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Crecen las reticencias de los españoles a la vacuna: el 55% prefiere esperar

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Madrid, 4 dic (EFE).- Algo más de la mitad de los españoles, un 55,2 por ciento, prefiere esperar a conocer los efectos de la vacuna contra el coronavirus frente al 32,5 por ciento que sí se la administraría inmediatamente, cuatro puntos menos que en los primeros días de noviembre.

Así lo revela la encuesta «Efectos y consecuencias del coronavirus (II)» del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), que señala que solo el 8,4 % de los encuestados no quiere vacunarse en ningún caso.

La mayoría de los entrevistados, un 82,9 por ciento, asegura haberse informado sobre los avances de este fármaco, que se inyectarían de forma inmediata el 32,5 %, cuando en el barómetro del CIS de septiembre eran el 44,4 %, en el de octubre el 40,2 % y en el de noviembre -realizado entre los días 3 y 12-, el 36,8 %.

No obstante, el porcentaje aumenta al 37,9 % si se lo recomendara su médico por su historia clínica o por miedo a contagiar a algún familiar cercano, mientras que el 16,7 % mantiene su negativa rotunda aun incluso en estos casos.

De los que prefieren conocer antes sus efectos, seis de cada diez (59,6 %) sí que se la suministraría inmediatamente por consejo médico o por temor a infectar a sus allegados, pero el 26,2 % seguiría sin hacerlo.

Nueve de cada diez (91,8 %) dicen sentirse mucho o bastante preocupados por la crisis sanitaria; en el 44,4 % de los casos se ha visto bastante afectada la familia directa de los encuestados y en un 11,7 % muy afectada, mientras que el 38,9 % afirma que poco o nada.

El ámbito de afectación más citado son las relaciones y formas de vivir (49,8 %), seguido de aspectos emocionales (40,8 %), laborales (40,5 %), económicos (38,5 %) y de salud (31,1 %). Casi la mitad, un 46,3 %, piensa que las personas más castigadas por la pandemia son los mayores.

Siete de cada diez (73,8 %) se sienten más intranquilos, un 64,1 % más agobiados y un 62,3 % más ansiosos, aunque también más desilusionados (58,3 %), temerosos (49,2 %) y asustados (49 %).

La salud del 61,9 % de los españoles era buena antes del confinamiento, una situación que sigue igual para el 67,8 %, mientras que ha empeorado para el 27,5 %.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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