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Estos son los síntomas de FLiRT, la nueva variante COVID

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Covid nueva variante FLiRT

Estados Unidos está en alerta debido al incremento de casos de COVID-19 en las últimas semanas.

Según la Sociedad Estadounidense de Enfermedades Infecciosas (SEEI), se ha registrado un aumento del 25% en los nuevos casos secuenciados.

La preocupación se centra en una nueva variante del COVID-19 que se está propagando rápidamente en el país, perteneciente al linaje Omicrón JN.1.

Estas mutaciones se consideran algunas de las más contagiosas de las variantes anteriores y se les ha apodado como variantes FLiRT.

Los expertos internacionales están aún evaluando su capacidad de propagación, su gravedad en comparación con otras variantes y su resistencia a las vacunas.

En particular, una variante dentro de la familia FLiRT, denominada KP.2, ha cobrado relevancia al representar aproximadamente el 25% de los nuevos casos secuenciados en Estados Unidos durante las últimas dos semanas de abril, según datos de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de EE. UU. Otras variantes de FLiRT, como KP.1.1, aún no se han extendido tanto en el país.

Síntomas similares a los de Ómicron

La comunidad científica ha instado a tener en cuenta los síntomas más frecuentes del COVID-19, que se manifestaron con anterioridad en casos diagnosticados y producidos por otras variantes. Estos son algunos como tos, fatiga, congestión, dolor de garganta, diarrea, náuseas. También a la pérdida del gusto o del olfato. Por el momento, no se han registrado ni notificado casos en España de esta cepa de coronavirus.

De hecho, un estudio publicado en bioRxiv cita que esta variante “se está propagando rápidamente en múltiples regiones” desde el pasado abril. Además, destaca una particularidad de “FLiRT”. “Investigadas sus propiedades virológicas de la cepa, presenta un cambio en la proteína spike”, expresan los autores de la investigación.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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