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Condenan en València a una arquitecta por acosar a Rubiales

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(EFE).- El Juzgado de lo Penal número 2 de València ha condenado por acoso a la arquitecta que reformó una vivienda de Luis Rubiales, presidente de la Real Federación Española de Fútbol, que será indemnizado por esta mujer en 2.160 euros.

Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, se considera probado que la acusada se encargó de llevar a cabo una reforma en una vivienda propiedad de Rubiales y que dichas obras finalizaron a principios de 2016 con «ciertas discrepancias entre las partes por el precio, pago y cobro del importe de las reformas».

Como consecuencia de la relación contractual existente hasta su plena extinción, la denunciada poseía un juego de llaves que no quiso entregar a su legítimo propietario tras el fin de la obra, con la excusa de que quería entregarlas personalmente pese a que este le pedía que las dejara en la casa y cerrara la puerta.

A partir de la fecha de entrega de la reforma el 15/01/2016, la acusada «dio comienzo al proceso de acoso bajo un pretexto que se convertiría en la tónica habitual: exigir contraprestaciones por la ejecución de la citada reforma, cantidades económicas que no se correspondían con lo acordado, a criterio del denunciante».

«El modus operandi que escogió la denunciada era apostarse en reiteradas ocasiones en la puerta de la casa de Rubiales, lo que generaba al denunciante junto con sus tres hijas, una sensación de desasosiego que le llevaba a tener que irse, para regresar más tarde a su propio domicilio, esperando a que la acusada se hubiera marchado».

El actual presidente de la RFEF tuvo que cambiar la cerradura de la vivienda «tras semanas de tensión».

«El 19 de enero de 2016 -siempre según la sentencia-, tras ver a la acusada en las inmediaciones de su domicilio, el denunciante procedió a apalancar la puerta para evitar que entrase y al día siguiente a cambiar la cerradura, sin que haya quedado acreditado que en esa ocasión la acusada accediera a su vivienda y escribiera en sendos espejos de los cuartos de baño: XXX y RIP».

Asimismo, la mencionada arquitecta, en su táctica de acoso, en orden a generar más presión en la persona de Rubiales y su familia, aprovechándose de la esfera pública de éste, expresó que iba a ‘contar a todo el mundo quién es realmente y hundirle la vida’ e ‘ir a los medios de comunicación’. Al tiempo que seguía apostándose en la puerta del domicilio durante largos períodos de tiempo».

El 19 de julio de 2017 esta mujer llegó incluso a perseguir a Rubiales en la Plaza del Ayuntamiento de València, «generando en el denunciante de forma efectiva un sentimiento de vergüenza y humillación».

Estos hechos fueron denunciados por Rubiales el 31 de julio de 2017.

Tras la celebración del juicio el Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito leve de amenazas y otro de coacciones.

Por otra parte, el Juzgado de lo Penal 12 de València celebra este miércoles a las 11.45 horas la que se prevé que sea la última sesión del juicio por una supuesta agresión de Luis Manuel Rubiales contra la arquitecta.

Esta mujer denunció una supuesta agresión en el encuentro en la Plaza del Ayuntamiento de València el 19 de julio de 2017 que ya se menciona en la sentencia de Penal 2.

Está previsto que en esta vista las partes expongan sus conclusiones y que el juicio quede visto para sentencia.

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La Fiscalía pide 10 años y medio de cárcel para Rafa Mir por presunta agresión sexual en Bétera

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Rafa Mir últimas noticia

Rafa Mir acusado de una presunta agresión sexual: sigue las últimas noticias desde Official Press

La Fiscalía de Valencia solicita 10 años y medio de prisión para el futbolista Rafa Mir por una presunta agresión sexual a una joven de 21 años ocurrida en 2024 en la localidad valenciana de Bétera.

Según la calificación fiscal, el jugador —que actualmente milita en el Elche CF y anteriormente en el Valencia CF— habría cometido un delito de agresión sexual y otro contra la integridad física.

Los hechos denunciados

De acuerdo con el escrito del Ministerio Público, los hechos se remontan a la noche del 31 de agosto de 2024, cuando el futbolista conoció a la denunciante en una discoteca de València.

Posteriormente ambos se desplazaron al domicilio del jugador en una urbanización de Bétera, donde, según la acusación, se produjo la agresión durante la madrugada del 1 de septiembre de 2024.

La investigación sostiene que los hechos tuvieron lugar en distintas zonas de la vivienda, concretamente en la piscina y en un cuarto de baño.

Medidas adicionales solicitadas por la Fiscalía

Además de la pena de prisión, la Fiscalía solicita para Rafa Mir varias medidas adicionales:

  • Prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante 10 años.

  • Inhabilitación para profesiones con contacto con menores durante 18 años.

  • Siete años de libertad vigilada tras cumplir la condena.

Otro acusado en la causa

En el procedimiento también está acusado un amigo del futbolista, identificado como Pablo, para quien la Fiscalía pide tres años de prisión.

Según la acusación, este hombre habría agredido sexualmente a otra joven de 25 años en la misma vivienda, realizando presuntos tocamientos hasta en tres ocasiones en la piscina pese a la negativa de la víctima.

Procesamiento judicial del caso

Ambos fueron procesados en octubre de 2025 por la jueza titular de la Sección Civil y de Instrucción número 8 del Tribunal de Instancia de Llíria.

En el caso de Rafa Mir, el procesamiento se produjo por un delito de agresión sexual con acceso carnal y uso de violencia, según el auto judicial.

La defensa de Rafa Mir mantiene su inocencia

El futbolista fue detenido a principios de septiembre de 2024 por la Guardia Civil tras la denuncia presentada por la víctima.

Después de quedar en libertad, el jugador negó los hechos y pidió que se respetara su presunción de inocencia, argumentando que el proceso judicial serviría para esclarecer lo ocurrido.

Su defensa sostuvo entonces que la imputación “no se sostiene” y confía en que el procedimiento penal determine la verdad de los hechos.

 

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