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Estos son los síntomas de FLiRT, la nueva variante COVID

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Covid nueva variante FLiRT

Estados Unidos está en alerta debido al incremento de casos de COVID-19 en las últimas semanas.

Según la Sociedad Estadounidense de Enfermedades Infecciosas (SEEI), se ha registrado un aumento del 25% en los nuevos casos secuenciados.

La preocupación se centra en una nueva variante del COVID-19 que se está propagando rápidamente en el país, perteneciente al linaje Omicrón JN.1.

Estas mutaciones se consideran algunas de las más contagiosas de las variantes anteriores y se les ha apodado como variantes FLiRT.

Los expertos internacionales están aún evaluando su capacidad de propagación, su gravedad en comparación con otras variantes y su resistencia a las vacunas.

En particular, una variante dentro de la familia FLiRT, denominada KP.2, ha cobrado relevancia al representar aproximadamente el 25% de los nuevos casos secuenciados en Estados Unidos durante las últimas dos semanas de abril, según datos de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de EE. UU. Otras variantes de FLiRT, como KP.1.1, aún no se han extendido tanto en el país.

Síntomas similares a los de Ómicron

La comunidad científica ha instado a tener en cuenta los síntomas más frecuentes del COVID-19, que se manifestaron con anterioridad en casos diagnosticados y producidos por otras variantes. Estos son algunos como tos, fatiga, congestión, dolor de garganta, diarrea, náuseas. También a la pérdida del gusto o del olfato. Por el momento, no se han registrado ni notificado casos en España de esta cepa de coronavirus.

De hecho, un estudio publicado en bioRxiv cita que esta variante “se está propagando rápidamente en múltiples regiones” desde el pasado abril. Además, destaca una particularidad de “FLiRT”. “Investigadas sus propiedades virológicas de la cepa, presenta un cambio en la proteína spike”, expresan los autores de la investigación.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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