Síguenos

Consumo

Suspendida la Semana Santa de Sevilla

Publicado

en

En la mañana de hoy, el Alcalde de Sevilla, D. Juan Espadas, el Arzobispo de Sevilla, D. Juan José Asenjo y el Presidente del Consejo de Hermandades y Cofradías de Sevilla, D. Francisco Vélez, han mantenido una reunión en el Ayuntamiento de Sevilla para analizar las decisiones tomadas por el Gobierno de España y la Junta de Andalucía en el día de ayer con motivo de la declaración del estado de alarma en todo el territorio nacional durante los próximos 15 días, así como las medidas tomadas por las tres Administraciones para hacer frente a la evolución de los casos de coronavirus y frenar en la medida de lo posible su avance, conforme a las indicaciones y escenarios manejados por la Autoridad Sanitaria.

La evolución del virus en esta semana y las previsiones que conocíamos ayer por parte del Gobierno de España han llevado a la toma de medidas drásticas para concienciar a la población sobre la importancia de limitar al máximo los desplazamientos de personas en el territorio, así como recomendar que las personas permanezcan en sus domicilios el mayor tiempo posible.

La práctica paralización de la actividad las próximas dos semanas, la posibilidad de tener que prorrogar esta situación por más tiempo, así como la evidencia de que volver a recuperar la normalidad deberá llevar su tiempo y por tanto la presunción razonable de que las medidas sanitarias de prevención que se están adoptando tendrán vigencia por un periodo de tiempo más amplio, han llevado a las tres instituciones a requerimiento del Alcalde de la Ciudad a tomar una decisión para acabar con la incertidumbre sobre la viabilidad de celebrar los desfiles procesionales de la Semana Santa 2020.

En coherencia, por tanto, con la información que facilita la Autoridad Sanitaria a las Administraciones competentes, que ha ido gradualmente agravándose, para la toma de medidas limitativas de la concentración de personas en espacios públicos, o de los desplazamientos en el territorio nacional o procedentes de otros países, consideramos que hay motivos de salud pública suficientemente justificados para suspender los desfiles procesionales en la vía pública de las hermandades y cofradías de Sevilla en la Semana Santa 2020 y que además es nuestra obligación y la de todos los ciudadanos cooperar en la consecución de los objetivos que se plantea nuestro país en esta cuestión en la actual coyuntura.

Entendemos además que este es el sentir de la autoridad religiosa que, a través de la Conferencia Episcopal, manifestaba en el día de ayer su voluntad de suprimir procesiones para contener la propagación del coronavirus, evitar concentración de personas y tomar las medidas necesarias. Asimismo, en los últimos días y en consonancia con el crecimiento de los casos de afectados en todo el territorio y el llamamiento de las autoridades a la disciplina social más estricta para conseguir frenar esta evolución, constatamos el consenso social y la práctica unanimidad de convencimiento y compresión de la sociedad sevillana ante la necesidad de tomar una medida tan dolorosa como justificada como la de suspender los desfiles procesionales de la Semana Santa 2020.

Manifestando nuestro pesar por las consecuencias de carácter religioso, emocional y económico que para muchas personas tiene esta situación, pero entendiendo que es la salud pública y el interés general lo que está en juego, tomamos por tanto la decisión de forma colegiada y corresponsable de suspender los desfiles procesionales en la vía pública en la próxima Semana Santa en Sevilla y procedemos a comunicar nuestra decisión a las Administraciones competentes, así como a las Hermandades y Cofradías y al pueblo de Sevilla a los efectos oportunos.

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, ARZOBISPADO DE SEVILLA Y CONSEJO DE HERMANDADES Y COFRADÍAS DE SEVILLA

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Consumo

Ley de desperdicio alimentario 2026: Descuentos obligatorios en supermercados desde abril

Publicado

en

Los 5 'superalimentos' de moda

La nueva ley contra el desperdicio alimentario entra en vigor este mes de abril y trae importantes cambios que afectan tanto a consumidores como a la hostelería, supermercados y tiendas de alimentación. Entre las medidas destacan los descuentos obligatorios en productos próximos a caducar o con apariencia imperfecta, así como nuevas obligaciones para bares y restaurantes sobre la comida sobrante.


Descuentos en productos “feos” y próximos a caducar

A partir de abril, las grandes superficies (superiores a 1.300 m²) estarán obligadas a dedicar espacios a frutas y verduras imperfectas o “feas”, que presentan formas o tamaños irregulares, ofreciendo precios hasta un 30% más bajos.

Además, los supermercados podrán ampliar los productos en oferta que se acerquen a su fecha de consumo, incentivando a los compradores a aprovechar alimentos cercanos a caducar y reducir el desperdicio. Esto supone un ahorro significativo para los consumidores y fomenta hábitos de compra más sostenibles.


Obligaciones para la hostelería: el derecho al tupper

Los bares y restaurantes deberán permitir que los clientes se lleven la comida sobrante en un envase reutilizable o reciclable, sin coste adicional. Los establecimientos tendrán que informar explícitamente sobre este derecho.

Excepciones:

  • Formatos de bufé libre o similares, donde la comida no tiene límite de disponibilidad, quedan exentos según el artículo 8 de la ley.

Donaciones de excedentes y sanciones

La ley también obliga a los establecimientos a promover acuerdos de donación de alimentos sobrantes a organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos.

  • Las microempresas quedan exentas de esta obligación.
  • El incumplimiento conllevará sanciones.

Educación del consumidor y optimización de etiquetas

La normativa incluye medidas de sensibilización para que los consumidores comprendan las diferencias entre fecha de caducidad y consumo preferente, permitiéndoles planificar sus compras y aprovechar mejor los productos.

Se revisarán las etiquetas para optimizar la información y aumentar el número de alimentos en oferta, reduciendo el desperdicio y fomentando un consumo más responsable.


Entrada en vigor

Según el BOE, la ley entrará en vigor el 2 de abril de 2026, marcando un antes y un después en la lucha contra el desperdicio alimentario en España.

Con estas medidas, los consumidores podrán ahorrar en la compra diaria, disfrutar de descuentos en supermercados, y contribuir a un sistema alimentario más sostenible y consciente.

Desde este jueves 1 de abril de 2026, todo el sector hostelero en España deberá aplicar medidas obligatorias para evitar el desperdicio de comida. La normativa, impulsada por el Gobierno y enmarcada en la ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, se extiende ahora a todos los bares, restaurantes y servicios de catering.

Qué cambia desde hoy para la hostelería

La ley, que ya afectaba a pequeños establecimientos desde hace un año, se amplía ahora a todo el sector. Esto implica que cualquier negocio de restauración deberá:

  • Adoptar medidas para reducir el desperdicio de alimentos
  • Facilitar al cliente llevarse la comida no consumida
  • Mejorar la gestión de compras y almacenamiento
  • Priorizar la donación de excedentes aptos para el consumo

Esta normativa afecta tanto a grandes cadenas como a negocios locales en ciudades como Valencia.

Objetivo: reducir el desperdicio de comida

El objetivo principal de esta ley es reducir el volumen de alimentos que se tiran cada año, un problema con impacto:

  • Económico
  • Social
  • Medioambiental

España genera miles de toneladas de residuos alimentarios anuales, y una parte importante procede del sector hostelero.

Medidas obligatorias en bares y restaurantes

Entre las principales obligaciones destacan:

1. Ofrecer envases para llevar

Los establecimientos deberán permitir que los clientes se lleven la comida sobrante, fomentando prácticas como el “doggy bag”.

2. Planes de prevención

Los negocios tendrán que implantar estrategias internas para optimizar:

  • Compras
  • Conservación
  • Uso de ingredientes

3. Donación de excedentes

Siempre que sea posible, los alimentos no vendidos deberán destinarse a:

  • Bancos de alimentos
  • Entidades sociales

También afecta al catering

La normativa no solo impacta en bares y restaurantes, sino también en:

  • Empresas de catering
  • Eventos y celebraciones
  • Servicios de comida colectiva

Esto supone un cambio importante en la organización de grandes eventos.

Posibles sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de la ley puede conllevar sanciones económicas, lo que obliga al sector a adaptarse rápidamente a las nuevas exigencias.

Un cambio hacia un consumo más responsable

La ampliación de esta normativa marca un paso más hacia un modelo de consumo sostenible. El sector hostelero, clave en la economía española, deberá ahora equilibrar rentabilidad y responsabilidad ambiental.

Con esta medida, España se alinea con las políticas europeas de reducción del desperdicio alimentario y refuerza su compromiso con la sostenibilidad.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo