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Sucesos

Condenado a 23 años de cárcel por abusar de sus dos hijas de 12 y 8 años

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Alicante, 6 jul (EFE).- La Audiencia de Alicante ha condenado a 23 años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de dos de sus hijas biológicas cuando ellas eran menores de edad.

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, considera probado que el procesado, residente en Elda (Alicante), sometió a sus dos hijas, de madres diferentes, a diversos tocamientos en contra de su voluntad desde que tuvieron 12 y 8 años, respectivamente.

En cuanto a la primera de las víctimas, los abusos se iniciaron en 2007 y se prolongaron hasta 2011, durante los fines de semana alternos en los que la menor se desplazaba hasta el domicilio de su progenitor, en cumplimiento del régimen de visitas que se había establecido tras la ruptura de su primera relación sentimental.

Esos episodios concluyeron cuando se interrumpió ese régimen de visitas. No obstante, en la Nochevieja de 2016, cuando la menor ya contaba con 16 años, el padre aprovechó un momento de soledad con ella para tocarle los pechos. La joven le contó lo sucedido a su pareja, quien la animó a denunciar a su padre, de 51 años.

Respecto a los abusos de la segunda menor, la resolución judicial establece que el acusado reprodujo el mismo comportamiento desde que su hija tenía 8 años. Su madre, segunda pareja del procesado, denunció los hechos.

Durante el juicio, el procesado negó los cargos que se le imputaban, hasta el punto de asegurar que la mayor de sus hijas solo había pernoctado en su casa una o dos veces y que no la sometió a ningún tipo de tocamiento.

Sin embargo, el tribunal rechaza su versión exculpatoria al dar credibilidad al testimonio de sus hijas, «sustancialmente coincidentes sobre los contactos corporales de carácter sexual» y «precisos en la descripción de los hechos sucedidos».

También subraya que los informes periciales corroboraron que en el relato de las dos menores no se encontraban indicios de fabulación.

Igualmente, la Audiencia de Alicante concluye que procede aplicar la agravante de parentesco, por ser ascendiente directo de las víctimas, «lo que le permitió durante largo tiempo realizar los tocamientos impunemente a las menores» por la preeminencia que «esa situación le proporcionaba (…), sin que en ningún momento ni las respectivas madres de las menores ni el resto de los familiares de las mismas sospecharan nada».

La sentencia condena al procesado a una pena de 11 años y medio por cada uno de los dos delitos continuados de abuso sexual, lo que suma un total de 23 años de privación de libertad.

Además, se le impone la medida de alejamiento por un plazo de 13 años por cada uno de los dos delitos, así como otros 8 años de libertad vigilada.

Por último, se priva al condenado de la patria potestad de su hija menor y se le impone el pago de 10.000 euros a cada una de las víctimas en concepto de responsabilidad civil.

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Sucesos

Condenado a dos años de prisión un sacristán de Bétera por agresión sexual a una mujer con discapacidad

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El Arzobispado de Valencia, responsable civil subsidiario si no se paga la indemnización de 7.000 euros

València, 11 de septiembre de 2025 (EUROPA PRESS)
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión por un delito de agresión sexual al sacristán de una iglesia de Bétera (Valencia), tras haber tocado las partes íntimas de una feligresa con un 66 % de discapacidad intelectual.

Hechos probados: tocamiento a una mujer con discapacidad dentro de la iglesia

Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 24 de marzo de 2023, cuando el sacristán, aprovechando su posición en la parroquia, invitó a la víctima a un cuarto cercano a la sacristía con la excusa de mostrarle el funcionamiento de una campanilla. Una vez dentro, y siendo consciente de su discapacidad, le realizó tocamientos por encima de la ropa en sus partes íntimas.

La víctima quedó «bloqueada» sin poder reaccionar, hasta que logró reprocharle al agresor que lo que había hecho era «pecado», según recoge la resolución judicial.

Consecuencias penales y civiles: prisión, alejamiento e indemnización

El tribunal ha impuesto al condenado:

  • Dos años de prisión por agresión sexual.

  • Prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la víctima o comunicarse con ella durante tres años.

  • Indemnización de 7.000 euros a la víctima por daños morales.

En caso de impago de la indemnización, el Arzobispado de Valencia ha sido declarado responsable civil subsidiario, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

La sentencia es firme y fruto de un acuerdo de conformidad

La resolución judicial, que ya es firme, es resultado de una conformidad entre las partes. Además, el tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión siempre que el condenado no vuelva a delinquir en un plazo de tres años.

 

 

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