Síguenos

Valencia

Emergencias entrega a la jueza el primer borrador del Es-Alert del 29-O descartado por parecer un confinamiento

Publicado

en

consellera Justicia Es-Alert DANA
La consellera de Justicia, Salomé Pradas, junto ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres en una reunión del Centro de Coordinación Operativo Integrado (CECOPI). EFE/ Kai Forsterling/Archivo

El mensaje fue redactado la tarde del 29 de octubre de 2024, llegó a cargarse en el sistema, pero se retiró tras el debate en el Cecopi sobre su redacción

La Conselleria de Emergencias ha remitido al Tribunal de Instancia número 3 de Catarroja el borrador del primer mensaje Es-Alert elaborado durante la dana del 29 de octubre de 2024, un aviso que finalmente no se envió a la población porque su contenido se interpretó como una orden de confinamiento.

Según consta en la documentación judicial, el mensaje fue redactado entre las 18.15 y las 18.38 horas y llegó a introducirse en el sistema informático de alertas. Sin embargo, fue descartado tras un intenso debate en el Cecopi (Centro de Coordinación Operativa Integrado), órgano encargado de la gestión de la emergencia.

Esta circunstancia fue confirmada por Jorge Suárez, subdirector general de Emergencias, durante su declaración como testigo el pasado 4 de diciembre. Suárez explicó que varios miembros del Cecopi consideraron que la redacción del Es-Alert podía generar alarma social al interpretarse como una instrucción de confinamiento generalizado.

El responsable autonómico ha concluido este martes su comparecencia ante el juzgado que investiga la gestión de la dana, en una sesión que se ha prolongado durante cerca de cuatro horas. Durante el interrogatorio respondió a las preguntas de doce abogados de las acusaciones y dos de las defensas, en el marco de la causa judicial abierta por las decisiones adoptadas durante la emergencia.

La entrega de este borrador supone un nuevo avance en la investigación judicial, que trata de esclarecer cómo se tomaron las decisiones clave sobre la comunicación a la ciudadanía en uno de los episodios meteorológicos más graves registrados en la Comunitat Valenciana.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

Publicado

en

Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo