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Valencia

Compromís pide 4 años para los asesores de Rita Barberá y 6 a Grau por blanqueo

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Alfonso Grau

València, 25 nov (EFE).- Compromís ha pedido cuatro años de prisión y 100.000 euros de multa para 45 asesores del PP de Valéncia durante la etapa como alcaldesa de Rita Barberá, y seis años de prisión y la misma multa para Alfonso Grau y Mari Carmen García Fuster, así como una multa al PP de 146.000 euros.

Según consta en el escrito de acusación de 88 folios de Compromís, que ejerce de acusación popular en el caso Taula, al que ha tenido acceso EFE, la coalición asume el escrito de acusación del Ministerio Público.

Compromís considera que el grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de València ha estado financiándose de manera ilícita, obteniendo dinero no fiscalizado por la intervención municipal proveniente de distintas fuentes, todas ellas consistentes «en diversas formas de corrupción».

En lo relativo a los hechos objeto de investigación, que abarcan esencialmente a las actividades delictivas cometidas con ocasión de las elecciones municipales celebradas en los años 2007, 2011 y 2015, el grupo municipal, a través de algunas personas que lo componían, ha obtenido «grandes cantidades de dinero en metálico» originados en regalos entregados en función del cargo que esas personas ocupaban.

Ese dinero era generalmente entregado por empresas contratistas del Ayuntamiento o de sus empresas públicas o fundaciones, y las personas que recibían el dinero eran altos cargos locales del Partido Popular o funcionarios públicos y, en varias ocasiones, tenían la doble condición.

Otra de las mecánicas era recibiendo los regalos a través de cuentas bancarias distintas de la cuenta fiscalizada por la intervención municipal o por el propio PP o de la cuenta de donaciones del partido.

El modus operandi ha supuesto, en otras ocasiones, el desvío de fondos públicos de asociaciones y fundaciones, creadas en el seno del Ayuntamiento, según el escrito de acusación de Compromís, que detalla la operativa diseñada por el PP en las elecciones municipales de 2007, 2011 y 2015.

Según relata, el grupo municipal poseía una capacidad económica importante, manejaba dinero en efectivo, realizaba ingresos, recaudaba dinero de empresarios que era entregado por éstos en atención a la función pública desempeñada por sus integrantes y disponía de él «sin el debido control del partido que consentía y aceptaba tal situación, sin adoptar mecanismos de control».

De esta forma, bajo la apariencia de realizar una aportación voluntaria de 1.000 euros para sufragar los gastos electorales, y dentro de un círculo reducido de personas conformadas por los concejales y asesores municipales, incluyendo a Rita Barberá, fueron ingresando siguiendo las indicaciones de la acusada María del Carmen García-Fuster en la cuenta del Banco Sabadell, la cantidad de mil euros, que les eran devueltos en dos billetes de 500 euros.

Las aportaciones que se realizaron llegaron a un montante de 49.998 euros.

Estos hechos constituyen, según la acusación popular, un delito de blanqueo de capitales, un delito continuado de malversación de caudales públicos, cohecho y un delito continuado de cohecho.

Por ello, Compromís pide por blanqueo de capitales 4 años de prisión y multa de 100.000 euros para 45 acusados; para Alfonso Grau y Mari Carmen García Fuster, seis años de prisión y multa de 100.000 euros, y para el PP, multa de cuatro años con cuota diaria de 100 euros.

Por malversación de caudales públicos, solicita para tres acusados (Grau es uno de ellos) cinco años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio e inhabilitación absoluta por 10 años.

Por cohecho, para Alfonso Grau pide cuatro años de prisión y multa de 24 meses con cuota diaria de 50 euros, y por cohecho continuado, un año de prisión y suspensión de empleo o cargo público por tres años para Mari Carmen García Fuster.

También solicita el decomiso de varias cantidades intervenidas o ingresadas en cuentas, e indemnizaciones conjuntas y solidarias de varios acusados al Ayuntamiento de València por las cantidades sustraídas en la Fundación Turismo Convention Bureau, en el Centro de Estrategias y Desarrollo de Valencia y en la fundación FIVEC.

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Valencia

Estos son los cambios para el próximo curso escolar en Valencia

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Estos son los cambios para el curso escolar en Valencia

El pleno del Consell ha aprobado este martes el decreto de libertad de elección del centro educativo, conocido como distrito único, que da más puntos a las familias con rentas bajas, a las numerosas, las monoparentales, a las beneficiarias de la Renta Valenciana de Inclusión y a quienes trabajen en un centro educativo.

El nuevo decreto primará como criterios básicos la existencia de hermanos en el centro, la proximidad al mismo y la renta de las familias, e incorpora como novedad la baremación en cuanto a la simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza y el deporte de élite.

Según ha informado el conseller de Educación, José Antonio Rovira, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, con este nuevo decreto «se superan las limitaciones impuestas por un modelo de obligatoria parcelación» del anterior gobierno del Botànic y se pasa a un modelo de «libertad» en el que «escogen las familias».

Con ello, ha añadido, se da continuidad al «concepto de libertad como con la proposición de ley de Libertad Educativa, que sustituye a la de plurilingüismo».

Así, ha detallado que el nuevo decreto regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y en los centros de Educación Especial en la Comunitat Valenciana.

Mayor «libertad» a la familias

La principal novedad del proceso de admisión del próximo curso es la incorporación del distrito único, que dará libertad a los padres y madres para elegir el centro educativo que consideren más adecuado para sus hijos e hijas.

El conseller ha señalado que el nuevo decreto «supera las limitaciones impuestas por un modelo de obligatoria parcelación y se pasa a un modelo en el que, manteniendo la proximidad del domicilio como criterio, las familias de una localidad tendrán la opción de elegir libremente el centro» que se ajuste a sus intereses y convicciones.

Este nuevo marco también va asociado a la necesidad de replantear las prioridades, prelación y ponderación de las puntuaciones que van asociadas a los diferentes criterios de baremación.

Destacan en este sentido novedades como el incremento de puntos en la renta per cápita de la unidad familiar (sin ser persona beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión), de acuerdo con el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), correspondiente a 14 pagas, en relación con el ejercicio fiscal anterior en dos años al año natural en que se solicita plaza.

En el caso de las rentas más bajas se pasará de los 3,5 puntos actuales a 7 puntos, informa la Generalitat.

También se produce un aumento en la valoración de las personas destinatarias de la Renta Valenciana de Inclusión, ya que se pasa de 4 a 7 puntos; y la puntuación cuando los padres, madres o tutores o tutoras legales sean personal de plantilla en activo del centro educativo aumenta de 5 a 7 puntos.

Por otro lado, se valora la condición legal de familia numerosa especial con 7 puntos (frente a los 5 actuales) y general (con 5 puntos frente a los 3 de ahora). Además, el alumnado nacido en parto múltiple contará 1 punto por cada hermano o hermana nacido en el mismo parto.

También se incrementa el peso de las familias monoparentales de régimen especial (7 puntos frente a los 5 de ahora) y general (5 puntos frente a los 3 actuales).

Música, danza y deporte de élite

Otra de las novedades del proceso de admisión radica en la solicitud de plaza en la Comunitat Valenciana por primera vez o por cambio de localidad de residencia. Así, se puntuará con 15 puntos por cada uno de los hermanos o hermanas, u otros niños, niñas o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción.

Además, se introduce una novedad en la baremación en cuanto a la simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza. De esta forma, el alumnado que curse a la vez enseñanzas regladas de música o de danza y enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato, y que no solicite, o bien no le corresponda, la admisión atendiendo al criterio de prioridad, tendrá 2 puntos.

Los mismos puntos se aplicarán en la baremación del alumnado que acredite la condición de deportista de élite, de alto nivel o de alto rendimiento, así como de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana, y que no solicite, o bien no le corresponda, la admisión atendiendo al criterio de prioridad.

Por último, los centros podrán valorar con un punto extra las circunstancias específicas, que el conseller ha calificado de «simbólico», y que los que los criterios básicos que prevalecerán serán «la existencia de hermanos en el centro, proximidad al mismo y la renta» y ha asegurado que el cobro de cuotas en centros concertados está prohibida y es solo voluntaria.

Rovira ha informado asimismo de que, tras la aprobación hoy de este decreto por el pleno del Consell, «en breve» se abrirá el proceso de admisión en los centros.

 

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