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Conoce los periodos de admisión para Infantil y Primaria del curso 2019-2020

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La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado el periodo de admisión de alumnado en los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato para el curso 2019-2020.

El proceso de admisión es el trámite que siguen las familias para incorporar sus hijos e hijas por primera vez en el sistema educativo valenciano o cuando deciden cambiar de centro por cualquier motivo. Cuando se haya obtenido una reserva de lugar escolar a través del proceso de admisión, empieza el periodo de matriculación.

Este proceso es especialmente relevante para las familias que matriculan sus hijos e hijas nacidos en 2016 en el segundo ciclo de Educación Infantil (3 años), y para las familias que quieran matricular los hijos e hijas nacidos en 2017 en las aulas de 2 años, de los centros de Infantil y Primaria. Las familias también pueden matricular en el primer curso de Educación Primaria los niños y las niñas que hayan nacido en 2013.

Las familias del alumnado de Educación Infantil y Primaria podrán presentar las solicitudes de admisión en los centros educativos del 9 al 17 de mayo. Una vez se hayan comprobado y baremado las solicitudes, la publicación de las listas provisionales se hará el 30 de mayo.

Posteriormente se abrirá un periodo de reclamaciones entre el 30 de mayo y el 3 de junio, y una vez atendidas, se publicarán las listas definitivas del alumnado admitido el 12 de junio. Las familias podrán formalizar la matrícula del 13 de junio al 3 de julio.

La letra ‘O’ marcará el desempate en puntos en el proceso de admisión del alumnado de Infantil de 3 años.

Admisión del alumnado de Secundaria y Bachillerato

En cuanto al alumnado de Secundaria y Bachillerato, la presentación de solicitudes se realizará del 21 al 30 de mayo y una vez realizada la baremación, se publicarán las listas provisionales en los centros educativos el día 11 de julio.

Las reclamaciones se podrán realizar del 11 al 15 de julio, y una vez resueltas, se publicarán las listas definitivas del alumnado admitido el 18 de julio. La matriculación se formalizará entre el 19 y el 26 de julio.

El alumnado procedente de centros adscritos que no hayan solicitado plaza en otro centro en el proceso de admisión podrán avanzar la matrícula del 20 al 27 de junio.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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