos: el de Contenido y Programación; de Explotación e Ingeniería y de la responsable de Informativos.

Asimismo, da traslado de estas actuaciones al ministerio fiscal para que emita un informe en relación a la declaración de esta causa como compleja. La resolución no era firme y contra ella cabía la presentación de recurso.

En la querella, el diputado ‘popular’ alegaba que la CVMC, representada por Soriano, adjudicó un contrato por 1,3 millones de euros a Mediterráneo Media Entertainment para producir ‘La Tramuntana’, una serie de 13 capítulos, procedimiento que no fue público, ni abierto a la concurrencia competitiva ni del que hubo publicidad.

SIN SOLVENCIA TÉCNICA NI ECONÓMICA
Al mismo tiempo, argumentaba que para la firma del contrato no se tuvo en cuenta la solvencia técnica ni económica de la adjudicataria, que en 2017 presentaba una cifra de negocio de 4.500 euros y a la que la CVMC pagó, a los pocos día de suscribirlo, 409.502 euros «sin que conste la recepción de ningún trabajo o prestación del servicio».

Por ello, el parlamentario calificaba de «arbitraria» esa adjudicación, y hecha «de forma ilícita» y «temeraria» al tratarse de «dinero público». En esta línea, apuntaba que el Síndic de Comptes también denunció ese pago anticipado en su Informe de Fiscalización.

En segundo lugar, denunciaba contratos menores a diez personas –por importe de 5.995 euros– para la realización de «informes» o «estudios» adjudicados «a dedo» a quienes luego se tenía intención de contratar, sin respetar los principios de «igualdad, mérito o capacidad», y que fueron contratos que después guardaron estrecha relación con la labor que desarrollaron como empleados. Entre ellos, figuran los de productoras, subdirectora de programación e informativos, periodista, jefe de redacción o director de contenidos e ingeniería.

Para el diputado, se trata de contratos que evidencian la «arbitrariedad» y la «irregularidad» de la contratación. En el mismo caso se encontraría la «contratación arbitraria» de personal directivo y sin el procedimiento legalmente previsto, es de decir «a dedo».

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

Publicado

en

precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo