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Competencia de la Generalitat tacha de «artificial» el proyecto del Consell sobre las VTC

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VALÈNCIA, 14 Mar.- La Comisión de Defensa de la Competencia (CDC) de la Generalitat Valenciana cuestiona el proyecto del Consell de prestación del servicio de VTC al considerar que recoge «importantes limitaciones» en la precontratación y regula el servicio de VTC de una forma «más restrictiva» que el taxi, lo que genera «un claro perjuicio para el usuario» al «restringir la competencia limitando la oferta de mercado».

Así consta en un informe de la CDC, órgano adscrito a la Conselleria de Economía, sobre el Proyecto de Decreto-Ley del Consell de prestación del servicio de transporte público discrecional de personas viajeras mediante arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) en el que se urge a «adoptar un enfoque global para regular en su conjunto el servicio de transporte urbano discrecional de personas».

En concreto, el documento, consultado por Europa Press, apunta a que el texto de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio «impone importantes limitaciones» a la prestación del servicio VTC en el único segmento del transporte urbano en el que todavía pueden competir con los taxis –el de la precontratación–, por lo que no cree que esta regulación sea «la opción más favorecedora de la competencia».

«Muy al contrario, la decisión de regular el servicio VTC de una manera más restrictiva que el del taxi, en lugar de adoptar un enfoque global para regular en su conjunto el servicio de transporte urbano discrecional de personas, supone un claro perjuicio para las personas usuarias en la medida en que restringe la competencia limitando la oferta en este mercado y les priva de posibles beneficios en términos de servicios más innovadores, más baratos y de mejor calidad», subraya.

«Norma global»

Por ello, recomienda que la regulación en esta materia se realice mediante «una norma global que elimine la actual dualidad regulatoria que afecta a operadores que prestan servicios análogos en el mercado del transporte discrecional de personas en el ámbito urbano –taxi y VTC–, como sería deseable desde el punto de vista del favorecimiento de la competencia».

Además, considera que las justificaciones enunciadas en relación con problemas de movilidad, gestión de tráfico, protección del medio ambiente, y desequilibrio entre oferta y demanda «no son lo suficientemente sólidas como para sostener, desde el punto de vista de una regulación económicamente eficiente y favorecedora de la competencia, la adopción de una regulación como la propuesta que contiene importantes limitaciones para la prestación del servicio VTC».

Precontratación de 15 munutos, «limitación artificial»

En cuanto a la exigencia de un tiempo mínimo de precontratación, fijado en 15 minutos, el organismo considera que se trata de una «limitación artificial que impacta sobre una innovación valorada positivamente por las personas usuarias, que mejora el servicio prestado, y que responde a la lógica de la evolución tecnológica en beneficio de quienes utilizan el servicio», por lo remarca que «difícilmente puede considerarse necesaria ni proporcionada para la consecución de ninguno de los intereses públicos a que se refiere la norma».

Asimismo, señala que resulta también «discriminatoria, en la medida en que solo se aplica al servicio VTC y no al del taxi», por lo que recomienda que se elimine de la regulación propuesta.

Otro de los aspectos que aborda el informe son las prohibiciones en materia de estacionamiento y geolocalización, sobre los que considera que «constituyen limitaciones para la prestación del servicio VTC adicionales a las ya existentes en la normativa estatal, que no se encuentran justificadas ni son proporcionadas a ninguna razón de interés general», y que, de hecho, advierte de que «pueden tener efectos negativos respecto de alguna de ellas».

En cambio, ve «justificadas y proporcionadas» las exigencias relacionadas con la sustitución de vehículos que prestan el servicio VTC para la protección del medio ambiente, aunque insiste en reprobar que únicamente se apliquen a las VTC y no al taxi».

En este sentido, explica que dada la importancia de los problemas de congestión atmosférica que sufren las grandes ciudades, «resulta apropiado mantener estas exigencias en la regulación aplicable al transporte urbano, y se recomienda que las mismas se extiendan también al sector del taxi, para así ajustarlas a las exigencias del principio de nodiscriminación».

Fuente: Europa Press

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Multa de 30.000 euros a Vueling por exigir maquillaje y tacones a sus azafatas

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vueling multa practicas sexistas
A la compañía le han impuesto una sanción de 30.000 euros. Imagen de archivo

La Inspección de Trabajo de Cataluña propone una sanción a Vueling por las normas de vestimenta que impone a sus azafatas. El sindicato Stavla ha denunciado a Trabajo de Cataluña la diferencia de criterio para ambos géneros.

Trabajo propone una sanción por la diferencia de trato en cuanto a la apariencia

Según informaba El Periódico, medio que dio la exclusiva, el sindicato defiende que la aerolínea podría lograr una imagen corporativa «de manera menos onerosa y más equilibrada, sin afectar a los derechos fundamentales de los trabajadores.»

La sanción responde a una infracción «muy grave» por el trato discriminatorio por razones de género.

Las exigencias de Vueling a sus azafatas

De acuerdo con el medio, las exigencias hacían referencia a los zapatos y el maquillaje. Las normas de vestimenta estipulan que las azafatas deben calzar zapatos de tacón de entre 5 y 8 cm. En cuanto al maquillaje, la norma es base de maquillaje que coincida con su tono de piel, delineado de ojos y rímel de color negro (en ningún caso de cualquier otro color). Las sombras de ojos sólo están permitidas en tonalidades claras o marrón y el pintalabios, de querer llevarse, en tono «discreto».

La diferencia de trato en la guía hace referencia a que, en el caso de los hombres, no se hace referencia ni al maquillaje ni al tipo de calzado. El criterio se resume en la obligatoriedad de mantener un aspecto «limpio y arreglado».

La respuesta de Vueling a la multa

La compañía aérea ha aclarado que de momento se trata de una propuesta de sanción. El Periódico cita a la compañía que afirma que «algunas de las sugerencias por parte de los tripulantes se han ido incorporando progresivamente», entre las que se encontraría «la reciente revisión de la guía en referencia al uso de maquillaje». Afirman que en cuanto al maquillaje que «actualmente no existe distinción de género ni ninguna obligatoriedad». La empresa explicaría que «hace un año que trabaja con los empleados para hacer las normas más inclusivas».

La multa a Vueling sería pionera

De tener lugar la imposición de la sanción por parte de la Inspección de Trabajo, sería una sanción pionera. Sería una de las primeras multas en censurar a una aerolínea por exigencias estéticas y por utilizar un trato discriminatorio en favor de su imagen corporativa. El Periódico de España cita al responsable de vuelo de USO-Sector Área, Ernesto Iglesias, que afirma que aunque las normas de vestimenta son habituales en compañías extranjeras «en algunas españolas sigue imperando una mentalidad arcaica». Iglesias declara también a EPE que la normativa supondría además «un coste extra», pues tendrían que costease ellas mismas en muchas ocasiones «las medias o el pintalabios». El responsable afirma: «Nos encontramos resistencias para eliminar estas cuestiones de los convenios colectivos. Lo ven como algo secundario o irrelevante, cuando no lo es».

¿Qué significa la sanción para las azafatas?

En caso de resolverse de esta manera, la Inspección de Trabajo impondría una sanción a la empresa. Esta sanción responde a una infracción de la empresa y por tanto el dinero de la sanción es para la administración. Para exigir una indemnización a las trabajadoras afectadas, estas deberían iniciar un proceso aparte. No obstante, la existencia de una sanción a la empresa por trato discriminatorio serviría como prueba y facilitaría que el proceso se resolviese en favor de las trabajadoras.

El ámbito de las compañías aéreas ha sido foco de críticas por las prácticas sexistas en múltiples ocasiones. La última, a comienzos de año, cuando una compañía extranjera pidió a azafatas que se quedaran en ropa interior durante una entrevista.

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